Ficha disposicion

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DECRETO 30/2010, de 5 de febrero, del Consell, de declaración de municipio turístico de distintos municipios de la Comunitat Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 6202 de 09.02.2010
Número identificador:  2010/1300
Referencia Base Datos:  001332/2010
 
  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria Turismo
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Turismo
    Descriptores:
      Temáticos: municipio, turismo , Monografias
      Descriptores toponímicos: Callosa de Segura, Elda, Monforte del Cid, Parcent, Pego, Benitachell, Xaló, La Vilavella, Tírig, Traiguera, Vallibona, Vilar de Canes, Ademuz, Alfauir, Andilla, Benigánim, Chera, Chiva, Olocau, Quesa, l'Olleria



DECRETO 30/2010, de 5 de febrero, del Consell, de declaración de municipio turístico de distintos municipios de la Comunitat Valenciana. [2010/1300]

La Ley 3/1998, de 21 de mayo, de la Generalitat, de Turismo de la Comunitat Valenciana, regula en su título III la figura del Municipio Turístico. Concretamente, los capítulos I a IV del citado título establecen lo referente al concepto de Municipio Turístico, indicando de forma expresa las condiciones que necesariamente deberán reunir los municipios para ser declarados turísticos y el procedimiento para su declaración, así como consideraciones generales y las bases de su régimen especial, acorde con su orientación turística.

Desde la publicación de la Ley 3/1998, un importante número de municipios han ido solicitando su declaración como turísticos, habiéndose iniciado los correspondientes expedientes de acreditación del cumplimiento de los requisitos en ella exigidos.

Mediante los Decretos 72/2000, de 22 de mayo; 184/2000, de 22 de diciembre; 54/2002, de 10 de abril; 101/2006, de 7 de julio; y 237/2007, de 28 de diciembre, del Consell, 184 municipios ya fueron definitivamente declarados Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana.

El 26 de agosto de 2009 se dictaron las Resoluciones provisionales de declaración, correspondientes a un nuevo grupo de 21 municipios que en dicha fecha habían acreditado su identificación con alguno de los supuestos previstos en el artículo 25 de la Ley 3/1998, abriéndose un plazo de 20 días correspondiente al pertinente periodo de información pública, mediante anuncio en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, periodo transcurrido tras el que, por Resolución de 20 de noviembre de 2009, la consellera de Turismo y Presidenta de la Agència Valenciana del Turisme ha acordado elevar al Consell la propuesta de declaración definitiva de este nuevo grupo de 21 municipios como Municipios Turísticos de la Comunitat Valenciana.

Por todo lo expuesto anteriormente, vista la citada Resolución de 20 de noviembre de 2009, oídas las Administraciones afectadas, a propuesta de la consellera de Turismo y Presidenta de la Agència Valenciana del Turisme, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 5 de febrero de 2010,

DECRETO

Artículo único

Declarar Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana a los municipios que a continuación se relacionan:

1. Provincia de Alicante:

Callosa de Segura.

Elda.

Monforte del Cid.

Parcent.

Pego.

Benitachell.

Xaló.

2. Provincia de Castellón:

La Vilavella.

Tírig.

Traiguera.

Vallibona.

Vilar de Canes.

3. Provincia de Valencia:

Ademuz.

Alfauir.

Andilla.

Benigánim.

Chera.

Chiva.

l'Olleria.

Olocau.

Quesa.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Facultades de aplicación y ejecución

Se faculta a la consellera competente en materia de turismo para la aplicación y ejecución del presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Efectos

El presente Decreto tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 5 de febrero de 2010

El president de la Generalitat,

FRANCISCO CAMPS ORTIZ

La consellera de Turismo,

BELÉN JUSTE PICÓN

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