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ACUERDO de 28 de diciembre de 2007, del Consell, por el que aprueba el Plan Director de la Cooperación Valenciana 2008-2011. [2007/15870]

(DOGV núm. 5673 de 04.01.2008) Ref. Base Datos 000049/2008

ACUERDO de 28 de diciembre de 2007, del Consell, por el que aprueba el Plan Director de la Cooperación Valenciana 2008-2011. [2007/15870]
El Consell, en la reunión del día 28 de diciembre de 2007, adoptó el siguiente Acuerdo:
La Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 7 que la política de la Generalitat en materia de cooperación al desarrollo se articula mediante el Plan director de la cooperación valenciana, los planes anuales y los planes estratégicos. El plan director, de duración cuatrienal, fijará las prioridades geográficas y sectoriales, los objetivos estratégicos y los recursos presupuestarios indicativos que orientarán la actividad de la cooperación al desarrollo durante su período de vigencia.
En su aplicación, y considerando los criterios que rigen el modelo de cooperación valenciana establecidos por la citada Ley 6/2007, en especial la planificación y coordinación de todas las actividades que se ejecuten en el ámbito de la Comunitat Valenciana, el Consell establece el presente Plan director, que determina los principios y objetivos de su política de cooperación al desarrollo en los próximos cuatro años.
El Plan director, fundamentado en los principios, finalidades y criterios de la Ley 6/2007, es el resultado de un proceso de información, estudio, consulta, participación y evaluación de las actuaciones precedentes, habiendo sido consultados los agentes sociales de la cooperación valenciana para la redacción del documento final.
La experiencia proporcionada por el anterior Plan director 2004-2007, los parámetros de calidad alcanzados, el aumento de los fondos destinados a cooperación al desarrollo y la existencia de una conselleria propia, en la que se articulan conjuntamente las políticas y los agentes en materia de cooperación internacional al desarrollo, inmigración y participación ciudadana, nos proporcionan el marco del modelo de cooperación descentralizada de la Comunitat Valenciana, que el Plan director 2008-2011 trata de impulsar, planificando la acción solidaria de la ciudadanía valenciana hacia los pueblos empobrecidos durante su período de aplicación.
Por todo lo dicho, en atención a lo dispuesto en el artículo 11.2.a) de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16.b) de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Inmigración y Ciudadanía, el Consell
ACUERDA
Primero
Aprobar el Plan director de la Cooperación Valenciana 2008-2011, que figura como anexo.
Segundo
Ordenar su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, así como darle la máxima difusión a través de los medios de comunicación técnicos y electrónicos pertinentes.
Valencia, 28 de diciembre de 2007
El vicepresidente primero y secretario del Consell,
VICENTE RAMBLA MOMPLET
ANEXO I
PLAN DIRECTOR DE LA COOPERACIÓN VALENCIANA
2008-2011
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN.
1.1. Marco teórico de la integración ciudadana en la Comunitat Valenciana.
1.2. Ejes transversales de la cooperación al desarrollo vinculados con la integración ciudadana.
1.2.1. Relativos a la participación activa
1.2.2. Relativos a la mejora de la calidad de la cooperación
1.3. Principales líneas de actuación del Plan Director 2008-2011
2. LA COOPERACIÓN AL DESARROLLO EN LA COMUNITAT VALENCIANA.
2.1. Aspectos normativos en el ámbito internacional, nacional y autonómico.
2.1.1. Contexto internacional.
2.1.2. Marco normativo estatal.
2.1.3. Marco normativo de la cooperación valenciana.
2.2. Principios rectores de la cooperación valenciana.
2.3. Balance del Plan Director de la Cooperación Valenciana 2004-2007.
2.3.1. Evolución del presupuesto.
2.3.2. Zonas geográficas y sectores de intervención.
2.3.3. Modalidades e instrumentos de cooperación.
2.3.4. Evaluación de la cooperación valenciana.
2.3.5. Agentes de la cooperación valenciana.
2.4. Objetivos y prioridades horizontales, sectoriales y geográficas 2008-2011.
2.4.1. Objetivos.
2.4.2. Prioridades horizontales.
2.4.3. Prioridades sectoriales.
2.4.4. Prioridades geográficas.
2.5. Recursos humanos.
3. MODALIDADES E INSTRUMENTOS DE LA COOPERACIÓN VALENCIANA.
3.1. Modalidades: Cooperación bilateral y multilateral.
3.2. Instrumentos de la cooperación valenciana:
3.2.1. La cooperación técnica, económica y financiera.
3.2.2. La sensibilización social y la educación para el desarrollo.
3.2.3. La investigación sobre el desarrollo y la formación especializada.
3.2.4 La acción humanitaria.
3.2.5. El codesarrollo.
4. LOS AGENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO.
4.1. Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD).
4.2. Universidades Valencianas.
4.3. Organizaciones sindicales.
4.4. Empresas y organizaciones empresariales.
4.5. Otros departamentos de la Generalitat y Administraciones Públicas Valencianas.
4.6. Agentes sociales de ámbito nacional e internacional.
5. EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LA COOPERACIÓN VALENCIANA Y DEL PLAN DIRECTOR 2008-2011.
5.1. Políticas de control de calidad.
5.2. Sistemas de evaluación en el marco de la mejora de la calidad.
5.3. Evaluación del Plan Director 2008-2011.
5.4. Indicadores de las acciones impulsadas por la Generalitat.
6. MARCO PRESUPUESTARIO 2008-2011.
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Marco teórico de la integración ciudadana en la Comunitat Valenciana
Con la creación de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, el Plan director de la Cooperación Valenciana 2008-2011 se enmarca en las directrices establecidas por el Plan Autonómico de la Comunitat Valenciana para la Integración Ciudadana, que incluye las medidas de coordinación y articulación de las políticas y de los agentes en materia de cooperación internacional al desarrollo, inmigración y participación ciudadana.
Dentro del Plan de Integración Ciudadana, destacan dos aspectos de especial importancia vinculados al Plan director de la Cooperación Valenciana: la integración a nivel de sociabilidad y la integración de ciudadanía, ya que en ellos se desarrollan las políticas de promoción de la participación ciudadana y del asociacionismo de las personas inmigrantes y, más concretamente, en lo relativo al impulso y promoción del enfoque de codesarrollo.
El Plan director está basado en el concepto de «integración» desarrollado en el Plan Autonómico de la Comunitat Valenciana para la Integración Ciudadana, entendida como «el proceso de incorporación de los individuos a la sociedad, en nuestro caso la valenciana, en igualdad de condiciones, derechos y deberes, mediante el cual puedan llegar a ser partícipes activos de la sociedad, conformando también la vida social, económica y cultural».
En este sentido, el enfoque de codesarrollo es importante para la cooperación valenciana al desarrollo, al favorecer la participación activa de las organizaciones y asociaciones de inmigrantes como actores de desarrollo en sus países de origen.
Por otro lado, la globalización, a través de la igualdad de derechos, ha situado la expresión «ciudadanos del mundo» como un hecho real. Por lo tanto, la integración se hace realidad a través de la igualdad de derechos en los ámbitos legales, laborales, residenciales, familiares, educativos, sociales y culturales. Y ello afecta tanto a inmigrantes como a nacionales. De ahí que la integración nos remita a conceptos como ciudadanía, convivencia, participación, cooperación, solidaridad y codesarrollo.
La sociedad valenciana ha manifestado reiteradamente su carácter solidario, tolerante, abierto e integrador hacia todas aquellas personas que tienen escasez de recursos o atraviesan por circunstancias que impiden disponer de un nivel y unas condiciones mínimas de vida, lo que confirma la importancia de las acciones dirigidas a la sensibilización y la educación para el desarrollo. La existencia de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía va a permitir diseñar acciones participativas y de impacto en la población valenciana, que faciliten la integración social, la convivencia y el cambio de valores y actitudes hacia otras culturas.
Parte de esa población, casi el 15% en la actualidad, son extranjeros que han elegido la Comunitat Valenciana para vivir y trabajar. Además de las personas provenientes de los países de la Unión Europea, un porcentaje importante corresponde a inmigrantes procedentes de países en desarrollo, entre ellos Marruecos (7,75%), Ecuador (7,07%) Colombia (5,48%), Argentina (2,74%) y Argelia (1,99%), conocedores de los problemas que atraviesan sus países de origen y vectores muy importantes para su desarrollo.
Por ello, el Plan director 2008-2011 impulsará una política específica en materia de codesarrollo, implicando a la población inmigrante en las tareas de desarrollo de sus países de origen, que incluya capacitación y formación, sensibilización y especialmente su participación en los proyectos y programas al desarrollo impulsados desde la Generalitat, en coordinación con los agentes sociales de la cooperación valenciana.
1.2. Ejes transversales de la cooperación al desarrollo vinculados con la integración ciudadana
El Plan director 2008-2011 contempla actuaciones específicas vinculadas con la integración ciudadana y la mejora de la calidad de la cooperación valenciana, que se han incorporado en el marco estratégico desarrollado en el apartado 2.
