Ficha disposicion

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DECRETO 200/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el acuerdo de la comisión mixta del Ayuntamiento de Burriana-Generalitat Valenciana por el que se transfiere el servicio de planificación familiar del ayuntamiento a la Generalitat Valenciana, y se traspasan los correspondientes medios personales y materiales.



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Publicado en:  DOGV núm. 4158 de 31.12.2001
Número identificador:  2001/F12542
Referencia Base Datos:  5314/2001
 
  • Análisis jurídico

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    Fecha de entrada en vigor: 01.01.2002
    Notas: Se aprueba el acuerdo de la comisión mixta del Ayuntamiento de Burriana-Generalitat Valenciana por el que se transfiere el servicio de planificación familiar del ayuntamiento a la Generalitat y se traspasan los correspondientes medios personales y materiales
  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria Sanidad
    Grupo Temático: Legislación, Reglamentación
    Materias: Sanidad
    Descriptores:
      Temáticos: planificación familiar, administración local, servicio sanitario, control de natalidad , Centro de planificación familiar
      Descriptores toponímicos: Burriana



DECRETO 200/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el acuerdo de la comisión mixta del Ayuntamiento de Burriana-Generalitat Valenciana por el que se transfiere el servicio de planificación familiar del ayuntamiento a la Generalitat Valenciana, y se traspasan los correspondientes medios personales y materiales. [2001/F12542]

En la Comunidad Valenciana, a partir de 1980, los ayuntamientos han venido creando centros de planificación familiar que, junto con los dependientes de la Diputación de Valencia y los de la Conselleria de Sanidad, completan la red de servicios públicos de planificación familiar y sexualidad. La prestación de servicios en esta materia está regulada por el Decreto 149/1986, de 24 de noviembre, del Gobierno Valenciano, y las órdenes de la Conselleria de Sanidad y Consumo de 31 de marzo de 1987 y 30 de enero de 1991.

La Ley de la Generalitat Valenciana 8/1987, de 4 de diciembre, del Servicio Valenciano de Salud, en su disposición transitoria tercera, establece la integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo funcional único y la adscripción al Servicio Valenciano de Salud de los servicios y establecimientos sanitarios de las entidades locales que se transfieran a la Generalitat Valenciana.

Asimismo, se dispone que dicha transferencia tendrá lugar en el plazo de tres años a partir de la publicación de la citada ley en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, si bien dicho plazo ha sido ampliado en las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalitat Valenciana.

El Decreto 46/1988, de 12 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Valenciano de Salud, previó en su disposición transitoria segunda la creación de una comisión mixta para la transferencia y adscripción de los servicios y establecimientos sanitarios de las corporaciones locales al Servicio Valenciano de Salud, compuesta por representantes de las consellerias de Administración Pública, de Economía y Hacienda y de Sanidad y Consumo, así como las corporaciones locales afectadas.

El Decreto 109/1988, de 18 de julio, del Gobierno Valenciano, contempla la creación de la comisión mixta con las corporaciones locales para la transferencia de sus servicios y como instrumento idóneo que desarrolla el mandato establecido en la Ley del Servicio Valenciano de Salud.

La referida comisión ha estudiado el traspaso del Centro de Planificación Familiar de Burriana, de titularidad municipal, resultando adecuado en el momento presente, habida cuenta que en el municipio se cuenta con un centro de salud en el que poder ubicar las dependencias del Centro de Planificación Familiar.

Habiéndose adoptado, en sesión de 27 de abril de 2001, acuerdo sobre la transferencia del Centro de Planificación Familiar de Burriana a la Generalitat Valenciana, cuya virtualidad práctica requiere la correspondiente aprobación del Gobierno Valenciano mediante decreto, en su virtud, a propuesta del conseller de Sanidad y después de la deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 18 de diciembre de 2001,

DISPONGO

Artículo primero

Se aprueba el acuerdo de la comisión mixta del Ayuntamiento de Burriana-Generalitat Valenciana por el que se transfiere el Servicio de Planificación Familiar del ayuntamiento a la Generalitat Valenciana, y se traspasan los correspondientes medios personales y materiales.

Artículo segundo

En consecuencia, se acepta la transferencia a la Generalitat Valenciana de los servicios y funciones correspondientes los términos y condiciones expresados por el convenio transferencia que se incluye como anexo de este decreto, y dispone su adscripción a la Conselleria de Sanidad.

