Ficha disposicion

Ficha disposicion





RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2011, del director del Institut Cartogràfic Valencià, por la que se hace pública la Convocatoria del VI Premio Cartografía y Territorio Padre Tosca para proyectos de fin de carrera y trabajos de investigación sobre cartografía 3D, teledetección y ordenación del territorio.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 6613 de 21.09.2011
Número identificador:  2011/9578
Referencia Base Datos:  009713/2011
 

  • Análisis documental

    Texto
    Texto Texto2
    Origen disposición: Instituto Cartográfico Valenciano
    Grupo Temático: Premios



RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2011, del director del Institut Cartogràfic Valencià, por la que se hace pública la Convocatoria del VI Premio Cartografía y Territorio Padre Tosca para proyectos de fin de carrera y trabajos de investigación sobre cartografía 3D, teledetección y ordenación del territorio. [2011/9578]

El Institut Cartogràfic Valencià, en adelante ICV, como Organismo autónomo de carácter mercantil, adscrito a la Conselleria d'Infraestructures, Territori i Medi Ambient tiene como objetivos, el impulso, la coordinación y el fomento de las tareas de desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat Valenciana.

Desde el ICV, se considera importante implicarse en el mundo universitario mediante el reconocimiento y estímulo de la actividad de los alumnos que cursan estudios relacionados con los objetivos de la entidad.

Con el objetivo de dinamizar esta actividad, el Consejo Rector del ICV, acordó en su reunión de 17 de mayo de 2005, la creación de los premios de "Cartografía y Territorio Padre Tosca, dirigidos a los alumnos que hayan presentado el Proyecto de Fin de Carrera o trabajos de investigación en cualquier Universidad de la Comunidad Valenciana en el último año académico. Los premios convocados ofrecen la oportunidad de incentivar los trabajos relacionados con los objetivos del ICV, así como la posibilidad de ofrecer soporte técnico al ganador para que pueda desarrollar su proyecto dentro del ICV.

Por todo ello, y en ejecución del Acuerdo del Consejo Rector del ICV, de 17 de mayo de 2005, resuelvo



Único

Proceder a la convocatoria pública del VI Premio Cartografía y Territorio Padre Tosca para proyectos de fin de carrera y trabajos de investigación sobre cartografía 3D, teledetección y ordenación del territorio, incluidas las bases como anexo I de la presente resolución.





Disposición final



Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 16 septiembre de 2011.- El director del ICV: Emilio Forcén Tárrega.





Anexo I



Bases para la concesión del VI Premio de Cartografía y Territorio Padre Tosca, dirigido a reconocer y estimular la creación técnica, el ingenio y el esfuerzo en la realización de proyectos de fin de carrera o trabajos de investigación relacionadas con la Cartografía 3D, la Teledetección y la Ordenación del Territorio.



Base primera. Objeto

Es objeto de la presente resolución la convocatoria del VI Premio de Cartografía y Territorio Padre Tosca, dirigido a reconocer y estimular la creación técnica, el ingenio y el esfuerzo en la realización de Proyectos de Fin de Carrera o trabajos de investigación relacionadas con la Cartografía 3D, la Teledetección y la Ordenación del Territorio.



Base segunda. Publicidad

Esta convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y será remitida a las universidades de la Comunitat Valenciana, estando disponible además en la página Web del ICV (www.icv.gva.es).





Base tercera. Condiciones de participación

Los participantes deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y además deberán:

a) Ser autores de los trabajos que opten al premio.

b) Haber estado matriculado en cualquiera de las carreras oficiales, de primer o segundo ciclo, de las universidades radicadas en la Comunidad Valenciana, o haber realizado el curso de especialización o postgrado para el que presentó el trabajo en una Universidad de la Comunidad Valenciana.

c) Haber aprobado el correspondiente proyecto o trabajo de investigación durante el curso académico 2010-2011.

El premiado deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1.e, de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, para lo cual, podrá autorizar al ICV, para que obtenga directamente la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en aras a simplificar y reducir las cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell. En el caso de no reunir los requisitos para estar obligados a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones anteriores, aportará la declaración responsable de dicho extremo.



Base cuarta. Contenido de los trabajos

Los proyectos o trabajos de investigación deberán versar sobre Cartografía 3D, Teledetección u Ordenación del Territorio y podrán presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.



Base quinta. Requisitos de los trabajos

5.1. Los trabajos deberán haber sido previamente aprobados por las respectivas escuelas o facultades universitarias.

5.2. Haber sido realizado por un autor que cumpla los requisitos incluidos en el punto 3, anterior.

5.3. No haber sido previamente publicado.

5.4. Se presentará una copia del proyecto o tesis en formato digital, compatible con Microsoft Office.

5.5. El trabajo se presentará con los mismos formatos y extremos con los que ha obtenido en su escuela o facultad universitaria, la validez como trabajo de fin de carrera, tesina, etc. No se introducirán simplificaciones ni ampliaciones o adición alguna.