1.2.1. Relativos a la participación activa.
El Capítulo V de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, regula la participación social. Concretamente, en su artículo 23 se señala que «las acciones de cooperación al desarrollo no son exclusivas de las instituciones públicas, sino que precisan de la participación activa de la sociedad civil en su planificación y ejecución. Por ello, los principios de colaboración y complementariedad con las iniciativas de los agentes de la cooperación internacional al desarrollo, como expresión colectiva de la solidaridad de la sociedad valenciana, informarán todas las actuaciones de la Generalitat en este ámbito».
Además, en el artículo 29 de la citada Ley, relativo a la población inmigrante, se establecen los mecanismos para favorecer su participación activa en los procesos de desarrollo de sus comunidades y países de origen.
El Plan director de la Cooperación Valenciana 2008-2011 reconoce que la pluralidad de actores en el ámbito de la cooperación al desarrollo existentes en la Comunitat Valenciana contribuye a una mayor riqueza de las intervenciones y que las personas son el centro de las acciones de desarrollo.
Por lo tanto, la participación se concibe como el proceso por el que las mujeres y hombres de diferentes sectores sociales, con intereses legítimos en un proyecto, programa o política de desarrollo influyen, en ellos y son implicados en la toma de decisiones y en la gestión de los recursos, siendo así actores de su propio desarrollo y de sus comunidades de origen.
De esta forma, la participación es una de las condiciones para alcanzar una democracia plena, y, consecuentemente, el desarrollo humano. Así, la participación se concibe como un proceso de implicación y acción para potenciar la capacidad sociopolítica y económica de los sectores con mayores niveles de pobreza, vulnerabilidad y exclusión social.
Desde el reconocimiento de la importancia en el ejercicio de los derechos de ciudadanía y, entre ellos, la relevancia de la participación ciudadana en las políticas públicas, se van a impulsar los objetivos y las prioridades que se han incorporado en el apartado 2.4.
1.2.2. Relativos a la mejora de la calidad de la cooperación
De acuerdo con el objetivo general del Plan director 2008-2011, se establece como eje fundamental la consolidación de los criterios y mecanismos de calidad regulados por la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana y, por tanto, de un modelo descentralizado propio orientado al mejorar la calidad de las acciones gestionadas por todos los agentes valencianos en esta materia.
Asimismo, el Plan director promueve la aplicación de los principios de la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo: apropiación, armonización, alineación y resultados y mutua responsabilidad, que quedan recogidos en los objetivos específicos del apartado 2.4.1.
El actual Plan director va a proveer los mecanismos financieros, de investigación, evaluación y aprendizaje continuo para avanzar en la mejora de la calidad de los programas y proyectos de cooperación al desarrollo.
Para ello, se establecen cuatro líneas estratégicas, que son:
a) Mejora de la gestión de las ayudas
En el apartado relativo al balance del Plan director 2004-2007, se expresa la importancia de incorporar mejoras en la calidad en el sistema de gestión de la cooperación valenciana, mediante la introducción de elementos de avance de eficiencia y efectividad de las ayudas para alcanzar los objetivos definidos en el Plan director 2008-2011. Se precisa, además, de la estructura y planificación adecuada para la gestión cuantitativa y cualitativa de todas las intervenciones en materia de cooperación que impulsa la Generalitat.
b) La mejora organizativa e institucional de los agentes valencianos de cooperación internacional al desarrollo.
El Consell reconoce el papel fundamental que tienen ONGD, universidades, asociaciones sindicales, empresariales y de inmigrantes, organizaciones multilaterales, Administraciones locales, entre otros, en el impulso de la política de cooperación al desarrollo de la Comunitat Valenciana.
Por ello, es necesario fomentar la implicación y fortalecimiento organizacional de las ONGD y el resto de los agentes sociales de la cooperación valenciana.
c) La coherencia y la coordinación de todas las intervenciones promovidas por la Generalitat en materia de cooperación al desarrollo, sensibilización y educación para el desarrollo, acción humanitaria y codesarrollo.
La importancia que ha ido adquiriendo la cooperación al desarrollo en la Comunitat Valenciana, hace necesaria una mayor articulación y coordinación entre los diversos actores, así como el fomento de la coherencia de las políticas que se impulsen desde la Generalitat.
d) Consolidación del modelo de cooperación descentralizada valenciana.
El importante incremento de proyectos y de fondos destinados por la cooperación valenciana al desarrollo que se ha producido en los últimos años, recomiendan adaptar el actual modelo de cooperación descentralizada valenciana a las nuevas exigencias que este hecho implica en cuanto al la planificación de estrategias y objetivos.
1.3. Principales líneas de actuación del Plan director 2008-2011
El Plan director 2004-2007 fue el primer documento de planificación estratégica de la cooperación valenciana y la constatación del compromiso del Consell de la Generalitat de incrementar notablemente los fondos destinados a la cooperación internacional e incorporar los criterios de calidad que demandaba la sociedad valenciana, anticipando un modelo propio de cooperación descentralizada.
La Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, constituye el marco de referencia para establecer las acciones del Gobierno Valenciano en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo en los próximos años, con el fin de contribuir al compromiso de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio establecidos en la Declaración de la Cumbre del Milenio, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en el año 2000.
Dicha Ley convirtió a la Generalitat en la primera Administración autonómica española en garantizar por Ley el 0,7% de sus presupuestos a la cooperación al desarrollo y el codesarrollo, lo que supone no sólo un objetivo cumplido, sino un reto para el propio Gobierno Valenciano y todos los agentes sociales que trabajan desde la Comunitat Valenciana para el desarrollo sostenible de los países empobrecidos, la lucha contra las desigualdades y la defensa y promoción de los derechos humanos, por cuanto el incremento de los fondos debe ir unido a la profesionalización de todo el sector y al aumento del impacto en los procesos de desarrollo y la eficiencia de las acciones emprendidas.
El presente Plan director 2008-2011 desarrolla lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 6/2007, estableciendo, para los próximos cuatro años, las previsiones normativas, el marco estratégico de la cooperación valenciana (objetivos y prioridades), sus modalidades e instrumentos, la presencia y colaboración de todos los agentes sociales implicados y el marco general presupuestario.
Ello se llevará a cabo con los criterios básicos de calidad, donde la mejora continua, la participación de los agentes y la evaluación permanente sean procesos clave. Y todo esto en consonancia con las directrices y estándares de calidad que están en marcha en el contexto de la cooperación española.
El Plan director incide en uno de los elementos clave de la política del Gobierno Valenciano en materia de cooperación: la participación de los agentes sociales y la ciudadanía. Esta participación tendrá su principal instrumento en el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo, órgano colegiado superior de consulta y participación de los distintos sectores implicados en el ámbito de la cooperación al desarrollo que actúen en la Comunitat Valenciana.
Junto al Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo, se promoverá la participación ciudadana e institucional y la coordinación en los distintos ámbitos de la cooperación, a través del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana, la Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo y la Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo.
Además, se promoverá la aplicación del criterio de responsabilidad de todas las acciones, a través de la evaluación de planes, programas y proyectos, que permita un aprendizaje de lo realizado y, sobre todo, la calidad de nuestras políticas concretas. En colaboración con las Universidades valencianas y demás entidades que trabajan en el sector, se potenciará la profesionalización y especialización del mismo, mediante programas específicos de postgrado, programas formativos, cursos, jornadas, becas y prácticas profesionales para cooperantes valencianos.
Se potenciarán los sectores en los que hemos canalizado nuestra intervención en los últimos cuatro años, como la educación, la salud, el abastecimiento de agua y saneamiento, sectores productivos, o desarrollo rural, prestando especial atención a los grupos más vulnerables, como la infancia y juventud, la población indígena, la población refugiada y desplazada o las personas con discapacidad. Y, dentro de todo ello, consideraremos la igualdad de la mujer como eje transversal de todo proyecto de cooperación al desarrollo.
Los retos de la Comunitat Valenciana en el desarrollo de los pueblos empobrecidos y especialmente en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio son de carácter global y afectan a toda la comunidad internacional. Por ello, la agenda de la cooperación valenciana llevará aparejada su presencia constante y creciente en los foros internacionales, promoviendo, por un lado, su relación con los organismos que desde la cooperación multilateral trabajan en este ámbito, así como con otras regiones y países, especialmente del entorno europeo y, por otro, la participación de la Generalitat en los programas multilaterales de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.
Esta misma coordinación será la base de la política en materia de acción humanitaria. La Comunitat Valenciana ha sido ya pionera mediante la creación del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana, que aglutina la participación y los recursos de los organismos valencianos. Es necesario potenciar su actividad y eficiencia, mediante un instrumento con personalidad jurídica única y una estructura operativa y eficaz.
En las disposiciones del Plan director 2008-2011, al igual que ocurrió en el Plan director anterior, se incluyen las directrices y objetivos específicos del primer año de vigencia del mismo. En los sucesivos Planes Anuales se definirán las líneas estrategias para dichos períodos.
