Ficha disposicion

Ficha disposicion





RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se establecen las recomendaciones técnicas para la creación y renovación de infraestructuras en centros de lectura pública.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 5137 de 17.11.2005
Número identificador:  2005/X12253
Referencia Base Datos:  5746/2005
 



RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se establecen las recomendaciones técnicas para la creación y renovación de infraestructuras en centros de lectura pública. [2005/X12253]

El Decreto 119/2005, de 24 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se dictan normas para la creación de centros de lectura pública municipales en la Comunidad Valenciana (DOGV n. 5.037 de 28 de junio de 2005) establece en el artículo 5.3 y en su disposición final segunda la facultad del órgano directivo en materia de bibliotecas para dictar las instrucciones que se estimen necesarias en cuanto a las recomendaciones técnicas para la creación y renovación de infraestructuras en centros de lectura pública.

El referido decreto actualiza las normas y requisitos que se deberán tener en cuenta para la creación de centros de lectura pública municipales, así como para la renovación de bibliotecas y agencias de lectura pública que se tengan que adaptar a la nueva normativa. Algunos de los requisitos y normas afectan al propio edificio de la biblioteca como son los apartados de condiciones de habitabilidad y seguridad, condiciones arquitectónicas o superficie mínima requerida según tipología de centro de lectura pública.

La presente resolución tiene como objeto facilitar la labor de los profesionales encargados de la creación y renovación de infraestructuras bibliotecarias, exponiendo todas aquellas recomendaciones que según la literatura profesional deben ser observadas a la hora de emprender proyectos de estas características. Así pues, la Resolución señala todos aquellos aspectos que son importantes a la hora de planificar la creación o intervención arquitectónica en una biblioteca o agencia de lectura, con el objeto de que el servicio de lectura pública se preste de una forma digna y acorde con las funciones actuales que poseen las bibliotecas en la Sociedad de la Información y siguiendo las directrices nacionales e internacionales en materia de edificios de bibliotecas.

De conformidad con la Ley 10/1986, de 30 de diciembre, de Organización Bibliotecaria de la Comunidad Valencia, la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, y el Decreto 119/2005, de 24 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se dictan normas para la creación de centros de lectura pública municipales en la Comunidad Valenciana, y en virtud de las competencias transferidas a la Generalitat Valenciana en materia de cultura por el Real Decreto 3.066/83, de 13 de octubre; de acuerdo con el art. 76 de la Ley 5/83, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano; y en virtud del Decreto 183/2004, de 1 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte (DOGV n. 4.857, de 6 de octubre de 2004), he resuelto:

Primero

Aprobar las Recomendaciones técnicas para la creación y renovación de centros de lectura pública en la Comunidad Valenciana, que figuran como anexo I de la presente resolución.

Segundo

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 11 de octubre de 2005.– El director general del Libro y Bibliotecas: Vicente L. Navarro de Luján.

ANEXO I

Recomendaciones técnicas para la creación y renovación de infraestructuras en centros de lectura pública

1. Ubicación de la biblioteca o agencia de lectura pública.

Preferentemente, se elegirá para la biblioteca o agencia de lectura pública una ubicación céntrica y bien comunicada o la ubicación en un área cultural y/o comercialmente dinámica del municipio. También se debe estudiar la posibilidad de ubicar la biblioteca en un área de fuerte crecimiento urbanístico y con buena accesibilidad, teniendo en cuenta que el nivel de uso de una biblioteca depende de su ubicación y accesibilidad.

En el caso de redes bibliotecarias municipales, el emplazamiento del centro de lectura pública se debe estudiar en relación con el resto de bibliotecas del municipio y con la estructura urbanística de éste, con el objetivo de ofrecer un servicio de lectura pública próximo a toda la población.

En todo caso, debe evitarse la ubicación de la biblioteca en zonas con problemas graves de contaminación, ruido o plagas o zonas inundables o próximas a conducciones de agua. A la hora de elegir solar, se debe valorar la posibilidad de ampliaciones futuras por los lados o en altura.

En el caso de instalación de nuevas bibliotecas en locales preexistentes, se debe valorar previamente las posibilidades de adaptación del edificio a las necesidades del servicio de lectura pública, sus condiciones estructurales y los costes económicos que suponga la reforma del edificio. Un edificio rehabilitado puede ofrecer servidumbres creadas por su antigua estructura que dificulte el desarrollo del servicio bibliotecario.

