Ficha disposicion

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Institut Valencià de Finances. Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de los proyectos empresariales desarrollados por autónomos y pequeñas y medianas empresas que hayan resultado afectadas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019.



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Publicado en:  DOGV núm. 8683 de 22.11.2019
Número identificador:  2019/11043
Referencia Base Datos:  009980/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Institut Valencià de Finances
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Industria y energía Asistencia social



Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de los proyectos empresariales desarrollados por autónomos y pequeñas y medianas empresas que hayan resultado afectadas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019. [2019/11043]

BDNS (identif.): 482406.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), y en la página web del Institut Valencià de Finances (http://www.ivf.gva.es)



Primero. Beneficiarios

El beneficiario de la financiación otorgada al amparo de esta convocatoria deberá ser un autónomo o una sociedad mercantil cuyo tamaño se corresponda con la definición de PYME recogida en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, debiendo acreditar que el temporal ha causado daños a elementos patrimoniales de capital fijo o circulante afectos a su explotación por valor superior a 15.000 euros si es un autónomo o una empresa de menos de 6 trabajadores, o 25.000 euros si es una empresa de más de cinco trabajadores



Segundo. Objeto de la convocatoria

Constituye el objeto de la convocatoria el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de los proyectos empresariales desarrollados por autónomos y pequeñas y medianas empresas que hayan resultado afectadas por el temporal de lluvias, fenómenos costeros y vientos ocurrido en la Comunitat Valenciana entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019.

Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta convocatoria tendrán por finalidad a) la renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos, b) la reposición del capital circulante, c) el crecimiento de la capacidad productiva, d) la diversificación de la producción, o e) un cambio esencial del proceso productivo general de la empresa, que suponga una mayor eficiencia energética en la provisión de bienes y servicios.

También será objeto de financiación bonificada al amparo de esta convocatoria, la refinanciación de las cuotas correspondientes a los 12 meses siguientes a la solicitud de financiación de aquellos contratos de arrendamiento financiero y préstamo a largo plazo contraídos por el solicitante con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, al objeto de financiar elementos patrimoniales y gastos vinculados a la actividad económica desarrollada por el solicitante.



Tercero. Normas reguladoras

Normas Generales aprobadas por el Consejo General del Institut Valencià de Finances mediante el Acuerdo de fecha 23 de enero de 2019, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8487, de fecha 15 de febrero de 2019, modificado por acuerdo del Consejo General del IVF de fecha 3 de octubre de 2019, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 20 de noviembre de 2019.



Cuarto. Cuantía

La cuantía máxima prevista para la bonificación de intereses de los préstamos acogidos a la convocatoria asciende a 6.000.000 de euros.

El valor nominal del préstamo se situará entre 25.000 y 400.000 euros, sin que pueda superar el 80 % del importe de los gastos financiables elegibles. La bonificación de intereses asociada a esta línea de financiación está sujeta al régimen de minimis.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del IVF.

Sexto. Otros datos

1. Documentación: la prevista en el artículo octavo de la convocatoria.

2. Características de la financiación: las previstas en el artículo duodécimo de la convocatoria.

3. La solicitud de financiación se realizará mediante el formulario de cumplimentación electrónica previsto en la convocatoria como Anexo II, siendo obligatoria su presentación on line a través de los medios disponibles en la página web del IVF (https://prestamos.ivf.es), con firma y registro electrónicos.

4. Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo cuarto de la convocatoria, estableciéndose los sectores excluidos en el artículo tercero de la misma.



València, 15 de noviembre de 2019.– El director general del Insitut Valencià de Finances: Manuel Illueca Muñoz.

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