En definitiva, desde la planificación, el consenso y la coordinación, la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía va a trabajar activamente en estos cuatro años para la erradicación de la pobreza y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de acuerdo con un modelo propio de cooperación al desarrollo de impacto y transformador, en el que los importantes recursos económicos que la Generalitat ha destinado al desarrollo sostenible van a ser gestionados mediante criterios de calidad y con la implicación y participación de toda la ciudadanía.
2. LA COOPERACIÓN AL DESARROLLO EN LA COMUNITAT VALENCIANA
2.1. Aspectos normativos en el ámbito internacional, nacional y autonómico
2.1.1. Contexto internacional
Existen antecedentes normativos de la cooperación internacional que se remontan fundamentalmente a mediados del siglo pasado, cuando se crean las Naciones Unidas con el propósito de mantener la paz y la seguridad internacional.
A grandes rasgos, el contexto internacional actual de la cooperación al desarrollo se fundamenta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de la ONU en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948. Esta Declaración es proclamada como «ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción».
Es de importancia igualmente la iniciativa 20/20, impulsada por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y aprobada en la Cumbre Mundial de Desarrollo Social de Copenhague de 1995. Su objetivo es destinar el 20% de la Ayuda Oficial para el Desarrollo y el 20% del gasto público del país receptor a servicios sociales básicos universales.
En la Cumbre del Milenio de la ONU, celebrada en 2000, fue aprobada la Declaración del Milenio por 189 países. De ella se derivan los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que comprometen a los países a luchar contra la pobreza con ocho objetivos, acompañados de indicadores de alcance de los mismos. Se propone alcanzar para el año 2015 tales metas.
Los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio son los siguientes:
Objetivo 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre
Objetivo 2: Lograr la enseñanza primaria universal
Objetivo 3: Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer
Objetivo 4: Reducir la mortalidad infantil
Objetivo 5: Mejorar la salud materna
Objetivo 6: Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades
Objetivo 7: Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente
Objetivo 8: Fomentar una asociación mundial para el desarrollo
Asimismo, se han realizado importantes esfuerzos a nivel internacional para fomentar la armonización de la financiación y la eficacia de la ayuda al desarrollo, que tienen como origen el objetivo 8 de la Declaración del Milenio. En este sentido cabe destacar:
• El Consenso de Monterrey 2002, producto de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo celebrado en Monterrey, México, convocado por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Los líderes del mundo se comprometieron en ella a reducir las cargas administrativas de la ayuda en los países receptores, y a apoyar las políticas prioritarias que deciden los propios países en desarrollo.
• La Declaración de Roma sobre la armonización 2003, resultado de la reunión entre líderes mundiales y de agencias de cooperación, que tenía el objetivo de mejorar la gestión y la efectividad de la ayuda y dar cuenta de avances concretos. Propone como programa de actividades el asegurar que los esfuerzos de armonización se adaptan a la situación del país, y que la ayuda de los donantes se alinee con las prioridades de desarrollo del país receptor; además, mejorar los esfuerzos de los países líderes para adaptar las políticas, los procesos y las prácticas de las instituciones y Estados para facilitar la armonización, y simplificar los complejos procedimientos que sobrecargan la capacidad institucional de los países pobres.
• La Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo 2005, a través de la cual se plasma el propósito de traducir los acuerdos anteriores en compromisos claros y específicos, incorporando como anexo una relación de indicadores de progreso. Los compromisos de desarrollo que se plasman en el documento pueden sintetizarse en los conceptos de:
· Apropiación: los países socios ejercen una autoridad efectiva sobre sus políticas de desarrollo y estrategias y coordinan acciones de desarrollo.
· Armonización: las acciones de los donantes son más armonizadas, transparentes y colectivamente eficaces.
· Alineación: los donantes basan todo su apoyo en las estrategias, instituciones y procedimientos nacionales de desarrollo de los países socios.
· Gestión orientada a resultados: administrar los recursos y mejorar las tomas de decisiones orientadas a resultados.
· Mutua responsabilidad: sonantes y socios son responsables de los resultados del desarrollo.
2.1.2. Marco normativo estatal
Ya en el preámbulo de la Constitución Española de 1978 se hace referencia a que es voluntad de la Nación Española colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos.
En 1985 se crea la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y en 1988 la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), actualmente Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), órgano de gestión de la política española de cooperación internacional para el desarrollo, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional (SECI). La AECID es responsable del diseño, la ejecución y la gestión de los proyectos y programas de cooperación para el desarrollo.
A nivel estatal, la normativa básica en materia de cooperación internacional es la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. A través de esta Ley se define el régimen jurídico; la planificación, instrumentos y modalidades; la atribución de competencias de los órganos operativos; recursos materiales; el personal al servicio de la administración al Estado y el contexto social de la Cooperación Española.
En ella, se dispone que la política española de cooperación internacional para el desarrollo se establecerá a través de Planes directores y Planes Anuales, elaborados por la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas de Desarrollo.
Asimismo, y en relación a las competencias de las Comunidades Autónomas en materia de Cooperación, la Ley establece que:
1. La cooperación para el desarrollo que se realice desde las Comunidades Autónomas y las Entidades locales, expresión solidaria de sus respectivas sociedades, se inspira en los principios objetivos y prioridades […] de la presente Ley.
2. La acción de dichas entidades en la cooperación para el desarrollo se basa en los principios de autonomía presupuestaria y autorresponsabilidad en su desarrollo y ejecución, debiendo respetar las líneas generales y directrices básicas establecidas por el Congreso de los Diputados […] y el principio de colaboración entre Administraciones públicas en cuanto al acceso y participación de la información y máximo aprovechamiento de los recursos públicos.
2.1.3. Marco normativo de la cooperación valenciana
La cooperación descentralizada se concibe en España como aquella que se gestiona por las Administraciones Públicas descentralizadas, es decir, las Comunidades Autónomas y los entes locales.
Su participación creciente en la Ayuda Oficial al Desarrollo española tuvo como consecuencia su inclusión como una modalidad importante en la Ley 23/1998, de cooperación internacional al desarrollo del Estado, dotándola incluso de espacios de coordinación con el Gobierno Central.
Tal y como recogen algunos autores, sus mayores notas definitorias radican en el contacto directo con la sociedad civil organizada y la ciudadanía en general, así como en la independencia de intereses políticos o comerciales. Además, el hecho de que la mayoría de estos recursos sean canalizados a través de ONGD y otros agentes sociales, mediante convocatorias públicas de ayudas o por medio de convenios de colaboración, ha generado una mejora de la calidad de la ayuda y un mayor acercamiento hacia los objetivos del desarrollo humano sostenible.
Los antecedentes normativos en la Comunitat Valenciana, responden al Decreto 201/1997, de 1 de julio, del Consell, sobre regulación de las bases para la cooperación internacional al desarrollo y del régimen específico de transferencias de fondos destinados a la cooperación con países en vías de desarrollo.
La Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, es un compromiso político y con nuestra ciudadanía, adquirido en el anterior Plan director de la Cooperación Valenciana y supone un paso importante para el establecimiento del modelo de cooperación valenciana descentralizada, planificada, coordinada y eficaz. Además, sirve como marco de referencia para el establecimiento de la acción del Gobierno Valenciano en cooperación al desarrollo en los próximos años, encaminadas a contribuir al compromiso internacional de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
De acuerdo con el mandato de la propia Ley 6/2007 y la previsión incluida en el Plan director 2004-2007, se van a publicar los siguientes reglamentos de desarrollo.
• La Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo, ya publicado.
• El Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo, que tendrá prioridad en su tramitación y aprobación.
• La Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo.
• El Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y su órgano consultivo.
• El Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.
Además, en esta legislatura la Generalitat promoverá, tal y como vienen realizando el Gobierno Central y las Comunidades Autónomas con mayor inversión en cooperación, la creación de un organismo que ejecute las políticas del Consell en esta materia mediante fórmulas avanzadas y ágiles en cuanto a estructura propia y gestión, seguimiento y control de las acciones. Las bases para la financiación de las acciones se regularán reglamentariamente, en aplicación de lo establecido en el artículo 22.3 de la Ley 6/2007.
Por otro lado, en aplicación de la Ley 6/2007, se elaborarán y publicarán, previa consulta con el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo, los sucesivos Planes Anuales de la Cooperación al Desarrollo de la Generalitat, que serán aprobados por el Consell antes del 31 de diciembre del año anterior al de su vigencia. No obstante, por razones de eficacia y oportunidad, el Plan Anual de Cooperación al Desarrollo 2008 queda integrado en el presente documento, para lo cual se incluyen las correspondientes acciones específicas.
Igualmente, se podrán elaborar Planes Estratégicos de carácter sectorial, en áreas de especial importancia, como la salud o la educación, o de carácter geográfico. En todo caso, los Planes Estratégicos se centrarán en los países que son prioritarios para la cooperación valenciana.
En definitiva, una amplia actividad normativa que completa la regulación del modelo de cooperación valenciana recogido en la Ley 6/2007.
2.2. Principios rectores de la cooperación valenciana
La cooperación al desarrollo valenciana, expresión del compromiso solidario de nuestra ciudadanía con los sectores sociales más desfavorecidos de los países y pueblos estructuralmente empobrecidos, se fundamenta en los siguientes principios:
a) Principios de la agenda común internacional:
1. Centralidad de la promoción del desarrollo humano sostenible, con equidad de género y asunción del objetivo de reducción de la pobreza en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
2. Planificación a partir de las necesidades de los países en desarrollo y en especial de los Países Menos Favorecidos (PMA).