2. Accesibilidad.

La biblioteca debe asegurar la buena accesibilidad tanto desde el exterior como en el interior del edificio. Se deben suprimir las barreras arquitectónicas que afecten a discapacitados, niños y personas de la tercera edad. Es recomendable el acceso a la biblioteca desde el nivel de la calle. Se deben estudiar los flujos de circulación en el interior de la biblioteca. En todo caso, la obra deberá tener en cuenta la reglamentación vigente en materia de accesibilidad, especialmente el Decreto 39/2004, de 5 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia y en el medio urbano (DOGV n. 4.709, de 10 de marzo de 2004) y la Orden de 25 de mayo de 2004, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004 de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia (DOGV n. 4.771, de 9 de junio de 2004).

3. Identificación y señalización.

El edificio de la biblioteca debe ser fácilmente identificable desde el exterior y deberá estar señalizado, tanto en la propia fachada o entrada al edificio, como en la red viaria de la población con el objeto de facilitar la localización de la biblioteca dentro del municipio y publicitar su servicio. Se recomienda la creación de huecos (ventanas, cristaleras, etc.) en la fachada que permitan la visión desde el exterior de la actividad de la biblioteca. También, se deberá dotar al centro de lectura pública de señalización interna con indicadores visibles, claros y de comprensión universal que orienten al usuario en la búsqueda de fondos, en la localización de servicios y en la normativa a cumplir dentro de la biblioteca, potenciando la autonomía del usuario en el uso de las instalaciones.

4. Ubicación de servicios.

En edificios polifuncionales de varias plantas, se recomienda que la biblioteca se ubique en la planta baja. Si no fuera posible la ubicación de todos los servicios de la biblioteca en la misma planta, se situarán los servicios utilizados preferentemente por los usuarios en la planta baja, dejando otras plantas para depósitos, despachos de trabajos o servicios de menor utilización. En todo caso, la obra deberá tener en cuenta la reglamentación vigente en esta materia, especialmente la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

5. Diseño.

En el diseño de la biblioteca se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

5.1. El centro de lectura pública debe ser un espacio atractivo al usuario y confortable desde el punto de vista acústico, visual (iluminación), físico (temperatura) y psicológico.

5.2. La instalación gozará de la suficiente flexibilidad para poder en el futuro readaptar servicios y zonas de trabajo. Se deben evitar modelos rígidos de difícil reconversión.

5.3. El diseño de la biblioteca siempre deberá favorecer el libre acceso de los usuarios a los fondos, excepto en fondos históricos y de depósito.

5.4. Se debe favorecer la amplitud y buena comunicación de espacios. Se recomienda que la distancia entre soportes o columnas sea mayor en las salas de uso público, procurando espacios más diáfanos, de dimensiones generosas y de fácil acceso.

5.5. Se debe estudiar la mayor autosostenibilidad posible para que el mantenimiento del edificio y equipamiento requiera menores recursos financieros y humanos.

6. Colaboración entre técnicos de arquitectura y técnicos de bibliotecas.

Para la planificación de la construcción o reforma de la biblioteca es necesaria la colaboración estrecha entre técnicos de arquitectura y bibliotecarios. Los técnicos de biblioteca deberán informar a los técnicos de arquitectura sobre los siguientes aspectos:

6.1. Servicios y funciones a realizar por la biblioteca.

6.2. Organización técnica y administrativa que se pretende.

6.3. Número potencial de usuarios concurrentes a alcanzar.

6.4. Proyección futura del número de documentos de la colección bibliográfica.

6.5 Número de empleados y requerimientos de espacio de trabajo.

6.6 Zonas de circulación previstas.

6.7. Áreas de trabajo y lectura previstas.

6.8. Dimensiones y características del mobiliario.

6.9. Estándares autonómicos, nacionales e internacionales en construcción de bibliotecas.

6.10. Relación con el resto de bibliotecas del municipio.

6.11. Toda aquella información técnica que se precise.

7. Protecciones constructivas.

Se tendrán en cuenta los requerimientos en protecciones constructivas de cara al usuario:

– Barandillas en escaleras.

– Protección adecuada de huecos.

– Escaleras de suave pendiente.

– Protección total para niños en barandillas sin hueco.

– Suelo duro, pulimentado, no resbaladizo, continuo y de suave pendiente.

