Ficha disposicion

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DECRETO 159/2004, de 3 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el acueducto de Peña Cortada de Tuéjar, Chelva, Calles y Domeño.



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Publicado en:  DOGV núm. 4837 de 08.09.2004
Número identificador:  2004/A9058
Referencia Base Datos:  3952/2004
 
  • Análisis documental

    Texto
    Texto Texto2
    Origen disposición: Conselleria Cultura, Educación y Deporte
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Cultura
    Descriptores:
      Temáticos: bien cultural, protección del patrimonio, monumento
      Descriptores toponímicos: Tuéjar, Chelva, Calles, Domeño



DECRETO 159/2004, de 3 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el acueducto de Peña Cortada de Tuéjar, Chelva, Calles y Domeño. [2004/A9058]

El artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. Por su parte, el artículo 26.2 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, dispone que la declaración de un bien de interés cultural se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte. Todo ello, sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, reserva a la administración general del Estado.

Mediante Resolución de 14 de mayo de 1998, de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de la entonces denominada Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, se acordó tener por incoado expediente para la declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor del acueducto de Peña Cortada.

Posteriormente, y mediante Resolución de 4 de marzo de 2004, de la Dirección General de Política Lingüística y Patrimonio Cultural Valenciano, se acordó la continuación de los trámites para su declaración y la adaptación del expediente a los requisitos exigidos por la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano.

En la tramitación del expediente, y de conformidad con lo establecido en el apartado quinto del artículo 27 de la citada norma, se han recabado los informes favorables del Consell Valencià de Cultura y de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos. Asimismo, consta en el expediente un informe favorable de la Real Academia de San Fernando.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, se han cumplimentado los trámites establecidos en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, concediendo trámite de audiencia a los ayuntamientos de Tuéjar, Chelva, Calles y Domeño, así como abriendo, mediante Resolución de 4 de marzo de 2004, de la Dirección General de Política Lingüística y Patrimonio Cultural Valenciano, trámite de información pública.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la normativa referenciada, a propuesta del conseller de Cultura, Educación y Deporte, y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 3 de septiembre de 2004,

DISPONGO

Artículo 1

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el acueducto de Peña Cortada de Tuéjar, Chelva, Calles y Domeño.

Artículo 2

El entorno de protección afectado por la declaración de bien de interés cultural, así como el régimen de protección del mismo, queda definido en los anexos adjuntos que forman parte del presente decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposición adicional

La presente declaración se inscribirá en la sección primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición Final

El presente decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 3 de septiembre de 2004

El presidente de la Generalitat,

FRANCISCO CAMPS ORTIZ

El conseller de cultura, Educación y Deporte,

ALEJANDRO FONT DE MORA TURÓN

ANEXO I

Datos sobre el bien objeto de la declaración

1. Denominación

Principal:

– Acueducto de Peña Cortada.

Secundarias:

– Acueducto de La Serrada.

– Acueducto de La Serranía.

2. Descripción

Basada principalmente en el informe de José Luis Jiménez Salvador, arqueólogo.

a) Inmueble objeto de la declaración

Sobre los términos de Tuéjar, Chelva, Calles y Domeño se encuentran los restos de una colosal obra romana, el acueducto romano de Peña Cortada. Éste fue trazado con distintos sistemas de conducción de aguas que, desde su origen en el río Tuéjar, salvan grandes escollos topográficos. La longitud de los restos hallados es de 28,6 kilómetros, siendo su entidad comparable con los acueductos romanos más relevantes de España: Segovia, Les Ferreres de Tarragona y Los Milagros de Mérida.

