Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2004, del conseller de Cultura, Educación y Deporte, por la que se reconoce el Museo Arqueológico y Etnológico del Comtat como museo de la Comunidad Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 4748 de 07.05.2004
Número identificador:  2004/X4086
Referencia Base Datos:  2015/2004
 
  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria Cultura, Educación y Deporte
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Cultura
    Descriptores:
      Temáticos: museo
      Descriptores toponímicos: Cocentaina



RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2004, del conseller de Cultura, Educación y Deporte, por la que se reconoce el Museo Arqueológico y Etnológico del Comtat como museo de la Comunidad Valenciana. [2004/X4086]

Vista la documentación presentada por el Centre d'Estudis Contestans solicitando el reconocimiento del Museo Arqueológico y Etnológico del Comtat como museo de la Comunidad Valenciana. Teniendo en cuenta que el citado museo reúne todos los requisitos establecidos en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunidad Valenciana.

Vistos los informes favorables del Área de Museos y Bellas Artes y a propuesta de la secretaria autonómica de Cultura, de 29 de marzo de 2004, resuelvo:

Primero

Reconocer el Museo Arqueológico y Etnológico del Comtat como museo de la Comunidad Valenciana, a los efectos establecidos en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991 de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia.

Segundo

Que se publique la presente resolución en el DOGV.

Tercero

Según lo dispuesto en el artículo 13 de la citada orden, la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte podrá anular el presente reconocimiento de museo si se dejan de cumplir algunos de los requisitos exigidos en la mencionada orden.

Cuarto

Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Cultura, Educación y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En el caso de que el recurrente sea una Administración Pública, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

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