– Banda de color a la altura de los ojos en tabiques transparentes o translúcidos.

En todo caso, se velará por el cumplimiento de las normas de seguridad reglamentadas para establecimientos de pública concurrencia.

8. Condiciones constructivas.

Respecto a las condiciones constructivas:

8.1. El sistema de cimentación será el que exija las condiciones del terreno según las normas vigentes y se fundará en un estudio geotécnico previo.

8.2. La elección de materiales tendrá en cuenta los criterios de durabilidad, mantenimiento, coste y estandarización.

8.3. En edificios adaptados con elementos constructivos de madera no sustituibles, éstos serán consolidados y tratados con productos ignífugos e insecticidas.

8.4. En el cerramiento externo se empleará preferentemente la piedra natural, el ladrillo a cara vista u otros materiales de fácil conservación, limpieza o reposición y se preverán los materiales aislantes térmicos y acústicos necesarios.

8.5. Las bajantes se colocarán preferiblemente al exterior, por fachadas o patios.

8.6. La disposición de elementos estructurales valorará la conveniencia de disponer de plantas lo más libres posibles de elementos fijos como pilares o muros.

8.7. En las aberturas de los cerramientos exteriores se deben estudiar los siguientes aspectos:

– Establecimiento de una relación visual entre el exterior y el interior del edificio.

– Posibilidad de una iluminación y ventilación natural que aporte confort y ahorro energético.

– Disposición de las aberturas respecto a la distribución de mobiliario, previendo la posibilidad de liberar tramos de pared para situar estanterías.

8.8. En las divisiones interiores se tendrá en cuenta que las paredes de obra dificultan la flexibilidad de los espacios y el control visual. Cuando sean imprescindibles los tabiques por razones de seguridad o intimidad, se recomienda que no sean estructurales y que tengan un sistema constructivo que facilite el montaje y desmontaje.

8.9. Para el cálculo de la estructura del edificio o de sus elementos portantes, se adoptarán las siguientes sobrecargas de uso, con independencia de la sobrecarga de tabiquería que corresponda:

– Depósitos con estanterías fijas: 750 kg./m².

– Depósitos con estanterías compactas: 1.250-1.500 kg./m².

– Salas de lectura y zonas de trabajo: 500 kg./m².

– Zonas comunes: 400 kg./m².

Se recomienda prever que las resistencias de carga sean suficientes para convertir en depósitos espacios previamente no concebidos como tales.

9. Iluminación.

Respecto al sistema de iluminación natural, siempre se evitará la incidencia directa de los rayos solares sobre los documentos. En el caso de necesitar oscurecedores, se recomienda el uso de partesoles fijos, vidrios o películas y barnices filtrantes de radiaciones violetas u otras soluciones específicas, evitando elementos graduables del tipo persianas, cortinas o contraventanas.

Respecto al sistema de iluminación artificial, en términos generales se recomienda el empleo de alumbrado fluorescente y con protección de radiación ultravioleta, la disposición de un sistema deflector y/o difusor y la instalación de sistemas colectivos de luminarias en vez de lámparas individuales de mesa. En todo caso, el sistema de iluminación deberá instalarse cumpliendo las medidas de seguridad en prevención de incendios.

La intensidad de luz recomendada es la siguiente:

– Depósitos bibliográficos: 50/150 lux.

– Área de trabajo: 250/500 lux.

– Salas de lectura: 500/700 lux.

10. Ventilación, climatización y acústica.

10.1 La ventilación y climatización son factores importantes que se deben controlar para lograr un ambiente confortable y evitar problemas de conservación del fondo bibliográfico. En las salas de lectura y trabajo se debe conseguir un ambiente confortable. La ventilación es necesaria en todo el edificio y deberá estudiarse la ubicación de las ventanas y aberturas para favorecer la ventilación natural, recurriendo a la ventilación mecánica cuando ésta sea necesaria. Las ventanas deberán ser de fácil acceso para que puedan ser limpiadas, abiertas y cerradas de forma segura y ágil. En caso de necesitarse la instalación de ventiladores, debe procurarse que no queden por debajo de la fuente de luz artificial para evitar la intermitencia de la iluminación sobre el plano de lectura. Los mínimos de ventilación recomendados son:

– Depósitos: 0'25 l. x seg. x m².

– Salas de lectura y trabajo: 0'50-1 l. x seg. x m².

