Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2014, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se acuerda la ampliación del plazo de justificación de las subvenciones destinadas a la construcción y remodelación de las infraestructuras de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2014, en el marco de la Orden 4/2014, de 24 de enero, de la Consellería de Gobernación y Justicia.



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Publicado en:  DOGV núm. 7364 de 19.09.2014
Número identificador:  2014/8511
Referencia Base Datos:  008360/2014
 



RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2014, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se acuerda la ampliación del plazo de justificación de las subvenciones destinadas a la construcción y remodelación de las infraestructuras de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2014, en el marco de la Orden 4/2014, de 24 de enero, de la Consellería de Gobernación y Justicia. [2014/8511]

Por la Orden 4/2014, de 24 de enero, de la Consellería de Gobernación y Justicia se convocaron las subvenciones destinadas a la construcción y remodelación de las infraestructuras de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2014 (DOCV 7206, 04.02.2014).

Por el Decreto 9/2014, de 12 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat, se asigna a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte la competencia en materia de bandas de música, que hasta esa fecha se atribuía a la Consellería de Gobernación y Justicia, que ha significado en la práctica la asunción por la Consellería de la finalización del procedimiento de concesión.

Mediante la Resolución de la consellera de 3 de septiembre de 2014, se conceden las correspondientes ayudas destinadas a la construcción y remodelación de las infraestructuras de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2014 (DOCV 7357, 10.09.2014).

La base doce, apartado séptimo, de la citada Orden 4/2014 establece que el plazo para que las sociedades musicales beneficiarias, puedan presentar la justificación de la subvención en los términos descritos en los apartados anteriores, finalizará el día 30 de septiembre de 2014.

A fin de que los beneficiarios efectivos de las ayudas dispongan del tiempo suficiente para poderlas justificar en tiempo y forma, tras la publicación de la correspondiente resolución de concesión, se hace necesario ampliar el plazo para la justificación de las citadas ayudas a una fecha posterior a la consignada en la mencionada orden.

El artículo 49 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé la posibilidad de ampliar los plazos establecidos si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.

En uso de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y Decreto 140/2014, de 5 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Cultura resuelvo:



Primero

Ampliar el plazo para presentar la justificación de las subvenciones establecido en la base doce, apartado séptimo, de la Orden 4/2014, de 24 de enero, de la Consellería de Gobernación y Justicia, de convocatoria de subvenciones destinadas a la construcción y remodelación de las infraestructuras de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2014, estableciendo como plazo máximo para la justificación de las subvenciones concedidas, en virtud de dicha Orden, el 22 de noviembre de 2014.



Segundo

Publicar la presente resolución de ampliación de plazos en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, a los efectos previstos en los artículos 49 y 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.



Tercero

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.



Valencia, 16 de septiembre de 2014.– La consellera de Educación, Cultura y Deporte: María José Catalá Verdet.

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