Quedan traspasados a la Generalitat Valenciana los bienes y medios personales, documentación y expedientes a que se hace referencia en el acuerdo de la comisión mixta, todo ello en los términos y condiciones que en el mismo se especifican.

Artículo tercero

Los traspasos a los que se refiere este decreto tendrán efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Artículo cuarto

La Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Sanidad, ofertará al personal transferido la integración en el correspondiente estatuto jurídico de personal aplicable al personal de la Conselleria de Sanidad, de conformidad con las homologaciones que en la norma de desarrollo del presente decreto se concreten.

La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo y la de Sanidad adoptarán las medidas necesarias para efectividad de la transferencia del personal y medios materiales adscritos al centro que se transfiere.

Disposiciones finales

Primera

Se faculta al conseller de Sanidad para que dicte las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo del presente decreto.

Segunda

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 18 de diciembre de 2001

El presidente de la Generalitat Valenciana,

EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

El conseller de Sanidad,

SERAFÍN CASTELLANO GÓMEZ

Convenio entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Burriana por el que se aprueba la transferencia de la Generalitat Valenciana de la titularidad del Servicio de Planificación Familiar y Sexualidad.

Valencia, ... de ... de 2001

Reunidos

De una parte, Serafín Castellano Gómez, conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana.

Y de otra, Alfonso Ferrada Gómez, alcalde presidente del Ayuntamiento de Burriana.

Exponen

El artículo 38 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en el marco de lo previsto por el artículo 149 de la Constitución, establece que corresponden a la Generalitat Valenciana, en materia de sanidad interior, y entre otras, las siguientes competencias:

– El desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del estado, salvo en lo referente al régimen económico de la Seguridad Social.

– La organización y administración a tales fines y dentro de su territorio de todos los servicios relacionados con la materia expresada y el ejercicio de la tutela de las instituciones, entidades y fundaciones en materia de sanidad y Seguridad Social, salvado la reserva estatal de la alta inspección.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece, que con carácter básico, las competencias de las comunidades autónomas, que quedan delimitadas por exclusión a todas aquellas no atribuidas al estado o, en su caso, a otras administraciones infracomunitarias.

La disposición transitoria primera de la Ley General de Sanidad y, en desarrollo de la misma, las disposiciones transitorias segunda y tercera de la Ley 8/1987, de la Generalitat Valenciana, del Servicio Valenciano de Salud, establecen la adscripción funcional de los servicios y establecimientos sanitarios de las corporaciones locales al Servicio Valenciano de Salud.

Establecen, asimismo, la realización de convenios entre el Consell de la Generalitat Valenciana y las corporaciones locales a los efectos de transferir a la Generalitat Valenciana la titularidad de los centros, servicios y establecimientos sanitarios actualmente dependientes de las corporaciones locales.

En materia de personal, el artículo 140 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, al regular las situaciones en que pueden hallarse los funcionarios de carrera de la administración local, recoge expresamente la situación de servicio en comunidades autónomas.

El Decreto 109/1988, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, establece en su artículo séptimo que los acuerdos de transferencia se someterán a la respectiva aprobación del Consell y del órgano competente de la corporación local, mediante las correspondientes propuestas de convenios entre ambas administraciones.

En la sesión plenaria celebrada el día 27 de abril de 2001, la comisión mixta de transferencias en materia de sanidad entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Burriana adoptó el correspondiente acuerdo de transferencias.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

Acuerdan

Primero

Servicios y establecimientos que asume la Generalitat Valenciana:

A) Se traspasa a la Generalitat Valenciana las funciones atribuidas y la titularidad del servicio establecido que a continuación se relaciona, quedando adscrito a la Conselleria de Sanidad:

A.1. La gestión de los servicios y funciones realizados por el Centro de Planificación Familiar de Burriana regulada por el Decreto 14/1986, de 24 de noviembre, del Consell, y las órdenes de la Conselleria de Sanidad y Consumo de 31 de marzo de 1987 y 30 de enero de 1991.

Segundo

Bienes, derechos y obligaciones que se traspasan:

A) Se transfiere a la Generalitat Valenciana, para la incorporación a su patrimonio:

A.1. Los bienes afectos a los servicios que se traspasan (anexo I).