10.2 Se deberá estudiar los métodos de regulación de temperatura y humedad, evitando siempre oscilaciones fuertes de ambos niveles por medio de climatizadores, acondicionadores y deshumificadores. Por seguridad, el deshumificador sólo estará conectado en horas de trabajo, sin que deba dejarse conectado sin vigilancia durante la noche. Los valores recomendados son:

– Depósitos bibliográficos: 15-20 º de temperatura y 45-60% de humedad relativa.

– Salas de lectura y trabajo: 18-24 º de temperatura y 45-75% de humedad relativa.

Los depósitos especiales de films, discos, microfichas, documentos electrónicos, etc. requieren niveles térmicos y de humedad diferentes a los depósitos de fondos bibliográficos.

10.3 También se debe garantizar el confort acústico y no sobrepasar los niveles de 50 dB A en depósitos y zonas comunes y de 40 dB A en salas de consulta y despachos.

11. Riesgos de incendio e inundación.

Se debe velar por el estricto cumplimiento de las condiciones de protección contra incendios e instalar sistemas de detección y extinción de incendios. Se deberá intentar que los sistemas de extinción de incendios se base en soluciones no acuosas o que contengan un mínimo de agua (como la espuma, agua pulverizada). En todo caso, se descartará la instalación de sistemas de protección contra incendios que estén prohibidos en locales públicos.

Asimismo, en la Comunidad Valenciana los daños causados por las secuelas del agua son muy frecuentes y la biblioteca deberá contemplar estos riesgos mediante medidas como:

– Emplazamiento en zonas no inundables.

– Ubicación en zonas donde no existan drenajes o conducciones de agua.

– No ubicar nunca las colecciones debajo de tuberías de agua, de vapor, de equipos de climatización, de drenajes, etc.

– Almacenar material bibliográfico como mínimo a 12 cm del suelo.

12. Mobiliario.

12.1 La dotación de mobiliario debe guiarse por los siguientes criterios:

– Calidad.

– Funcionalidad.

– Resistencia al uso intensivo.

– Comodidad y ergonomía.

– Estética.

– Facilidad de limpieza y conservación.

12.2 La distribución del mobiliario debe facilitar una circulación interior cómoda y favorecer el trabajo del personal y el de los usuarios.

12.3 Referente a las estanterías, deberán ser tenidos en cuentas los siguientes aspectos:

– Las estanterías deberán de ser de libre acceso en las salas de referencia, lectura, infantil, consulta y préstamo, recomendándose una ocupación máxima de Ÿ de su capacidad para facilitar el movimiento de libros y la incorporación de nuevos fondos.

– Se deberá evitar la malformación de libros por medio de soportes de sujeción.

– Las estanterías cerradas o compactas se utilizarán en la zona de depósito.

– En la dotación de estanterías, se valorará la posibilidad de que sean modulares, ampliables y con capacidad de ser trasladadas, evitando las estanterías murales fijas.

– La altura máxima de las estanterías no sobrepasará los 2 metros, siendo recomendable en salas de consulta, lectura e infantil que la altura no sobrepase 1'50 metros.

– La distancia mínima libre de paso entre dos estanterías confrontadas oscilará entre 1'50 y 2 metros.

12.4 Debe optarse por mobiliario específico para la exposición y conservación de material no librario como publicaciones periódicas, documentos audiovisuales, soportes electrónicos, microfichas, mapas y planos, etc.

12.5 Se dotará de un tipo específico de mesas y sillas según la funcionalidad de cada área de la biblioteca (sección infantil, sala de lectura general, hemeroteca, sala multimedia y de consulta de internet, sala de audiovisuales, oficinas, salas de estudio, etc.).

13. Protección contra robo y vandalismo.

Se deben prever sistemas que eviten casos de robo y vandalismo, como controles magnéticos de entrada y salida, alarmas, ventanas no practicables desde el exterior, control visual fácil de todos los espacios, etc.

14. Cableado informático y telemático.

Se debe prever una buena instalación de cableado informático y telemático con canalizaciones que permitan una utilización simple, fácil de mantener y que posibiliten futuras ampliaciones e incorporaciones de nuevas tecnologías. La práctica indica que el cableado y las conexiones de red deben extenderse por toda la biblioteca o red bibliotecaria en su caso. También debe preverse un SAI o Sistema de Alimentación Ininterrumpida que evite daños por caídas de electricidad.

Mapa web