5.6. Los trabajos presentados en otra lengua distinta a las oficiales de la Comunidad Valenciana habrán de presentarse debidamente traducidos en su totalidad.



Base sexta. Exclusiones

6.1. Quedan excluidas las tesis doctorales, no así los trabajos de investigación de tercer ciclo realizados para obtener la suficiencia investigadora.

6.2. Quedan excluidos los trabajos firmados colegiadamente por más de un autor.



Base séptima. Presentación de solicitudes, formalización y plazo de las mismas

1. Las solicitudes para optar al Premio, según modelo que figura como anexo II a la presente resolución, podrán presentarse:

- En el Registro del ICV, sito en 46022 Valencia, calle Santos Justo y Pastor 116, bajo,

- o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38, párrafo cuarto, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso, los interesados deberán remitir mediante fax al número 963 425 951 del ICV, copia del Anexo II, en el que conste el sello y fecha de presentación en el Registro Oficial correspondiente.

- Quienes así lo deseen, podrán realizar la presentación y registro de solicitudes, por medios electrónicos y solicitar que las comunicaciones y notificaciones se practiquen por dicha vía, una vez transcurrido el plazo previsto en la disposición adicional quinta del decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que regula la concesión de becas.

- Estos trámites tendrán plena validez de acuerdo con las condiciones y requisitos previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, así como en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat. Con el fin de cumplir con los requisitos de seguridad establecidos, la designación de la dirección o buzón de correo electrónico, a los efectos de la práctica de notificaciones al interesado, deberá corresponder con la proporcionada por la Generalitat con dominio www.cv.gva.es

2. Los datos personales de las personas solicitantes, recogidos en el transcurso del procedimiento, serán incluidos en un fichero automatizado del ICV, en los términos y condiciones que se recogen en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida ley orgánica.

Para optar al premio, además de la solicitud anterior, deberán acompañarse los siguientes documentos:

1. Currículum vitae.

2. Ejemplar del trabajo que opte al premio, por duplicado.

3. Certificación de la escuela universitaria o facultad correspondiente, de su aprobación como proyectos y tesinas de fin de carrera y trabajos de fin de curso y expresiva de la fecha en que tuvo lugar y la calificación obtenida en su caso.

4. Documento de síntesis de los trabajos realizados certificado por el tutor.

5. CD con el trabajo presentado, compatible con Microsoft Office.



7.1. El plazo de presentación se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, hasta el 1 de diciembre de 2011.

7.2. Finalizado el plazo de presentación y antes del 21 de diciembre 2011, se procederá a la valoración y selección de los finalistas, publicándose los mismos en la página Web del ICV. A partir de ese momento, los participantes no seleccionados podrán retirar los trabajos presentados.

7.3. Los ejemplares presentados por los finalistas, quedaran depositados en la biblioteca del ICV, para incrementar sus fondos documentales.



Base octava. Procedimiento y forma de concesión

8.1. El órgano competente para la ordenación e instrucción será el director del ICV, siendo competente para resolver la concesión del premio, el presidente del Consejo Rector del ICV.

8.2. El jurado elevará su fallo al director del ICV, haciendo constar en el mismo los criterios que han sido valorados en la elección de la obra ganadora, así como la ponderación de los mismos.



Base novena. Fallo del jurado.

9.1. El jurado estará integrado por:

Presidente: El director del ICV.

Vocales:

- Dos representantes de las Universidades Valencianas.

- Dos representantes de la empresa privada.

- Dos representantes de Instituciones Oficiales de la Comunidad Valenciana.

- El Tutor del Proyecto o trabajos de investigación que resultó ganador en la última edición del Premio de Cartografía y Territorio Padre Tosca.

- Un funcionario del ICV, con voz pero sin voto, que actuará como secretario.

9.2. El jurado tendrá facultades para resolver todas las dudas que aparezcan en la interpretación de las bases.

9.3. El fallo del jurado se dará a conocer el 22 de diciembre de 2011.

9.4. Criterios de valoración:

El Jurado seleccionará de entre los trabajos presentados, los finalistas siguiendo los siguientes criterios:

a) Originalidad y creatividad del proyecto.

b) Innovación tecnológica.

c) Rigor.

d) Aplicabilidad práctica.

e) Calidad de la presentación.

f) Viabilidad técnica y económica del proyecto con la documentación presentada.