3. Coherencia y coordinación interinstitucional.
4. Complementariedad y subsidiariedad.
5. Condicionalidad al cumplimiento de los derechos humanos.
6. Participación e implicación social.
7. Eficacia.
8. Globalidad e integralidad.
9. Estrategias a largo plazo.
10. Transparencia y publicidad.
b) Principios de la cooperación descentralizada:
1. Participación.
2. Coordinación.
3. Coherencia.
4. Descentralización.
5. Autonomía presupuestaria.
6. Desarrollo institucional.
7. Planificación.
8. Responsabilidad de ejecución.
9. Impacto en la ciudadanía.
c) Principios específicos de la cooperación valenciana al desarrollo, de acuerdo con la Ley 6/2007:
1. Reconocimiento del ser humano como protagonista y destinatario último de la política de cooperación para el desarrollo.
2. Defensa y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
3. Promoción del desarrollo humano sostenible.
4. Participación endógena de las comunidades de origen y actores locales.
5. Defensa y promoción de los colectivos más desfavorecidos o de los que sufren discriminaciones.
6. Cultura de la prevención, el diálogo y la resolución pacífica de los conflictos.
7. Ratificación de la obligación de contribuir a erradicar la pobreza en el mundo.
8. Consideración del medio ambiente como patrimonio de la humanidad.
2.3. Balance del Plan director de la Cooperación Valenciana 2004-2007
El Plan director 2004-2007 estableció que la Generalitat impulsaría la revisión de las directrices contenidas en el mismo, con el fin de valorar su aplicación e integrar las experiencias obtenidas de la realización de las diferentes acciones y programas, de manera que fueran tenidas en cuenta para la elaboración de los posteriores Planes directores.
Transcurrido el período de vigencia del primer Plan director, es momento de hacer un balance de sus disposiciones y objetivos.
En primer lugar, de modo global, hay que resaltar que el Plan director 2004-2007 introdujo unos principios y criterios de calidad que han inspirado la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, al igual que sus prioridades horizontales, sectoriales y geográficas. Por ello, se puede afirmar que el Plan director 2004-2007 anticipó un modelo de cooperación que ha demostrado su eficacia y su validez, ratificados por la Ley 6/2007.
Por otro lado, el Plan director establecía un ambicioso marco normativo que, pese a su complejidad, ha sido mayoritariamente cumplido, principalmente mediante la aprobación de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana y los respectivos Planes Anuales. Se encuentran en proceso de elaboración y aprobación los reglamentos de desarrollo de la Ley 6/2007, que entrarán en vigor en los próximos meses, especialmente y de modo inminente el Decreto que regula el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo.
2.3.1. Evolución del presupuesto
Se han satisfecho las previsiones presupuestarias del Plan director, que abogaban en el año 2004 por acercarnos a los objetivos de las recomendaciones internacionales, realizando un incremento significativo de los fondos de la cooperación valenciana.
Así, el aumento en el presupuesto del programa de cooperación internacional al desarrollo ha sido en 2007 del 15.264% desde el año 1997. Igualmente, el presupuesto del período 2004-2007, en comparación con el cuatrienio 2000-2003, se ha incrementado en un 540,13%.
2.3.2. Zonas geográficas y sectores de intervención
Se han llevado a cabo acciones en todos los sectores definidos en el Plan director, destacando el sector salud y la educación, así como la soberanía alimentaria, la protección de los grupos más vulnerables o las capacidades productivas.
Mención aparte merece el codesarrollo, una de las innovaciones del Plan director 2004-2007, que ha convertido a la Comunitat Valenciana en referente de la participación de los inmigrantes en los procesos de desarrollo de sus países de origen con la creación de una convocatoria específica para proyectos de codesarrollo.


Por último, se ha puesto de manifiesto el acierto en la definición de los criterios para la selección de las Áreas geográficas prioritarias, que han permitido la introducción de los cambios y adaptaciones necesarias en los distintos Planes Anuales, como la distinción entre países prioritarios y de atención específica desde 2006. Asimismo, se ha incrementado el porcentaje de ayuda hacia los países menos adelantados (PMA), cuyo porcentaje en 2007 ha superado el 12%.
2.3.3. Modalidades e instrumentos de cooperación
Desde el año 1996, la Generalitat ha canalizado los fondos de cooperación mediante la cofinanciación de proyectos y acciones bilaterales de desarrollo a través de los diferentes agentes de cooperación, en especial de ONGD, pero también de otras entidades como Universidades, redes de ayuntamientos, centros de investigación, sindicatos, empresas sociales, etc. A partir de la entrada en vigor de la Ley 6/2007, se consolida la puesta en marcha de nuevos instrumentos de cooperación, como la cooperación multilateral.
Junto a la novedad anterior, la experiencia de los últimos diez años de cooperación, así como el avance y actualización constante en materia de cooperación al desarrollo recomiendan una revisión de los actuales instrumentos de forma que éstos se adapten a los retos y a la mejora de la calidad en materia de cooperación al desarrollo, todo ello con la finalidad de facilitar el logro de los objetivos que en materia de cooperación se ha planteado la Generalitat.
Los procedimientos de financiación utilizados por la Generalitat durante el período 2004-2007 han sido básicamente dos, las convocatorias públicas de ayudas y los convenios de colaboración.
a) Convocatorias públicas de ayudas:
a.1. CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO. Ha sido el principal medio de cofinanciación de proyectos de desarrollo, destinado a las iniciativas de las ONGD valencianas, canalizando a través de esta convocatoria un 40% del total de los fondos anuales. En total, han sido financiados en los cuatro años un total de 226 proyectos, por importe de 44.056.993 euros, en 35 países. Esta convocatoria anual, instrumento fundamental de la cooperación valenciana, ha dado respuesta a la necesidad de gestionar la gran cantidad de fondos destinados a las inversiones en los países del Sur y han contribuido a consolidar las estrategias a largo plazo y aumentar su impacto, mediante la definición de las áreas geográficas y los mecanismos de valoración técnica previa de las solicitudes presentadas.
a.2. CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN, a través de la cual se han financiado las acciones de sensibilización y educación al desarrollo presentadas por ONGD. Esta convocatoria ha absorbido una media del 4% del total de los fondos.
a.3. CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN ESPECIALIZADA EN MATERIA DE DESARROLLO. En el ámbito de la investigación y la formación especializada en cooperación internacional al desarrollo, se han financiado un amplio número de proyectos de las Universidades valencianas. Además de aprobar los primeros proyectos con las Universidades privadas, el anterior Plan director 2004-2007 respaldó el nacimiento del Comité Universitario Valenciano de Relaciones Internacionales y Cooperación (CUVRIC), en el que participan las cinco Universidades públicas valencianas y que tiene su origen en el Comité Interuniversitario Valenciano de Cooperación al Desarrollo, coordinado por la Generalitat. El Acuerdo de Intenciones firmado entre la Generalitat y CUVRIC en el año 2006, ha permitido impulsar acciones conjuntas de gran importancia, como los Congresos Internacionales de Cooperación al Desarrollo, el Programa Oficial de Postgrado en Cooperación al Desarrollo o los cursos dirigidos al fomento de la especialización y profesionalización de la cooperación valenciana.
a.4. CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE CODESARROLLO. El instrumento del codesarrollo se ha puesto en práctica desde el año 2006, principalmente a través de la convocatoria de codesarrollo, con una asignación del 3% del total del presupuesto. Durante el periodo de vigencia del Plan director 2004-2007, se han llevado a cabo dos convocatorias de codesarrollo, en 2006 y 2007, en las que la mayoría de proyectos apoyados a ONGD conjuntamente con asociaciones de inmigrantes en la primera convocatoria han sido apoyados también en la segunda. Ello indica que se está contribuyendo a consolidar el incipiente enfoque de codesarrollo en la Comunitat Valenciana, con una visión de continuidad de las iniciativas impulsadas. Además, se está promoviendo y fortaleciendo el papel de las asociaciones de inmigrantes en las iniciativas de codesarrollo como actores clave en los procesos de desarrollo de los países del Sur.
a.5. CONVOCATORIAS DE BECAS. La Generalitat ha adquirido un compromiso con los jóvenes universitarios valencianos, promoviendo su especialización mediante convocatorias de becas, a través de prácticas de formación complementaria como gestores y especialistas en cooperación internacional al desarrollo. Un 80% de las personas beneficiarias de estas becas se ha insertado profesionalmente en el ámbito de la cooperación al desarrollo. Constituyen, por tanto, una valiosa herramienta de inserción y promoción en dicho ámbito. Actualmente, existen tres convocatorias distintas, las cuales suponen un 1% del total de los fondos de convocatorias públicas:
- Becas para la realización de prácticas profesionales en las Oficinas Técnicas de Cooperación dependientes de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Dicha convocatoria se halla dentro del Marco del Convenio suscrito entre la Generalitat y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, con fecha 11 de julio de 2001. Entre 2004 y 2007 han disfrutado de la misma un total 31 personas, en los siguientes países: Perú, Bolivia, Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Marruecos, Mozambique, Colombia, Honduras, República Dominicana y Guatemala.
