Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2010, del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se prorroga por doce meses lo dispuesto en las disposiciones transitorias primera y segunda del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan autonómico de vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012.



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Publicado en:  DOGV núm. 6267 de 14.05.2010
Número identificador:  2010/5287
Referencia Base Datos:  005446/2010
 



RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2010, del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se prorroga por doce meses lo dispuesto en las disposiciones transitorias primera y segunda del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan autonómico de vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012. [2010/5287]

La Ley orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 49.1.9ª la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de Vivienda. El mismo Estatuto de Autonomía en su artículo 16 garantiza el derecho de acceso a una vivienda digna de los ciudadanos valencianos.

Por una parte, la disposición transitoria primera del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan autonómico de vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012, habilita al conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda para la prórroga de lo dispuesto en dicha disposición transitoria con respecto a la superficie máxima de las viviendas.

Por otra parte, la disposición transitoria segunda de dicho Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, habilita al conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda para la prórroga de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda con respecto al valor de los terrenos.

Vistas las referidas disposiciones legales y de acuerdo con la propuesta de la directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos, resuelvo:

Primero

Prorrogar por el plazo de 12 meses a partir del 20 de mayo de 2010 lo establecido en la disposición transitoria primera, con respecto a la superficie máxima de las viviendas protegidas de nueva construcción, en relación con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan autonómico de vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012.

Segundo

Prorrogar por el plazo de 12 meses a partir del 20 de mayo de 2010 lo establecido en la disposición transitoria segunda, con respecto al valor de los terrenos, en relación con la limitación establecida en este sentido en el Reglamento de protección pública de la Vivienda para las solicitudes de calificación de promociones completas de cualquier régimen o modalidad, cuando se acredite que el solar fue adquirido con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan autonómico de vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valencia, 3 de mayo de 2010. - El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y vicepresidente tercero del Consell: Juan Gabriel Cotino Ferrer.

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