Sus espectaculares restos han sido objeto de mención por parte de eruditos, viajeros e historiadores, que han formulado distintas hipótesis sobre el ignorado destino final de sus aguas. Desde Pedro Antonio Beuter en su Crónica general de España y especialmente de Valencia (1546-1550), donde alude a unos gruesos caños de Chelva; Gaspar Escolano, en Década de la Historia de Valencia (1611), amplía la información de Beuter, considerando que su destino final sería Llíria, aunque otros lo situaban en Sagunto; Vicente Marés, en La Fénix Troyana (1681), habla de «los arcos de Chelva» que llevan el agua a Sagunto, pasando por Villar de Benaduf y los llanos de Llíria, razón por la cual algunos pensaban que su destino final era la antigua Edeta; José Antonio Cavanilles, en Observaciones del Reino de Valencia (1795), señala que el acueducto terminaba antes de llegar al Villar de Benaduf; Alexandre Laborde, en Voyage historique y pittoresque d'Éspagne (1806-1826), no comparte la opinión de que su destino fuera Sagunto o Llíria, porque cada una de estas ciudades tenía su acueducto y sus presas de agua mucho más cerca. Juan Agustín Ceán Bermúdez, en Sumario de las antigüedades romanas que hay en España (1832), no duda en afirmar que se trata de un acueducto levantado por los romanos para conducir el agua a Llíria. Antonio Chabret, en su obra Sagunto. Su historia y sus monumentos (1888), descarta que hubiese servido para el abastecimiento de la ciudad romana de Saguntum.

En el acueducto de Peña Cortada coexisten dos tipos, el de acueducto puente y el de acueducto viaducto. En el primero se aúnan las técnicas ya resueltas del puente y del arco honorífico o triunfal que aquí se emplean sobre todo para salvar la rambla de Alcotas y el barranco de la Cueva del Gato con la monumentalidad requerida por sus autores para magnificar el poderío de su imperio. En el segundo tipo de acueducto de circulación libre por canal, canalis structilis, que Vitrubio aconseja cubrirlos para conservar mejor sus propiedades (que se aboveden para que el sol no alcance el agua), se despliega aquí, en su tramo excavado en roca, el dominio técnico romano en cuanto a sistemas de conducción de aguas, suficientemente demostrado en acueductos de tal importancia como Aqua Marcia, Aqua Appia y Aqua Iulia entre otros muchos.

Descripción de los restos localizados desde su origen en el término municipal de Tuéjar

1. La captación de agua (situado en el término municipal de Tuéjar)

Procede de un curso fluvial, el río Tuéjar, afluente del Turia por su orilla izquierda y a una cota de 561,74 metros sobre el nivel del mar. Un simple dique, saeptum, perpendicular a la corriente, permite desviar directamente hacia el canal, specus, donde su tramo inicial está tallado en roca. Hasta llegar al pueblo de Chelva el recorrido coincide con la actual acequia mayor, aunque con una fisonomía diferente a la original debido a las sucesivas reparaciones que a través del tiempo ha requerido su uso habitual.

2. El puente del barranco del Convento (situado en el término municipal de Chelva)

El tramo inicial de este acueducto discurre bordeando la colina sobre la que se yergue el pueblo de Tuéjar, para a continuación dirigirse en dirección norte hacia el collado de Espes. El barranco del Convento es salvado por medio de un puente acueducto de un solo arco, a cota 527, 34 metros, al borde mismo de la carretera C-234, exactamente en el kilómetro 70, hm. 8. Este puente presenta signos evidentes de diversas reparaciones, lo que no impide apreciar como su técnica constructiva es similar a la de otros puentes localizados más adelante como la rambla de Alcotas o el que salva el barranco de la Cueva del Gato.

Al otro lado de la carretera sigue el specus en dirección a la zona norte de Chelva, conservándose aquí algún otro punto en el que se observa como se ha tallado la roca viva para utilizarla como conducto de agua. Sus restos continúan por la denominada fuente de La Gitana. Siguiendo en dirección al collado de Viñaro, su trazado llega a coincidir con el de la denominada senda de Mas de Solaz o Bumbel, siendo visibles sus restos en uno de los márgenes de la senda.

3. La cantera

En el término municipal de Chelva se han localizado vestigios de una cantera que debió aprovecharse para la construcción del puente de Alcotas. Se accede a ella por la senda de Mas de Solaz o Bumbel que la llega a atravesar.

A juzgar por los restos visibles se trata de una cantera a cielo abierto que ha sido explotada en superficie. Las huellas que evidencian la extracción de roca se extienden en una superficie de 150 metros de longitud por 50 metros de anchura, es decir, 7.500 metros cuadrados.