- Becas para la realización de prácticas profesionales en la sede de la Dirección General de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad, desde el año 2004. En total, durante el período 2004-2007 han sido 18 personas las beneficiarias de las mismas.
- Becas para la realización de prácticas profesionales en las oficinas centrales y territoriales del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), desde el año 2007, en el que han sido dos las personas beneficiarias.
Las convocatorias de becas de formación y especialización en materia de cooperación para el desarrollo son un instrumento idóneo para mejorar la formación e incrementar las capacidades de la cooperación valenciana, lo que recomienda el mantenimiento de este instrumento y la revisión y adaptación en cuanto a sus contenidos.
b) Convenios de colaboración
A través de los convenios de cooperación, se han apoyado fundamentalmente Planes Estratégicos de Intervención (PEI), programas de cooperación multilateral, proyectos de acción humanitaria, acciones de sensibilización y educación para el desarrollo y actividades de formación especializada en materia de cooperación.
Los convenios han supuesto en el periodo 1994-2007 una media del 35% del total de fondos del programa de cooperación.
Los Planes Estratégicos de Intervención (PEI) han dado respuesta a la necesidad de planteamiento de estrategias de desarrollo a largo plazo señalada en el Plan director. Algunos de estos PEI, como el Programa ERATI, en Mozambique, han finalizado sus primeras fases; del mismo modo, su evaluación continua, tanto interna como externa, permitirá constatar los excelentes resultados de viabilidad, eficacia, impacto y sostenibilidad de estos programas, aplicando mecanismos correctores para poder adaptar con éxito el modelo en otros países y sectores de intervención. El presupuesto destinado a los Planes Estratégicos de Intervención, desde el año 2004, ha superado los 28 millones de euros, y ha supuesto la intervención en países de Iberoamérica, África y Asia.
En el año 2007 se ha iniciado la modalidad de cooperación multilateral, a través de organismos internacionales, como la Organización Panamericana de Salud (OPS), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI). El importe de la cooperación multilateral ha alcanzado el 7,87% de los proyectos de desarrollo subvencionados por el programa de cooperación al desarrollo de la Generalitat.
La sensibilización y la educación al desarrollo han tenido un papel muy significativo en la actividad de la Generalitat en este ámbito. Así, el programa institucional Solidària se ha transformado en una acción integral a lo largo de todo el año, consolidándose en sus cuatro últimas ediciones como referente de la acción conjunta de la Generalitat y los diversos agentes sociales en materia de sensibilización y educación al desarrollo. Entre sus propuestas, destaca la celebración de los dos primeros Congresos Internacionales de Cooperación al Desarrollo.
Para las intervenciones en el ámbito de la acción humanitaria han participado conjuntamente un amplio número de instituciones valen
DISTRIBUCIÓ DE L'AJUDA PER MODALITAT
Convocatòries Convenis de Convenis d'acció Total
públiques desenrotllament i sensibilització humanitària
TOTAL 59,65% 34,56% 5,78% 100%
* * * * *
DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA POR MODALIDAD
Convocatorias Convenios de Convenios de acción Total
públicas desarrollo y sensiblización humanitaria
TOTAL 59,65% 34,56% 5,78% 100%
cianas, a través del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana, que preside la Generalitat, en el envío de material de primera necesidad y la rehabilitación de capacidades y reconstrucción de las zonas afectadas por los grandes desastres naturales o los conflictos humanos, como el tsunami del Sudeste asiático, el terremoto de Perú o los huracanes de Centroamérica. En total, el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana ha financiado en los cuatro años, un total de 55 proyectos, por un importe total de 7.403.882 euros en 28 situaciones de emergencia y acción humanitaria. La Generalitat ha financiado el 71% del importe total.
Estos convenios han permitido a la Generalitat apoyar iniciativas y acciones de cooperación de especial interés, en las que la administración asume un compromiso directo y un alto grado de coordinación y participación.
2.3.4. Evaluación de la cooperación valenciana.
Tal y como preveía el Plan director, se han establecido procedimientos de evaluación de las actuaciones en materia de cooperación al desarrollo, que analizan los resultados alcanzados, el cumplimiento de objetivos y, principalmente, el nivel de impacto, estudiando la pertinencia, la relevancia y la sostenibilidad de las intervenciones. Dicha evaluación se está realizando tanto en los proyectos de convocatorias de ayudas, como también respecto a los planes estratégicos de intervención. Las evaluaciones permiten corregir las deficiencias observadas, así como adoptar las medidas adecuadas para optimizar los resultados de los esfuerzos.
2.3.5. Agentes de la cooperación valenciana.
Los agentes sociales valencianos han sido consultados en todos aquellos documentos de planificación estratégica, como el Plan director, los Planes Anuales o la propia Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana. Asimismo, han participado en las principales acciones desarrolladas, como los Planes Estratégicos de Intervención o el programa Solidària.
Por otro lado, la Generalitat ha asistido a las reuniones de la Comisión Interterritorial de la AECID y ha suscrito su participación en los programas sectoriales de dicha Agencia, como el programa ARAUCARIA, y consolidado su acción en otros programas, como el Programa AZAHAR o el Programa VITA. Igualmente, se han potenciado acciones de colaboración con otras Comunidades Autónomas.
Junto a ello, se han firmado acuerdos de intenciones con distintas agencias de Naciones Unidas, como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) o la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), así como con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), entre otros. Como consecuencia de ello, se han suscrito convenios de desarrollo y acción humanitaria con dichos organismos multilaterales.
2.4. Objetivos y prioridades horizontales, sectoriales y geográficas 2008-2011.
2.4.1. Objetivos
El artículo 4 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, establece que la actividad de la Generalitat en materia de cooperación al desarrollo, inspirada en la Declaración y en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, se orientará a propiciar tanto el desarrollo integral de las personas, pueblos y países empobrecidos, como a la concienciación y el compromiso responsable de la sociedad valenciana.
En base a ello, este Plan director 2008-2011 tiene como objetivo general:
Contribuir al desarrollo humano sostenible en los países estructuralmente empobrecidos para la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio; potenciar la participación social valenciana, y especialmente de la población inmigrante; y consolidar los criterios de calidad del modelo de cooperación descentralizada de la Comunitat Valenciana.
Para su cumplimiento, el Plan director de la Cooperación Valenciana 2008-2011 establece los siguientes objetivos específicos:
1. Fortalecer los criterios y mecanismos de calidad de la cooperación valenciana introducidos por el Plan director 2004-2007 y regulados por la Ley 6/2007.
2. Ejecutar la acción conjunta con los restantes centros directivos de la Conselleria, promoviendo la participación ciudadana en la cooperación y especialmente la participación de la población inmigrante en los procesos de desarrollo de sus países de origen.
3. Asegurar el impacto y la sostenibilidad de las acciones, incidiendo en los sectores y países con mayor presencia de la cooperación valenciana.
4. Impulsar la coordinación y eficacia en la preparación y respuesta ante las situaciones de emergencia derivadas de catástrofes naturales o de conflictos armados.
5. Incrementar el apoyo a los proyectos de los agentes de la cooperación valenciana, e implantar nuevas medidas de agilización de la gestión y el seguimiento y control de las acciones.
6. Fomentar la profesionalización y la protección social de los cooperantes valencianos, así como la mejora organizativa e institucional de los agentes valencianos de cooperación al desarrollo.
7. Impulsar políticas activas de colaboración, coordinación y complementariedad con la cooperación internacional, estatal, local, entre Comunidades Autónomas; así como la coordinación interdepartamental del Consell y entre los agentes valencianos de la cooperación al desarrollo.
8. Potenciar la presencia de la cooperación valenciana en el exterior, acercando nuestra acción a países estructuralmente empobrecidos y facilitando la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones.
9. Reconocer institucionalmente la labor de los cooperantes y agentes valencianos e informar y sensibilizar a la sociedad valenciana.
2.4.2. Prioridades Horizontales
Las prioridades horizontales son líneas estratégicas que deben concurrir en todas las actuaciones de la cooperación valenciana al desarrollo y que corresponden a la agenda internacional en materia de cooperación y son, como establece la Ley 6/2007, las siguientes:
A) Contribuir a la reducción de la pobreza, apoyando estrategias que tengan por objeto el desarrollo humano sostenible y la mejora de las condiciones de vida de los pueblos.
B) La protección y el respeto a los derechos humanos, el fortalecimiento de las estructuras democráticas y el apoyo a las instituciones, la gobernabilidad, la gestión descentralizada, el fortalecimiento del tejido social y la participación ciudadana.
C) La equidad de género, apoyando e incentivando la igualdad de oportunidades y la participación de las mujeres en todas las acciones.
D) La protección y mejora del medio ambiente, la conservación de la biodiversidad y el uso racional y sostenible de los recursos naturales.
