Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se da publicidad a la alteración de la distribución estimativa prevista en la Resolución de 24 de julio de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2018 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas



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Publicado en:  DOGV núm. 8448 de 20.12.2018
Número identificador:  2018/11637
Referencia Base Datos:  011517/2018
 



RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se da publicidad a la alteración de la distribución estimativa prevista en la Resolución de 24 de julio de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2018 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. [2018/11637]



En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 27 de julio de 2018 se publicó la Resolución de 24 de julio de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2018 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (DOGV 27.07.2018). El resuelvo primero de la resolución establece que dichas subvenciones se financiarán con cargo al capítulo 4, código de línea S7954000, del subprograma 322.51, Fomento de empleo, por un importe global máximo de 2.000.000 euros, fondos susceptibles de cofinanciación en un 50 % a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil para el período 2014-2020 (CCI 2014ES05M9P001), con la siguiente distribución provincial estimativa:

Alicante: 715.800 euros.

Castellón: 237.200 euros.

Valencia: 1.047.000 euros.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se ha comprobado que el importe de las solicitudes presentadas en las provincias de Alicante y Castellón que cumplen las condiciones para recibir la subvención supera la dotación estimativa inicial. Al existir suficiente sobrante en la dotación de la provincia de Valencia y en aplicación del apartado 4 del resuelvo primero de la Resolución de 24 de julio de 2018, procede alterar la distribución estimativa prevista en la misma a fin de atender la totalidad de solicitudes presentadas.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 160.4 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:



Primero

Alterar la distribución estimativa de la dotación establecida en la Resolución de 24 de julio de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2018 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, dotación susceptible de cofinanciación en un 50 % a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil para el período 2014-2020 (CCI 2014ES05M9P001), según se indica a continuación:



Distribución estimativa inicial:

Alicante: 715.800 euros

Castellón: 237.200 euros.

Valencia: 1.047.000 euros.



Distribución final:

Alicante: 915.800 euros

Castellón: 437.200 euros.

Valencia: 647.000 euros.



Segundo

Esta alteración de la distribución de la dotación no implica la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.



Tercero

Sin perjuicio de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, esta resolución producirá sus efectos desde la fecha en que se dicta.



Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el correspondiente juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado en los mismos términos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan presentar cualquier otro recurso que estimen pertinente.



València, 11 de diciembre de 2018.– El director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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