Ficha disposicion

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Institut Valencià de Finances. Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de los proyectos empresariales desarrollados por grandes empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentren radicados en la Comunitat Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 8683 de 22.11.2019
Número identificador:  2019/11047
Referencia Base Datos:  009981/2019
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Institut Valencià de Finances
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Industria y energia



Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de los proyectos empresariales desarrollados por grandes empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentren radicados en la Comunitat Valenciana. [2019/11047]

BDNS (identif.): 482478.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), y en la página web del Institut Valencià de Finances (http://www.ivf.gva.es)



Primero. Beneficiarios

El beneficiario de la financiación otorgada al amparo de esta Convocatoria deberá ser una sociedad mercantil cuyo tamaño exceda el de una pequeña y mediana empresa de acuerdo con la definición de pyme recogida en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión.



Segundo. Objeto de la Convocatoria

Constituye el objeto de la presente Convocatoria el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de los proyectos empresariales desarrollados por grandes empresas, cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentren radicados en la Comunitat Valenciana.

Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta Convocatoria tendrán por finalidad: a) la renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos; b) el crecimiento de la capacidad productiva –incluyendo la contratación de los recursos humanos, mercaderías, materias primas, suministros y servicios recurrentes, que resulten proporcionales a la ampliación de la capacidad productiva registrada–; c) la diversificación de la producción, o, d) un cambio esencial del proceso productivo general de la empresa, que supongan una mayor eficiencia en la provisión de bienes y servicios.



Tercero. Normas reguladoras

Normas Generales aprobadas por el Consejo General del Institut Valencià de Finances mediante Acuerdo de fecha 23 de enero de 2019, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8487, de fecha 15 de febrero de 2019, modificado por acuerdo del Consejo General del IVF de fecha 3 de octubre de 2019, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de fecha 20 de noviembre de 2019.



Cuarto. Cuantía

La cuantía máxima prevista para la bonificación de intereses de los préstamos acogidos a la convocatoria asciende a 6.000.000 de euros.

El valor nominal del préstamo se situará entre 25.000 y 5.000.000 de euros, sin que pueda superar el 80 % del importe de los gastos financiables elegibles. La bonificación de intereses asociada a esta línea de financiación está sujeta al régimen de minimis.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del IVF.



Sexto. Otros datos

1. Documentación: la prevista en el artículo octavo de la convocatoria.

2. Características de la financiación: las previstas en el artículo duodécimo de la convocatoria.

3. La solicitud de financiación se realizará mediante los formularios de cumplimentación electrónica previstos en la Convocatoria como anexos II y III, siendo obligatoria su presentación online a través de los medios disponibles en la página web del IVF (https://prestamos.ivf.es), con firma y registro electrónicos.

4. Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo cuarto de la convocatoria, estableciéndose los sectores excluidos en el artículo tercero de la misma.



Valencia, 15 de noviembre de 2019.– El director general del Institut Valencià de Finances: Manuel Illueca Muñoz.

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