2.4.3. Prioridades sectoriales
Las prioridades sectoriales de la cooperación al desarrollo promovida por el Consell, basadas en la contribución al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, quedan descritas en el artículo 6 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.
Los ámbitos específicos de intervención se centran en dos grandes grupos:
A) En los países receptores de la cooperación al desarrollo:
a) Los servicios sociales básicos y medios de vida sostenibles, con especial incidencia en seguridad sanitaria, educación, vivienda, soberanía alimentaria, saneamiento y abastecimiento del agua y acceso a los servicios energéticos.
b) La mejora de las condiciones y los derechos de los grupos que atraviesan o padecen situaciones de vulnerabilidad: infancia (con especial atención a la erradicación de cualquier tipo de explotación infantil o juvenil), personas mayores, minorías y población indígena, inmigrante, reclusa, refugiada, desplazada, retornada o apátrida.
c) La creación y mejora de infraestructuras y la vigorización del sector productivo.
d) El fortalecimiento de las Administraciones descentralizadas y la promoción de la sociedad civil, potenciando su tejido asociativo.
e) El fomento de la paz, mediante el apoyo a los procesos de prevención activa de conflictos y la reconciliación post-conflicto.
f) El fomento de la interculturalidad.
g) El impulso de la investigación científica y tecnológica orientada a la promoción del desarrollo humano sostenible.
h) La recuperación y conservación de la biodiversidad y la promoción del uso sostenible de los ecosistemas y sus recursos naturales.
B) En la Comunitat Valenciana:
a) La sensibilización y la educación para el desarrollo.
b) La información y difusión del conocimiento de la realidad de los países empobrecidos y sus causas.
c) La promoción del comercio justo y solidario y el consumo responsable.
d) El apoyo a todas las actuaciones que persigan la condonación de la deuda externa de los países empobrecidos.
e) La aplicación del enfoque de género en todas las fases de los proyectos y programas, para promover una participación igualitaria en los procesos de desarrollo.
f) El fomento de la implicación de todas las organizaciones institucionales y sociales valencianas en las tareas de cooperación al desarrollo.
g) El impulso de la iniciativa y el fortalecimiento de las capacidades de los agentes de la cooperación.
h) El fomento de la implicación y la participación de la población inmigrante organizada en acciones de cooperación internacional al desarrollo en sus zonas de origen, en coordinación con las instituciones y las organizaciones locales.
i) La promoción del codesarrollo como factor de desarrollo de la sociedad receptora y favorecedor al mismo tiempo de la sociedad de origen.
j) El fomento de los estudios e investigaciones sobre desarrollo y cooperación.
2.4.4. Prioridades geográficas
Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, señala en su artículo 6 que «geográficamente, dicha prioridad se orientará de forma preferente a los países y regiones con menor índice de desarrollo humano, de conformidad con lo previsto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, y a los que contengan grandes sectores de su sociedad especialmente empobrecidos y, entre ellos, a aquellos con los que la Comunitat Valenciana tiene especiales relaciones de tipo histórico, social, cultural y migratorio».
Las prioridades geográficas que define este Plan director de la Cooperación Valenciana 2008-2011, en orden a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), se establecen en base a los siguientes criterios:
- Concentración geográfica de la actividad, para lograr un mayor impacto de las intervenciones desde una perspectiva de medio y largo plazo y en consonancia con el octavo Objetivo de Desarrollo del Milenio, referido a fomentar una asociación mundial para el desarrollo.
- Orientación hacia los países con mayor vinculación con la Comunitat Valenciana, por lazos históricos y socioculturales, así como por la mayor implantación o experiencia de los agentes sociales de la cooperación valenciana.
- Focalización de los recursos hacia áreas con bajos índices de desarrollo humano (países menos adelantados) o con importantes bolsas de pobreza, para contribuir de esta forma al primero de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, dirigido a erradicar la pobreza extrema y el hambre.
- Establecimiento de varios niveles de intervención territorial, como consecuencia de la intersección de los tres criterios anteriores.
- Introducción de un criterio geográfico específico para la convocatoria de codesarrollo, destinado a dirigir la acción hacia aquellos países de donde procede la población inmigrante.
En base a los anteriores criterios, se definen las siguientes áreas geográficas de intervención:
• América Central y Caribe.
• Sudamérica.
• África Subsahariana.
• Magreb y Oriente Medio.
• Asia.
Dentro de cada Área geográfica, los Planes Anuales establecerán los países de actuación de la cooperación valenciana, en base a los siguientes niveles:
• Países prioritarios.
• Países de atención específica.
• Países para la promoción del codesarrollo.
Igualmente, en cada Plan Anual se concretarán los criterios de porcentaje de la ayuda hacia determinadas áreas geográficas o grupos de países, con el fin de cumplir los criterios citados, especialmente el de concentración, impacto de la ayuda y objetivos de desarrollo del milenio.
En cumplimiento de las medidas acordadas en la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados, concretamente del Programa de Acción a favor de los Países Menos Adelantados para el Decenio 2001-2010, el Consell incrementará paulatinamente su porcentaje de la ayuda a los países menos adelantados (PMA) entre los países prioritarios y de atención específica indicados en este epígrafe, hasta alcanzar en el año 2011 el 20% total de la ayuda. Con ello, se contribuirá a mejorar la condición de las personas que viven en estos países y a reducir en 2015 la proporción de personas que viven en extrema pobreza y sufren hambre.
Así, teniendo en cuenta la necesaria continuidad y coherencia con los planes anteriores y como punto de referencia para posteriores ejercicios, los países de actuación durante 2008 serán los siguientes:
1. Países prioritarios:
a. América Central y Caribe: El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana.
b. Sudamérica: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
c. África Subsahariana: Angola, Benin, Burkina-Faso, Etiopía, Kenia, Mozambique, Uganda y Rwanda.
d. Magreb y Oriente Medio: Argelia, Marruecos, la población saharaui y los territorios palestinos.
e. Asia: India.
2. Países de atención específica:
a. América Central y Caribe: Cuba, México y Panamá.
b. Sudamérica: Argentina, Brasil y Paraguay.
c. África Subsahariana: Chad, Costa de Marfil, Guinea Bissau, Guinea Ecuatorial, Malí, Níger, República Democrática del Congo, Senegal Sierra Leona y Sudán.
d. Magreb y Oriente Medio: Jordania, Mauritania y Túnez.
e. Asia: Bangladesh y Filipinas.
3. Países para la promoción del codesarrollo:
a. América Central y Caribe: Cuba y República Dominicana.
b. Sudamérica: Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
c. África Subsahariana: Guinea Ecuatorial y Senegal.
d. Magreb y Oriente Medio: Argelia y Marruecos.
Igualmente, para el año 2008 la ayuda que se destinará a los PMA, será, como mínimo, del 14%, porcentaje que irá aumentando paulatinamente hasta el 20% en 2011.
Por último, la ayuda para los países prioritarios deberá ser en 2008, como mínimo, del 75% del total de los fondos destinados a los países estructuralmente empobrecidos. Dicho porcentaje podrá revisarse en posteriores ejercicios.
2.5. Recursos humanos
La política de fomento de profesionalización de la cooperación valenciana, abarcará no solamente a los agentes sociales de la cooperación valenciana involucrados en las organizaciones no gubernamentales, sino que se promoverá la dotación de un equipo humano interdisciplinar, que tenga la formación y capacidad específicas dentro del marco de la ejecución de las políticas del Consell en esta materia, mediante el impulso de diversos instrumentos, como el organismo a al que se refiere el apartado 2.1.3. del presente Plan director.
Junto al personal propio, se promoverá la participación de profesionales procedentes de las diferentes Administraciones Públicas, expertos en las diferentes materias estratégicas de la cooperación, tales como la salud, la educación, la agricultura, el medio ambiente o las nuevas tecnologías, y entre cuyas funciones se encuentren las de asesoramiento, las de formulación de propuestas técnicas, o incluso las de seguimiento de proyectos que por su especificidad o su envergadura requieran la intervención de aquéllos.
Igualmente, se potenciarán los comités o grupos de trabajo, en aquellas acciones en donde sea conveniente una coordinación de esfuerzos y especial concentración de recursos, especialmente en materia de codesarrollo.
3. MODALIDADES E INSTRUMENTOS DE LA COOPERACIÓN VALENCIANA
3.1. Modalidades: cooperación bilateral y multilateral
Con el objetivo de potenciar la participación de los agentes de la cooperación valenciana, la Generalitat continuará ejecutando sus programas y proyectos mediante acciones de cooperación bilateral, a través de organizaciones no gubernamentales de desarrollo, Universidades y otros agentes valencianos incluidos en el artículo 24.2 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, que tengan como finalidad la consecución de los objetivos y prioridades establecidos en dicha Ley.
No obstante, se podrán ejecutar acciones de cooperación bilateral con entidades o instituciones de los países beneficiarios, cuando así lo exija o lo aconseje la naturaleza de la acción a realizar.
