Ficha disposicion

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DECRETO 166/2011, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprobó la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 6645 de 07.11.2011
Número identificador:  2011/11245
Referencia Base Datos:  011268/2011
 



DECRETO 166/2011, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprobó la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana. [2011/11245]

Preámbulo



El Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprobó la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, creó el Comité Estratégico de Política Territorial de la Comunitat Valenciana, como órgano de carácter colegiado y composición paritaria entre la Generalitat y una serie de organizaciones y entidades representantes de la sociedad civil, con el fin de, entre otras funciones, efectuar el seguimiento de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana e impulsar actuaciones estratégicas dinamizadoras del territorio, especialmente de aquellas que se caracterizan por generar tasas elevadas de empleo y de producir efectos sinérgicos positivos en el conjunto de la estructura productiva de la Comunitat Valenciana.

Dichas funciones han sido recogidas, modificadas y ampliadas por el Decreto 135/2011, de 30 de septiembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de los Órganos Territoriales, de Evaluación Ambiental y Urbanísticos de la Generalitat.

Como quiera que la nueva composición del Consell surgida del Decreto 75/2011, de 24 de junio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, donde se ha reducido el número de consellerias, tiene un encaje complejo en la actual estructura del citado comité, fundamentalmente por su carácter paritario y por la representatividad de cada miembro de la Generalitat, a escala de conseller/a, se propone una nueva composición del comité que refleje la realidad competencial actual del Consell.

También se considera relevante elevar el rango del/de la secretario/a del Comité Estratégico de Política Territorial, nombrando para esta función al/a la titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de territorio y paisaje.

Por último, se amplían las funciones del comité a todas aquellas relacionadas con el impulso de la promoción de los valores del territorio de la Comunitat Valenciana a escala nacional e internacional, con el fin de fomentar la atracción de inversiones, talentos y turistas en el territorio, dentro del cumplimiento de los objetivos y principios directores de la Comunitat Valenciana.

En virtud de cuanto antecede, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 43 de la Ley del Consell, a propuesta de la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 4 de noviembre de 2011,





DECRETO



Artículo único. Modificación del Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprobó la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana

Se modifica el artículo 2 del Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprobó la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, que queda redactado en los términos que figuran en el anexo del presente decreto.





DISPOSICIÓN ADICIONAL



Única. Incidencia presupuestaria

El cumplimiento y posterior desarrollo de este decreto no podrán tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la conselleria, en la fecha de publicación del mismo, y en todo caso deberán ser atendidos con los medios personales y materiales de la conselleria competente por razón de la materia.



DISPOSICIONES FINALES



Primera. Desarrollo normativo

Se habilita al/a la titular de la conselleria competente en materia de territorio para desarrollar, mediante orden, lo dispuesto en el presente decreto.



Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 4 de noviembre de 2011



El president de la Generalitat,

ALBERTO FABRA PART



La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente,

ISABEL BONIG TRIGUEROS





ANEXO



Nueva redacción del artículo 2

del Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell



Artículo 2. Comité Estratégico de Política Territorial de la Comunitat Valenciana

1. El Comité Estratégico de Política Territorial de la Comunitat Valenciana es un órgano de carácter colegiado y composición paritaria entre la administración de la Generalitat y las organizaciones y entidades que a continuación se señalan, representadas por:

a) El/la titular de la conselleria con competencias en economía, industria y comercio.

b) El/la titular de la conselleria con competencias en educación, formación y empleo.

c) El/la titular de la conselleria con competencias en sanidad.

d) El/la titular de la conselleria con competencias en infraestructuras, territorio y medio ambiente.

e) El/la titular de la conselleria con competencias en bienestar social.

f) El/la titular de la Conselleria con competencias en agricultura, pesca, alimentación y agua.

g) El/la titular de la conselleria con competencias en turismo, cultura y deporte.

h) El/la titular de la conselleria con competencia en gobernación.

i) El/la presidente/a de la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunitat Valenciana (Cierval).

j) El/la presidente/a del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana.

k) Un/a rector/a de las universidades de la Comunitat Valenciana, en representación de todas ellas, siguiendo un turno rotatorio anual en función de la antigüedad de las mismas.

l) El/la presidente/a de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

m) El/la presidente/a de la Federación Valenciana de Cajas de Ahorros.

n) El/la presidente/a del Comité Económico y Social.

o) El/la presidente/a de la Autoridad Portuaria de Valencia, en representación de los órganos de dirección de los puertos y aeropuertos de la Comunitat Valenciana.

p) El/la presidente/a de la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

2. Presidirá el Comité Estratégico de Política Territorial de la Comunitat Valenciana el/la titular de la Presidencia de la Generalitat, que podrá delegar en el/la titular de la conselleria con competencias en materia de territorio y paisaje.

3. Como secretario/a del Comité Estratégico de Política Territorial de la Comunitat Valenciana actuará el/la titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de territorio y paisaje.

4. El/la presidente/a del Comité Estratégico de Política Territorial de la Comunitat Valenciana podrá convocar a representantes de los distintos colegios profesionales de la Comunitat Valenciana en función de las materias a tratar.

5. Las funciones del Comité Estratégico de Política Territorial son las establecidas en las directrices de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana y en el artículo 7 del Reglamento de los Órganos Territoriales, de Evaluación Ambiental y Urbanísticos de la Generalitat, aprobado por el Decreto 135/2011, de 30 de septiembre, del Consell, así como el fomento de la promoción de los valores territoriales de la Comunitat Valenciana a escala nacional e internacional.

6. El Comité Estratégico de Política Territorial se reunirá, como mínimo, una vez al año, a convocatoria de su presidente/a, quien podrá delegar esta atribución en el/la titular de la conselleria con competencias en materia de ordenación del territorio y paisaje.

7. En dichas reuniones el/la titular de la conselleria con competencias en materia de ordenación del territorio y paisaje informará acerca de la evolución de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

8. Las normas relativas a convocatorias, adopción de acuerdos y régimen de funcionamiento serán las establecidas en la legislación reguladora del procedimiento administrativo.

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