El jurado podrá decidir declarar desierto el premio si considera que ninguno de los trabajos presentados es merecedor del mismo, así como declararlo ex a quo, en este caso, el jurado determinará el proyecto que podrá optar a realizar las prácticas en las instalaciones del ICV.

El Secretario del Jurado deberá levantar Acta con el fallo completo del premio. Este acta deberá ser firmada de conformidad por todos los miembros del Jurado.



Base décima. Premio

10.1. El premio tiene una dotación económica de dos mil doscientos cincuenta euros (2.250,00 €), que se financiará con cargo a la línea de subvención SE000931, aplicación 14.23.4, correspondiente al presupuesto asignado al ICV en el año 2011.

El premio está distribuido de la siguiente forma:

- Alumno autor del proyecto o trabajo de investigación: mil quinientos euros (1.500,00 €).

- Tutor del Proyecto o Trabajo de investigación: setecientos cincuenta euros (750,00 €).

Las cantidades correspondientes al premio están sujetas a la normativa fiscal vigente.

10.2. El ganador podrá optar a realizar prácticas en las instalaciones del ICV, para lo cual, dentro del plazo de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la concesión del Premio, deberá comunicar tal circunstancia al ICV.

10.3. En caso de ejercicio del derecho de opción que corresponde al premiado, deberá acreditar al ICV, mediante aportación de los certificados correspondientes:

No padecer enfermedad ni hallarse afectado por limitación física o psíquica que impidan llevar a término los estudios o trabajos a realizar.

Disponer de cobertura sanitaria.

10.4. Con la finalidad de dar cobertura de accidentes, durante el tiempo de la práctica, el premiado que haya optado a la realización de la misma, será incluido en una póliza de seguro para el caso de accidente individual, del que será beneficiario.

10.5. El tiempo máximo para la realización de prácticas a la que tiene derecho el premiado, será de 6 meses, las cuales se efectuarían en el año 2012, estando dotada económicamente dicha práctica con la cantidad de Seis mil euros (6.000,00 €), que se financiarán con cargo a la línea de subvención SE000986 aplicación 14.23.4, correspondiente al presupuesto asignado al ICV en el año 2012, estando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 26 de septiembre de 1994, de la Conselleria de Economía y Hacienda, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

10.6. La práctica consistirá en la aplicación de su proyecto o trabajo de investigación a las actuaciones que en ese momento este llevando a cabo el ICV. Los resultados obtenidos en estas prácticas son propiedad del ICV. Cualquier publicación o comunicación a cualquier entidad u organismo sobre materias relacionadas con el tema de la práctica deberá tener la previa autorización del director del ICV.

En el supuesto que el ganador del premio renuncie a la realización de prácticas en el ICV, el siguiente finalista, según el orden establecido en el fallo del jurado, podrá optar a la misma.

10.7. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la beca, previa audiencia a la persona interesada por período de 10 días, en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Procederá el reintegro de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cuanto a Derechos, obligaciones, tutorías e incidencias de la práctica, es de aplicación la Resolución del Presidente del Consejo Rector del Instituto Cartográfico Valenciano, Diario Oficial de la Comunitat Valenciana 6268, de fecha 17 de mayo de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de prácticas profesionales en materia de desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías y optimización de procesos cartográficos en el ICV.



Base undécima. Publicación y publicidad

11.1. El ICV se reserva la posibilidad de editar íntegramente y en exclusiva el contenido del proyecto o trabajo de investigación en el plazo de los doce meses siguientes a la adjudicación del premio por el Jurado, sin satisfacer por ello cantidad alguna en concepto de derechos de autor. Transcurrido dicho plazo, su autor podrá editarlo por su cuenta. También podrá proponer la publicación a quienes no hayan obtenido el premio y hayan aportado un proyecto o tesis.

11.2. Los premiados podrán hacer publicidad de dicha condición en membretes, anuncios y memorias, especificando el año en que fueron premiados, así como a publicar o difundir la concesión del premio en cualquier medio de comunicación.



Base duodécima. Aplicación de las bases

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación íntegra de sus bases y de la decisión del jurado, al que corresponderá resolver cuantas dudas y reclamaciones se presenten, y cuyas decisiones serán inapelables.



Base décimo tercera. Régimen jurídico

La concesión del premio se regirá, además de por las bases contenidas en la presente resolución, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones de desarrollo y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.

La presente convocatoria del premio no contraviene la Política de la Competencia de la Unión Europea, no precisando de su notificación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo107 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, apartado 4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre del Consell, por el que, se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar las ayudas públicas.



Base décimo cuarta. Recursos

Contra las bases de la presente convocatoria, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen pertinente.



<div id="AquiVaUnaImagen"></div>

Mapa web