Por otro lado, como consecuencia de la internacionalización de la cooperación valenciana y con el fin de materializar los acuerdos, firmados y futuros, con organismos internacionales, orientados a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, se promoverá la cooperación multilateral, principalmente mediante convenios de colaboración u otros mecanismos que permitan incrementar la celeridad y eficacia en la transferencia y gestión de los fondos.
3.2. Instrumentos de la cooperación valenciana
Desde el año 1996, la Generalitat ha focalizado su acción de gobierno en materia de cooperación mediante la cofinanciación de programas y proyectos de diferentes agentes sociales, en especial de ONGD, pero también de otras entidades como universidades, redes de ayuntamientos, centros de investigación, sindicatos, o empresas sociales.
La experiencia de los últimos diez años, así como los criterios de calidad introducidos por el anterior Plan director, recomendaban una revisión de los instrumentos de la cooperación, de forma que éstos se adapten mejor a las necesidades actuales, tanto de la administración valenciana, como de los agentes implicados en la cooperación, todo ello con la finalidad de facilitar el logro de los objetivos que ha establecido la Generalitat.
Este planteamiento ha sido resuelto con la entrada en vigor de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, que abre la posibilidad a la puesta en marcha de nuevos instrumentos de cooperación.
Así, el Plan director 2008-2011 puede utilizar todos los instrumentos que la Ley 6/2007 pone a disposición de la Generalitat para cumplir los objetivos de la misma. Bajo el criterio de responsabilidad, el Plan director tratará de definir procedimientos y adoptar aquellas prácticas e instrumentos más adecuados en las distintas acciones.
La actividad de la Generalitat en materia de cooperación al desarrollo se podrá llevar a cabo mediante los siguientes instrumentos:
3.2.1. La cooperación técnica, económica y financiera
Se consideran todas aquellas aportaciones destinadas a proyectos de estructuración de sectores básicos (educación, salud, abastecimiento y tratamiento del agua, infraestructuras, transportes, sectores productivos y otros) de los países receptores, así como de inversión para el aumento de su capital físico, y el apoyo a organismos internacionales.
Asimismo, se incluye la acción dirigida a potenciar la formación de los recursos humanos del país receptor, que mejore sus niveles de cualificación y producción en los ámbitos social, sanitario, agrícola, industrial, cultural, institucional, sindical, empresarial, educativo, económico, científico o tecnológico.
La cooperación técnica, económica y financiera se llevará a cabo preferentemente mediante:
a. Las convocatorias públicas de ayudas dirigidas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de la Comunitat Valenciana para la ejecución de proyectos de cooperación internacional al desarrollo en países definidos como prioritarios o de atención específica.
b. Los Planes Estratégicos de Intervención (PEI), programas de carácter integral que constituyen uno de los elementos de innovación de la cooperación valenciana, y que propugnan el establecimiento de intervenciones a largo plazo, en colaboración participativa con los agentes de la cooperación valenciana, y de acuerdo con los planes de desarrollo de los países de intervención.
c. Participación en los programas establecidos por la comunidad internacional, dirigidos a la ejecución de estrategias globales para el desarrollo de los países empobrecidos, mediante la colaboración con organismos internacionales.
d. Experiencias de cooperación coordinada con otras Comunidades Autónomas españolas o regiones europeas, dirigidas a aunar esfuerzos, a crear sinergias y a establecer climas de mutuo aprendizaje e intercambio de conocimientos y recursos técnicos y humanos.
A fin de facilitar la planificación de estas acciones, así como el seguimiento y evaluación de las mismas, y potenciar la relación de la Generalitat con los entes locales y las oficinas técnicas de la cooperación española e internacional, se crearán, a partir de 2008, las primeras oficinas de la cooperación valenciana en el exterior. Dichas unidades técnicas se ubicarán en las principales áreas geográficas de actuación.
a) Convocatoria pública de ayudas a proyectos de desarrollo
Esta convocatoria anual, instrumento fundamental de la cooperación valenciana, ha dado respuesta a la voluntad de la sociedad valenciana de contribuir al desarrollo de los países del Sur, a través de la acción de sus principales agentes sociales de la cooperación.
Fruto de la experiencia acumulada y como respuesta a las demandas de los agentes sociales, durante los próximos cuatro años, se trabajará en la consecución de los siguientes objetivos:
a. Incremento significativo de la dotación de la convocatoria pública de ayudas. Durante el año 2008, el aumento de la línea presupuestaria será del 80% con respecto al año 2007 (de acuerdo con el proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2008). En todo caso, la dotación de la convocatoria será, como mínimo, del 50% del total de los fondos de la cooperación técnica y financiera. El objetivo para 2011 será que la convocatoria cubra la financiación de la mayor parte de los proyectos que hayan aprobado la evaluación técnica previa.
b. Actualización de los criterios de selección y financiación de los proyectos, con la finalidad de proporcionar un mayor impacto en los procesos de desarrollo y orientar las acciones hacia la concentración geográfica y sectorial. Entre estos criterios, se incluirán:
- Acciones que refuercen los Planes Estratégicos de Intervención impulsados por la Generalitat.
- Aumento del impacto de las acciones apoyadas en anteriores ejercicios por la Generalitat.
- Consonancia del proyecto con las prioridades de desarrollo de los países receptores de la ayuda.
- Participación de dos o más entidades con capacidades complementarias, potenciando el trabajo en red.
Con el objetivo de evaluar las acciones impulsadas desde la Generalitat, tal y como se detalla en el apartado correspondiente, todos los proyectos cuyo coste total supere los 200.000 euros deberán incluir una evaluación externa de los resultados y objetivos alcanzados. Esta cifra podrá ser revisada, a la baja, a través de los Planes Anuales. En los proyectos inferiores a dicho presupuesto, su realización será considerada como mérito preferente a la hora de su valoración.
Se trabajará especialmente en la racionalización, simplificación y agilización de las convocatorias, a través de las siguientes medidas:
- Publicación del reglamento de regulación de las bases para la concesión de las ayudas en materia de cooperación al desarrollo, previsto en la Ley 6/2007, señalado en el apartado 2.1.3. del presente Plan director.
- Presentación telemática de la solicitud de ayuda y, en su caso, de la documentación adjunta, así como la realización, a través de la red, de los trámites cuya ejecución resulte compatible con dicho medio.
- Publicación de las convocatorias a principios de cada año y resolución antes de finalizar el mes de julio del mismo año.
Los proyectos subvencionados mediante la convocatoria de desarrollo se dirigirán a los países y territorios considerados prioritarios o de atención específica en este Plan director y los Planes Anuales que lo desarrollen, de acuerdo con el porcentaje que se establezca anualmente y que en el año 2008 deberá ser, como mínimo, del 75% hacia los países prioritarios. Asimismo, en 2008 el porcentaje de la financiación total hacia los Países Menos Adelantados deberá ser, al menos, del 14% del total de la financiación de la convocatoria.
Finalmente, las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que concurran a la convocatoria de desarrollo deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 del vigente Decreto 201/1997, o la norma que en aplicación de la Ley 6/2007, regule las bases de las ayudas.
De acuerdo con la normativa vigente, las entidades solicitantes de ayudas dentro del programa de cooperación al desarrollo, deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Generalitat, surgidas como consecuencia de la financiación de proyectos en años anteriores.
Además, dichas organizaciones deberán estar inscritas en el Registro de Agentes Sociales de la Cooperación Valenciana, una vez regulado por el respectivo reglamento de desarrollo de la Ley 6/2007. Hasta ese momento, la inscripción se referirá al Registro de Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
b) Planes Estratégicos de Intervención
Se efectuará un especial seguimiento de los planes estratégicos iniciados con el anterior Plan director y se reforzarán las actuaciones, en su caso, para consolidar los niveles de desarrollo que se vayan consiguiendo.
Se potenciarán los factores que definen y diferencian a los Planes Estratégicos de Intervención, que son:
- Ámbito multisectorial.
- Participación de varios agentes de cooperación, que actúen coordinadamente y con la necesaria capacidad y experiencia.
- Ámbito geográfico amplio y población beneficiaria significativa.
- Garantías de participación y compromiso de las autoridades locales.
- Coordinación general sobre el terreno, que garantiza a la Generalitat una adecuada evolución del programa en su conjunto.
A fin de asegurar la transparencia y la viabilidad de los proyectos, las entidades participantes deberán cumplir los criterios de calidad y eficacia, poseer una estructura y capacidad operativa suficiente, así como experiencia en el terreno y el sector en el que se actúe. A este respecto, la Generalitat comprobará el nivel de satisfacción y cumplimiento de las acciones anteriormente financiadas a dichas entidades y podrá establecer, en los planes anuales, sistemas o parámetros de calidad añadidos.
La complejidad de los PEI, la necesidad de coordinación de los diversos agentes sociales y la participación activa de las poblaciones y países beneficiarios, implican la conveniencia de establecer un número reducido de Planes en cada ejercicio, a los que se sumará el seguimiento de los anteriores y la realización de nuevas fases de los mismos, cuando así se requiera.
De acuerdo con la Ley, en la ejecución de las acciones y siempre que sea posible, uno de los criterios de selección o valoración de los proyectos será la utilización de los recursos humanos, materiales y técnicos existentes en el propio país.
