Ficha disposicion

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ACUERDO de 23 de abril de 2002, del Gobierno Valenciano, respecto al acuerdo adoptado por la Acadèmia Valenciana de la Llengua.



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Publicado en:  DOGV núm. 4237 de 26.04.2002
Número identificador:  2002/4340
Referencia Base Datos:  1865/2002
 
  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria Cultura y Educación;El Consell
    Grupo Temático: Legislación, Reglamentación
    Materias: Valenciano
    Descriptores:
      Temáticos: lingüística, cultura regional , valenciano, normalización lingüística, monografías



ACUERDO de 23 de abril de 2002, del Gobierno Valenciano, respecto al acuerdo adoptado por la Acadèmia Valenciana de la Llengua. [2002/4340]

El Gobierno Valenciano, en la reunión del día 23 de abril de 2002, adoptó el siguiente Acuerdo:

El día 25 de marzo de 2002, el Pleno de la Academia Valenciana de la Lengua, órgano máximo de decisión de la institución que tiene por función determinar y elaborar la normativa lingüística del idioma valenciano, según establece el artículo 3 de la Ley 7/1998, de 16 de septiembre, de la Generalitat Valenciana, de Creación de la Academia Valenciana de la Lengua, adoptó un acuerdo respecto a las soluciones lingüísticas del valenciano.

Según el preámbulo de la citada Ley de Creación de la Academia, una premisa para garantizar el uso normal y oficial del valenciano, tal como prevé el artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, y para garantizar el principio de seguridad jurídica, es que toda la Administración Pública se rija por una misma normativa ortográfica y gramatical del valenciano, aspecto que, aun cuando no fuera previsto específicamente en el caso del Estatuto de Autonomía, se halla implícito en el mandato contenido en el artículo 34 de la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano, en cuanto dispone que el Gobierno Valenciano «asumirá la dirección técnica y la coordinación del proceso de uso y enseñanza del valenciano asesorando al respecto a todas las Administraciones Públicas y particulares, y adoptando cuantas medidas contribuyan al fomento de su uso y extensión».

Entre las medidas para potenciar, extender y dignificar el valenciano se hace necesario que por parte de la Administración Valenciana se adopte una actitud ejemplar en el uso de la lengua, actitud que debe extenderse a todas sus actuaciones oficiales. Por ello, el Gobierno Valenciano, tomado conocimiento del acuerdo de la Academia Valenciana de la Lengua de 25 de marzo de 2002, en la reunión mantenida el día siguiente, 26 del mismo mes, acordó encomendar al Conseller de Cultura y Educación la elaboración de una propuesta de acuerdo a adoptar por el Gobierno Valenciano sobre la incorporación como oficiales de las soluciones lingüísticas aprobadas por la Academia.

Por Resolución 10/2002, de 4 de abril, de la Presidencia de la AVL, se publicó dicho acuerdo de la Academia Valenciana de la Lengua adoptado en la reunión plenaria de 25 de marzo de 2002 (DOGV núm. 4.229, de 16 de abril de 2002).

En su virtud, y a propuesta del conseller de Cultura y Educación, el Gobierno Valenciano

ACUERDA

Primero

Adoptar y hacer propias como oficiales las siguientes soluciones lingüísticas:

a) Las grafías genuinas de numerosas palabras usadas por los escritores clásicos y por los lexicógrafos valencianos más prestigiosos, como el mantenimiento de la a en palabras como arrancar, avançar, llançar, traure...; el mantenimiento de la e en palabras como redó, bàlsem, cànter...; las formas sin la r adventicia (orde, murta, cartó...).

b) Las características morfológicas y sintácticas valencianas genuinas, como el plural en –s de las palabras terminadas en –sc, –st y –xt (foscs, trists, texts...); los plurales en –ns tales como hòmens, jóvens; los demostrativos simples (este, eixe...); los posesivos meua, teua, seua...; los numerales huit, dèsset, huitanta...; las formas verbales incoativas en –isc/–ix (patisc, patixes, patix...); los imperfectos de subjuntivo en –ara, –era, –ira (cantara, vinguera, patira...); los infinitivos tindre, vindre, valdre... y los participios verbales en –it (establit, omplit, complit...); la distinción de per y per a delante de infinitivo; la distinción entre al + infinitivo y en + infinitivo; la concordancia del participio pasado (l'he duta; les he vistes...).

c) El rico repertorio léxico y fraseológico valenciano (defendre, faena, trellat, calfar, torcar, servici, castic, espenta, verdader, rogle, roín, oroneta, juí, despús-demà, al sendemà, bona cosa, a soles, a tothora...), procurando incorporar las aportaciones específicas de nuestras comarcas (bonegar, encanar-se, ans, rua, bellugar-se, brull, moixó...).

Segundo

Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 23 de abril de 2002

El conseller secretario del Gobierno Valenciano,

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