Se aprecia la intención por parte de los canteros de obtener piezas paralelepipédicas, cuyo destino más verosímil sería el de una construcción fabricada con sillar, opus quadratum. Este detalle es el que permite apuntar una más que probable relación entre esta cantera y una de las fábricas del acueducto en particular debido a su proximidad, el puente acueducto de seis arcos que atravesaba la rambla de Alcotas y que cuyos restos visibles en la actualidad corresponden a una construcción ejecutada en opus quadratum.

La roca explotada también coincide con la utilizada en dicho puente siendo en ambos caliza liásica. Se encuentran, pues, tres indicios contundentes que hablan en favor de una relación entre la cantera y el puente de la rambla de Alcotas: el mismo tipo de roca, idéntica técnica constructiva y relativa proximidad entre la fuente de aprovisionamiento de material y el lugar de construcción.

4. Sector comprendido entre la cantera y la rambla de Alcotas (situado en el término municipal de Chelva)

Siguiendo el recorrido de la senda de Mas de Solaz se llega al collado de La Salera en cuyos márgenes se localizan nuevos restos de conducción a cielo abierto.

Tramo 1: es el más próximo a la cantera, situado aproximadamente a unos 700 metros de la misma y a una cota de 489,49 metros. Se trata de un tramo de canalización a cielo abierto como todos los descubiertos en este sector. Se observa una preparación de la roca previamente allanada, sobre la que se dispone una capa de piedras de tamaño mediano y pequeño sin argamasa. Sobre ellas una capa de opus caementicium de 21/24 centímetros de espesor, donde se han utilizado cantos de río como caementa y que constituye la base del specus. Se conserva el muro de una sola cara correspondiente al lado interno del canal con una anchura de 45/47 centímetros y a una altura máxima de 70 centímetros. Fue ejecutado como en otros tramos a partir de sillarejos de forma más o menos paralelepipédica con unas dimensiones en torno a 39 centímetros de longitud por 29 centímetros de altura y con restos de argamasa en su núcleo interno.

Tramo 2: situado en la cota 488,98 ofrece un mejor grado de conservación. El extremo inferior del lado interno del specus está parcialmente tallado en roca con una altura de 32 centímetros. Y sobre él se dispone una hilada de sillarejo de unos 20 cm. de altura. En cambio, el lado externo está hecho de fábrica. Como sucede en otros casos, solo presenta una cara trabajada, la que da al specus, mientras que la otra es un conglomerado de piedras y argamasa. La anchura comprendida entre las dos paredes del specus es de 1,15 metros y en su base se aprecian los restos de un revestimiento hidraúlico de baja calidad. Siguiendo en dirección al puente de la rambla de Alcotas hay otro tramo muy destruido del que solo se conserva la capa de piedras correspondiente al rudus sobre la que iría el specus.

5. El puente de la rambla de Alcotas (situado en el término municipal de Calles)

Al llegar a la rambla de Alcotas se divisan los vestigios del puente acueducto que la salvaba, situado a la cota 487,11 metros Escolano en 1611 y Marés en 1681 pudieron comprobar que este puente tenía seis arcos. Sin embargo Cavanilles un siglo más tarde, en 1795, ya constata la existencia del único arco apoyado sobre dos pilas que hoy en día permanece en pie, así como una tercera pila con el arranque de un segundo arco. La fábrica de este puente está realizada en opus quadratum, para lo que se han empleado bloques paralelepipédicos de caliza liásica dispuestos en hiladas con una clara alternancia de sogas y tizones. Entre las diferentes hiladas se dispuso una ligera capa de argamasa. Da la impresión de que las pilas no poseen un núcleo interno de opus caementicium, aunque ese detalle es difícil de asegurar. En numerosas sogas se aprecia la presencia de un orificio con dimensiones regulares de 8 centímetros por 3,5 centímetros por 5 centímetros de profundidad y que servía para la elevación de los bloques por medio de tenazas. Las hiladas ofrecen una altura que oscila entre 50 y 52 centímetros, que solo se ven alteradas por una hilada de 56 y otra de 46 centímetros, que curiosamente se encuentran una sobre otra, por lo que, sumadas previamente y divididas entre dos, resultan dos hiladas de 51 centímetros, que se ajustan perfectamente al valor de la altura media de las restantes hiladas.