B) Las obligaciones relativas a las funciones y servicios transferidos, reconocidas o no, que no hayan sido satisfechas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto de transferencias, deberán realizarse por el Ayuntamiento de Burriana con cargo a su propio presupuesto.

Tercero

Personal adscrito a los servicios que se traspasan.

A) El personal que presta sus funciones en el Centro de Planificación Familiar de Burriana pasará a depender de la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Sanidad, quedando en la situación jurídica que le corresponda de acuerdo con el respectivo convenio colectivo o legislación laboral general que le sea de aplicación.

El personal transferido conservará el régimen económico y jurídico que se derive de su situación de origen, sin perjuicio de que su prestación de servicios se adapte a las características de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes de la Conselleria de Sanidad, y de la potestad organizativa de la administración.

No obstante, se le dará la opción de integración como personal estatutario, en la categoría profesional que le corresponda de conformidad con la tabla de homologaciones que se incluye como anexo II.

El personal de carácter temporal adaptará igualmente su prestación de servicios a las características de instituciones sanitarias, pero conservará su vinculación temporal de conformidad con el contrato o nombramiento que mantuvieran con anterioridad.

B) El Ayuntamiento de Burriana notificará al personal correspondiente relacionado en el anexo III, su traspaso a la Generalitat Valenciana. Asimismo se remitirá a la Conselleria de Sanidad, antes del día ... de ... de 2001, una copia certificada de todos los expedientes de dicho personal así como de los certificados de haberes referidos a fecha inmediatamente anterior a la de efectos de la transferencia.

Cuarto

Fecha de efectividad de la transferencia.

Las transferencias y traspasos objeto de este acuerdo tendrán efectividad a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

El contenido de este acuerdo, en forma de convenio, será sometido para su aprobación al Pleno del ayuntamiento y al Consell de la Generalitat Valenciana, tal y como se estipula en el artículo 7 del Decreto 109/1988, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana.

Quinto

Para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la prestación de los servicios de planificación familiar y sexualidad desde el 1 de enero de 2001 hasta la fecha de entrada en vigor de esta transferencia, la Conselleria de Sanidad abonará al Ayuntamiento de Burriana, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.05.90.0090.412.21.4 y previa certificación del interventor municipal, una compensación económica cuyo importe máximo no rebasará la cantidad de 10.260.341 pesetas (61655,89 euros) anuales.

Por la Generalitat Valenciana

El conseller de Sanidad,

Serafín Castellano Gómez Por el Ayuntamiento de Burriana

El alcalde presidente,

Alfonso Ferrada Gómez

Anexo I

Convenio Generalitat Valenciana-Ayuntamiento de Burriana

Material de oficina

3 ficheros

3 sillones

3 mesas

9 archivadores

3 papeleras

1 lámina de Francisca Frises

1 cuadro lámina de Lavolen

3 porta-lápices

6 bandejas de mesa archivador

2 dietarios

1 proyector de diapositivas

3 agendas calendario de mesa

1 radiocasete

1 máquina de escribir electrónica

3 estufas

material de imprenta y papelería

2 armarios/estanterías

1 armario para material de oficina

1 televisor

1 armario para televisor

Material médico

5 bateas rectangulares de acero inoxidable

1 mesa ginecológica

3 taburetes

1 foco de luz

1 sistema de esterilización

2 mesas auxiliares

1 caja de cirugía menor

1 caja de curas

1 juego de tallos de Edgar

10 histerómetros

2 pinzas biopsia cervix

3 espéculos de acero inoxidable virginales

3 espéculos de acero inoxidable pequeños

10 espéculos de acero inoxidable medianos

5 espéculos de acero inoxidable grandes

2 tijeras curvas cortas

1 tijera recta corta

5 pinzas Forster

10 pinzas Pean

2 papeleras de pedal

1 peso tallador

1 esfingomanómetro

1 fonendoscopio

1 colposcopio

10 pinzas Pocci

3 pinzas de disección

1 microlegra Randall

1 vitrina para medicación y material

Material fungible

Vídeos educativos

Libros médicos y psicológicos

Anexo II

Convenio Generalitat Valenciana-Ayuntamiento de Burriana

Tabla de homologación de categorías

Médico CPF Médico CPF

Psicólogo CPF Psicólogo

ATS CPF ATS EAP

Aux. administrativo CPF Aux. administrativo

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