Ficha disposicion

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ORDEN de 24 de junio de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se modifica parcialmente la Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la cual se establecen los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano que expedirá la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano y se homologan y se convalidan otros títulos y certificados.



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Publicado en:  DOGV núm. 3544 de 22.07.1999
Número identificador:  1999/M6377
Referencia Base Datos:  2386/1999
 



ORDEN de 24 de junio de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se modifica parcialmente la Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la cual se establecen los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano que expedirá la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano y se homologan y se convalidan otros títulos y certificados. [1999/M6377]

La Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la que se establecen los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano que expedirá la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano y se homologan y se convalidan otros títulos y certificados, prevé en el artículo 3 la posibilidad de obtener el certificado de grado elemental de conocimientos de valenciano acreditando haber superado los estudios de valenciano en todos los cursos de la Educación Primaria y de la Educación Secundaria Obligatoria.

En la mencionada orden se introdujo una disposición transitoria que contemplaba la posibilidad de obtener el mismo certificado mediante la acreditación académica de haber superado los estudios de valenciano en todos los niveles de Educación General Básica.

Se ha observado que se dan muchos casos de personas que han realizado sus estudios siguiendo el sistema educativo anterior a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y no ha cursado estudios de valenciano en toda la Educación General Básica, pero sí en el Bachillerato Unificado Polivalente y el Curso de Orientación Universitaria, o en la Formación Profesional. Atendiendo a los programas de la asignatura de valenciano de los citados estudios, se ha considerado que las personas que hayan superado la totalidad de éstos, o la parte que se considere suficiente, también deberían poder obtener el certificado de grado elemental de conocimientos de valenciano.

El Pleno de la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano, en la sesión celebrada el 11 de mayo de 1999, ha considerado muy favorable esta equiparación.

Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano,

ORDENO

Artículo único

Se modifica la disposición transitoria de la Orden de 16 de agosto de 1994, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la que se establecen los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano que expedirá la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano y se homologan y se convalidan otros títulos y certificados, que pasará a tener la siguiente redacción:

«Podrán obtener el certificado de grado elemental de conocimientos de valenciano las personas que presenten la certificación académica que acredite que han cursado y superado el área o la asignatura de valenciano en alguno de los siguientes estudios:

a) En todos los cursos de Educación General Básica.

b) En un mínimo de tres cursos de entre los cursos de Bachillerato Unificado Polivalente y el Curso de Orientación Universitaria.

c) En los dos cursos del primer ciclo y en los dos primeros cursos del segundo ciclo de Formación Profesional.»

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 24 de junio de 1999

El conseller de Cultura, Educación y Ciencia,

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