Las dimensiones de las pilas son de 4,64 x 4,04 metros, 4,61 x 4,05 metros y 4,60 x 3,88 metros. En cuanto a la altura máxima conservada, incluidos los tímpanos es de 12,04 metros para la primera pila, 9,97 metros para la segunda y 7,67 metros para la tercera; mientras la altura máxima del arco conservado tomada desde la clave es de 9,57 metros. La distancia entre pilas es de 6,22 metros entre la primera y la segunda y 6,23 metros entre la segunda y tercera. Conforme las pilas van ganando altura mediante diversos relejes apreciables tan solo en los lados cortos de las mismas.

La luz del arco conservado es de 7 metros Consta de una única rosca donde parejas de dovelas forman un ancho total de 2,60 metros. Las dovelas del intradós ofrecen un juego de uniones que garantizan su mejor engatillado. El arco descansa unos centímetros más allá del zampeado de las pilas, produciéndose un retranqueo o escaloncillo muy apto para acoplar el madero horizontal de la cimbra. Esta modalidad constructiva ya está presente en el Aqua Claudia de Roma.

Este puente permitía el paso del agua desde la derecha a la margen izquierda de la rambla de Alcotas. A continuación, proseguía por esta orilla bordeando la ladera que ha sufrido importantes desmoronamientos sepultando la estructura del specus, si bien vuelve a recuperarse, una vez que la senda de Bumbel atraviesa el barranco de Alcotas, coincidiendo ésta con el specus que aquí posee una anchura media de 1,25 m.

6. El puente del barranco de la Cueva del Gato (situado en el término municipal de Calles)

Siguiendo el recorrido de la conducción tallada en la roca se llega sin interrupción y tras describir un recodo a la confluencia de la rambla de Alcotas con el barranco de la Cueva del Gato, que es salvado mediante un nuevo puente acueducto de tres arcos que constituye la fábrica más espectacular y mejor conservada de todo el acueducto. Su longitud total es de 36 m., mientras que su altura máxima rasante supera los 18 metros Su técnica constructiva es similar a la del puente de Alcotas, es decir, opus quadratum. Asimismo, las pilas se disponen formando cuatro relejes. La distancia entre la segunda y tercera pila es de 6,27 metros, prácticamente similar a la constatada en el puente de la rambla de Alcotas (6,22 y 6,23 m, respectivamente). El specus situado a la cota 486,90 metros posee la misma anchura que el puente de Alcotas, es decir, 2,60 metros. A su lado se observan las huellas de un intento previo que debió resultar fallido, distinguiéndose el arranque del specus tallado en roca.

Una vez rebasado este puente el specus gira bruscamente en dirección este para seguir a través de un impresionante cortado denominado Peña Cortada o La Serrada. El término no puede ser más apropiado, ya que la montaña sufrió un corte casi en vertical de unos 25 metros de altura y en una longitud de unos 50 metros. La roca extraída debió aprovecharse en la construcción de este puente acueducto. No se trata de un caso excepcional, ya que se conocen otros ejemplos similares, así, en el acueducto de Frejus existe un tramo conocido con el nombre de La Rochetaillé. Otro ejemplo es el acueducto de Side en la actual Turquía, donde el corte en la roca alcanza los 18 metros.

Una vez rebasada la Peña Cortada, la conducción de agua sigue un tramo al aire libre de unos 100 metros de longitud, excavado en la roca y reforzado en su margen externo con un muro cuya técnica se aproxima más al opus vittatum que al opus quadratum, ya que el módulo de los bloques es inferior al de los puentes de Alcotas y Cueva del Gato: 27-29 centímetros de altura por una longitud que oscila entre 35 y 40 centímetros por 40 centímetros de anchura.

