Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2019, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.



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Publicado en:  DOGV núm. 8684 de 25.11.2019
Número identificador:  2019/10887
Referencia Base Datos:  010018/2019
 



RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2019, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva. [2019/10887]

Antecedentes de hecho



En fecha 13 de noviembre de 2019, se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la Resolución de 11 de noviembre de 2019, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

En el párrafo primero del artículo 13.3 de dicha convocatoria, se establece el plazo de diez días para que la entidad solicitante presente las alegaciones oportunas ante la propuesta provisional de resolución.

En el párrafo segundo del artículo 13.3 de la mencionada convocatoria, se establece el plazo de diez días para que el interesado acepte la propuesta definitiva de resolución.

Asimismo, en el artículo 14.1 se establece el plazo de diez días para atender el requerimiento en el caso de que no quede suficientemente acreditado que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.



Fundamentos jurídicos



El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que, cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Dada la fecha de publicación de la convocatoria y el inminente cierre del ejercicio presupuestario, resulta aconsejable agilizar el procedimiento de concesión con el fin de que el mismo pueda resolverse con cargo al presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

En virtud de lo establecido en el artículo 14.1.f del Decreto 194/2013, de 20 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y régimen jurídico del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, resuelvo:



Reducir a la mitad los siguientes plazos de los artículos 13.3 y 14.1 de la convocatoria arriba referenciada, por lo que su duración máxima quedará de la siguiente manera:

– Cinco días para presentar las alegaciones oportunas ante la propuesta provisional de resolución.

– Cinco días para la aceptación de la propuesta definitiva de resolución.

– Cinco días para atender el requerimiento en el caso de que no quede suficientemente acreditado que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y contra la misma no cabrá recurso alguno, conforme establece el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 13 de noviembre de 2019.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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