A continuación, el specus adopta la forma de galería tallada en la roca con cubierta abovedada, aunque a veces la sección dibuja un arco ligeramente apuntado con una anchura en la parte inferior de 1,25 metros por 1,85 metros de altura. Tres respiraderos se disponen a distancias irregulares, muy alterados por quienes utilizaron esta galería como lugar de refugio.

7. Puente de la Torre de Castro (situado en el término municipal de Calles)

A partir de este punto, la conducción alterna 5 tramos al aire libre con otros 4 en galería, tanto unos como otros en roca tallada, bordeando los costados oriental y septentrional de la Torre de Castro, mientras que en el occidental se localizan los restos de un puente acueducto, en la cota de 480,26 metros, construido para salvar el barranco de Mas de Solaz. Este puente de un solo arco, destruido, conserva los dos machones en opus vittatum, de similares características al descrito en el tramo de la Peña Cortada.

8. Puente del barranco de La Cabra (situado en el término municipal de Calles)

A continuación, y antes de llegar al Corral de la Francisqueta, se localiza un puente de un solo arco construido para salvar el barranco de La Cabra en la cota 477,92 metros. El arco está parcialmente destruido si bien conserva dos machones apoyados sobre la roca. Se encuentra construido en opus vittatum, sus dimensiones son 2,88 metros de altura máxima por 2,22 metros de anchura, mientras que la distancia entre machones es de 1,62 metros. El specus se conserva en parte con una anchura interior de 1,30 metros, mientras que la exterior coincide con el puente.

9. Puente del barranco de El Zurdo (situado en el término municipal de Calles)

Llegando al barranco de El Zurdo y en la zona situada bajo el corral de La Francisqueta, en la cota 476,56 metros, se localizan los vestigios de un nuevo puente del que apenas se distingue uno de los machones, ya que se aprecia como esta zona ha sufrido una considerable colmatación fruto de importantes arrastres de tierras que ocultan por completo la estructura de este puente al que le falta un arco. A pesar de estas carencias, se aprecia una construcción que técnicamente sigue las pautas del puente anterior, opus vittatum en el exterior, aunque en este caso parece distinguirse un núcleo interior de opus caementicium. El machón conservado posee una longitud de 4,52 metros, una altura máxima de 2,43 metros y una anchura de 2,21 metros, similar a la del puente anterior.

10. Puente del barranco del Tío Roque (situado en el término municipal de Calles)

La conducción prosigue hasta alcanzar el barranco del Tío Roque que es salvado por un nuevo puente de un solo arco en la cota 473,63 metros y construido en opus vittatum, tampoco conserva el arco y apenas se distingue el arranque de los machones. Por delante del mismo barranco se conserva un nuevo tramo del acueducto bajo la forma de canal descubierto, tallado en la roca y en la cota de los 473.50 metros.

11. Puentes de los barrancos del Arenal y de la Olivera del Arquillo (situados en el término municipal de Calles)

Al llegar al barranco del Arenal y en la cota de los 472,93 metros se localizan los restos de otro puente de un solo arco, también muy destruido. Esta misma solución se encuentra en el barranco conocido como de la Olivera del Arquillo en alusión al puente de un solo arco que lo sortea en la cota 471,93 metros. En este caso sí conserva el arco con una luz de 1,42 metros y sus dos machones están fabricados en opus vittatum. No es posible comprobar la presencia del specus, debido a que sobre este puente se asienta un bancal moderno.

12. Canalizaciones en el término municipal de Domeño

En este término se ha constatado la existencia de nuevos restos de canalización que parecen corresponder al mismo acueducto.

Estos vestigios se encuentran en la cota 466 metros entre las estribaciones del Altarejo o Los Cercados o Cerrados. El mejor punto de referencia es una abertura en la roca, a modo de gran ventana, de 1,25 por 1,80 metros y que se halla conectada con dos bocas de galería cubierta y excavada en la roca, situadas en ambos extremos. La galería norte presenta una sección en forma de bóveda apuntada y su altura es inferior a la de los tramos cubiertos localizados a continuación del barranco de la Cueva del Gato, ya que solo es posible caminar en cuclillas. Esta menor altura está motivada en parte por la existencia de un nivel de colmatación, aunque una vez que se recupere el nivel del firme original, seguirá siendo inferior a la de los tramos citados. En cambio, su anchura, que oscila entre 1,10 y 1,15 metros, ofrece valores similares a los tramos anteriores. Este tramo cubierto supera los 37 metros de longitud encontrándose interrumpido por un derrumbe.

Siguiendo en dirección norte, la conducción discurre a cielo abierto, encontrándose totalmente colmatada por derrumbes hasta perderse por completo. A continuación, viene otro tramo en galería cubierta que no puede recorrerse en su totalidad por la existencia de derrumbes en su interior. No obstante, sus características son similares a las de la primera galería descrita.

Un nuevo tramo ha sido localizado a unos 500 metros al SE del anterior y en la cota 465,39 metros. En este caso la conducción discurre a cielo abierto.

b) Partes integrantes

1. Dique de captación del agua en el río Tuéjar.

2. Puente del barranco del Convento.

3. La cantera.

4. Puente de la rambla de Alcotas.

5. Puente del barranco de la Cueva del Gato.

6. Puente de la Torre de Castro.

7. Puente del barranco de La Cabra.

8. Puente del barranco de El Zurdo.

9. Puente del barranco del Tío Roque.

10. Puente del barranco del Arenal.

11. Puente del barranco de la Olivera del Arquillo.

12. El canal o specus tanto cubierto como descubierto.

c) Delimitación del entorno afectado

La delimitación se establece en función de los siguientes criterios:

– Topográficos y paisajísticos, estableciendo una franja de protección que garantice la conservación de su entorno y de sus magníficas vistas ligadas a pintorescos accidentes geográficos que condicionaron su trazado.

– Arqueológicos, sobre la base de la previsible aparición de restos ligados al monumento.

Línea delimitadora: discurre paralelamente a ambos lados del acueducto a una distancia de 100 metros a cada lado desde su eje.

En el puente de la rambla de Alcotas se establece un círculo de protección de 200 metros de radio cuyo centro está en la intersección del eje de la rambla con el puente.

En la cantera el círculo de protección será de 200 metros de radio cuyo centro coincide con el punto central de ésta.

d) Bienes muebles que comprende y constituyan parte esencial de su historia

No se conocen bienes muebles relativos al monumento.

e) Normativa de protección del acueducto y su entorno

Monumento

Artículo 1

Se atendrá a lo dispuesto en la sección segunda, Régimen de los Bienes Inmuebles de Interés Cultural, capítulo III, del título II de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, aplicable a la categoría de monumento.

Artículo 2

Los usos permitidos serán todos aquellos que sean compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial del bien y que contribuyan a la consecución de dichos fines. La autorización particularizada de uso se regirá según lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Entorno de protección

Artículo 3

1. A fin de preservar el paisaje histórico del acueducto, no se autorizará edificación alguna para cualquier uso, quedando expresamente prohibidos los movimientos de tierras, señalizaciones de tipo publicitario, tala de árboles, y vertido de residuos sin la expresa autorización de las consellerias competentes en materia de cultura y medio ambiente.

2. Se deberá fomentar la repoblación forestal con variedades autóctonas.

Artículo 4

Las actuaciones arqueológicas, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, deberán ser autorizadas por la Conselleria competente en materia de Cultura.

Artículo 5

Los cambios en el uso agrícola actual de las parcelas serán objeto de la autorización a que se refiere el artículo siguiente. En las zonas de cultivo no se permitirán las plantaciones de árboles de gran porte a menos de 50 metros que impidan la contemplación paisajística o perjudiquen al monumento.

Artículo 6

Para lo no regulado por la presente normativa se precisará la autorización de la Conselleria competente en materia de Cultura, preceptiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, para cualquier intervención en el entorno del monumento, incluidas las reguladas por los artículos anteriores. Dicha autorización se emitirá siguiendo los criterios establecidos en el artículo 39 de la citada norma.

ANEXO II

Documentación gráfica

Mapa web