Cada año, los Planes Anuales definirán los PEI para dicho ejercicio, así como las acciones que refuercen o incidan en los planes establecidos en anteriores ejercicios.
Así, para el año 2008 se trabajará en los siguientes PEI:
• Fortalecimiento de los sistemas de salud en Mozambique, mediante la ejecución de la segunda fase del Programa Erati.
• Desarrollo de ciudades solidarias para la población desplazada por el conflicto armado y atención a niños de la calle, en Colombia.
• Fortalecimiento de la educación profesional en Bolivia.
• Mejora de los sistemas de riego y de las infraestructuras hídricas en India.
• Programa de desarrollo integral en zonas deprimidas de Brasil.
• Malnutrición infantil en El Salvador.
• Mejora del acceso y la calidad del sector educativo en Perú.
• Salud sexual y reproductiva en Kenia.
c) Programas con organismos internacionales
En el anterior Plan director, se puso de relieve la necesidad de coordinar nuestra política de cooperación con la agenda internacional, por lo que la Generalitat ha fomentado en los últimos años el diálogo y la colaboración con los organismos internacionales en la materia, concretando acuerdos de colaboración para la participación en las estrategias definidas y puestas en marcha por Naciones Unidas y otros organismos multilaterales.
La definición de la cooperación multilateral, en la Ley 6/2007, como una de las modalidades de la cooperación valenciana, facilita mucho la intervención en estos programas, por lo que en los próximos cuatro años se intensificará la participación de la Generalitat en las políticas globales de desarrollo, mediante la firma de acuerdos de intenciones y la ejecución de los subsiguientes programas.
Así, durante el primer año de vigencia del Plan director se promoverán proyectos en el ámbito iberoamericano y africano con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y otras agencias de Naciones Unidas. En materia de salud, se apoyarán programas regionales de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), mientras en el ámbito de la educación se actuará a través de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI).
Esta acción se potenciará en posteriores ejercicios, incorporando las estrategias surgidas de las conferencias internacionales, especialmente en las resoluciones relativas a los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Por otro lado, se potenciará la relación con la Oficina de Cooperación EuropeAid y con la Oficina de Ayuda Humanitaria (ECHO), colaborando en programas y acciones que se llevan a cabo en los países donde actúa la Generalitat y sus agentes de cooperación. Con ello, se continuará en la línea ya avanzada de obtener la máxima información actualizada de todos los recursos, programas y proyectos de que disponga la Unión Europea, facilitando el acceso de los agentes sociales a los mismos.
d) Acciones de cooperación descentralizada coordinada
La introducción del criterio de coordinación en la cooperación valenciana significó no sólo la necesidad y la oportunidad de establecer mecanismos de colaboración e información con los agentes sociales valencianos y los organismos nacionales e internacionales, sino que también facilitó el diseño de actuaciones con otras cooperaciones descentralizadas que, al igual que la valenciana, asignan recursos y esfuerzos a la erradicación de la pobreza.
Esta coordinación permitirá incrementar el impacto de la ayuda en los procesos de desarrollo y la intervención racionalizada en zonas y sectores en los que, por un lado, pueda suponer un valor añadido la participación de varios financiadores y, por otro, evitar la posible superposición de intervenciones distintas hacia los mismos beneficiarios.
Además, la colaboración interinstitucional significará el aprendizaje mutuo en las distintas experiencias y el intercambio de información y recursos técnicos y humanos.
Para ello, se promoverá la participación de la Generalitat en jornadas, congresos y seminarios en donde se fomente el contacto y la colaboración institucional con otras cooperaciones descentralizadas nacionales o internacionales, especialmente del ámbito europeo.
Igualmente, se crearán experiencias de ejecución conjunta de proyectos en el ámbito de la cooperación al desarrollo.
3.2.2. La sensibilización social y la educación para el desarrollo
Comprende el conjunto de acciones que favorecen una mejor percepción y la comprensión de los problemas que afectan a los países empobrecidos y sus causas, a fin de promover la solidaridad, el compromiso y la cooperación activa de la sociedad valenciana con los mismos.
En este sentido, tras la experiencia acumulada por la Generalitat en este ámbito, durante los próximos años se potenciarán las acciones dirigidas a la sensibilización de la ciudadanía valenciana y la educación para el desarrollo, principalmente de los más jóvenes, en orden a:
• Fomentar una reflexión crítica sobre las causas de la desigualdad mundial y la relación de interdependencia entre las sociedades y promover entre la sociedad valenciana valores que provoquen cambios en las pautas de comportamiento y que repercutan en las sociedades de los países del Sur.
• Apoyar aquellas iniciativas que permitan a la sociedad valenciana comprender las causas de las diferentes emergencias y conflictos armados, y contribuyan a la difusión de iniciativas para la prevención, la reconstrucción y la reconciliación postconflicto.
• Promover, difundir y formar sobre los derechos humanos y la violación de los mismos, así como sobre la vulneración de los derechos laborales en los países del Sur.
• Difundir el contenido de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, establecidos por las Naciones Unidas.
• Informar y sensibilizar sobre el papel de la mujer en los conflictos armados y en los procesos de acción humanitaria y desarrollo, promoviendo la igualdad de género.
• Fomentar el comercio justo y el consumo responsable, así como el establecimiento de relaciones comerciales entre el Norte y el Sur basadas en condiciones justas.
• Mejorar la calidad de los recursos pedagógicos, incorporando materiales educativos de probada calidad y reconocimiento, que incorporen herramientas y metodologías pedagógicas novedosas adaptadas a los grupos a los que va dirigido.
• Desarrollo curricular conjunto Norte-Sur, el intercambio de profesorado, así como el impulso de los hermanamientos o programas bilaterales de colegios de la Comunitat Valenciana con centros educativos de los países del Sur.
• Fomentar el voluntariado y la participación de la sociedad valenciana como agentes de la educación para el desarrollo.
• Desarrollar iniciativas y propuestas de carácter innovador en el ámbito de la educación para el desarrollo y la sensibilización.
Para ello, se llevarán a cabo las siguientes acciones:
a) Convocatoria pública de ayudas
Se convocarán las ayudas dirigidas a los proyectos de sensibilización y la educación al desarrollo de las ONGD valencianas, en base a los siguientes criterios:
• Incremento significativo de los fondos, como respuesta a la amplia demanda de los agentes sociales. Así, el objetivo será alcanzar, antes de finalizar el plazo de vigencia del presente Plan director, que la convocatoria cubra la mayor parte de los proyectos que han superado la evaluación técnica previa.
• Promoción de la continuidad de las acciones que, mediante la evaluación de los resultados de anteriores años, garanticen su eficacia e impacto, evitando así la dispersión de los proyectos y la fragmentación de la actividad.
• Fomento de la colaboración entre los agentes sociales y con los organismos públicos y privados de ámbito educativo, que supongan un trabajo en red consolidado.
• Publicación de la convocatoria a principios de año, de forma que su resolución se realice antes de finalizar el mes de julio del mismo año.
La convocatoria de ayudas se dirigirá a las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente y se encuentren inscritas en el registro de agentes sociales de la cooperación valenciana, una vez creado.
De acuerdo con la normativa vigente, las entidades solicitantes de ayudas dentro del programa de cooperación al desarrollo deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con este departamento surgidas como consecuencia de la financiación de proyectos o actividades en años anteriores.
b) Programa Solidària
Se continuará promoviendo el programa institucional «Solidària», proyecto integral anual que incluye diversas acciones en coordinación con los diferentes agentes sociales de la cooperación valenciana, dirigidas a formar y proporcionar una mejor percepción en la sociedad valenciana de las causas estructurales que generan las desigualdades en el mundo, con el fin de potenciar su participación y compromiso con el desarrollo de los países estructuralmente empobrecidos del planeta, así como contribuir a generar unos valores y estilos de vida más justos y solidarios.
El presente Plan director nace dentro de una Conselleria nueva, la de Inmigración y Ciudadanía, reflejo del impulso que deben seguir las políticas de cooperación incardinadas en la participación de todos los agentes sociales de nuestra comunidad, incluidos los colectivos de personas que proceden de otros países, especialmente de aquellos con los que coopera la Comunitat Valenciana. Por ello, Solidària se transformará, con un nuevo enfoque y nuevas acciones, en el instrumento que fomente las sinergias de los tres centros directivos de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía; Solidària será referencia en cuanto a la labor promovida desde la Conselleria en materia de sensibilización, educación en valores de convivencia e información sobre las acciones que lleva a cabo para favorecer el desarrollo tanto de los países empobrecidos, como de las personas que proceden de ellos y residen en nuestra Comunidad.
Solidària incluirá iniciativas de los agentes sociales de la cooperación y de la inmigración, ya que forman parte de un continuo en un mundo globalizado. Se facilitará la difusión y la participación del mundo asociativo en las diversas acciones de Solidària, definiendo acciones de gran impacto entre la población.
Asimismo, se introducirán criterios en las convocatorias de ayudas de sensibilización y educación al desarrollo, para la inclusión en el programa Solidària en aquellas acciones de mayor impacto o acercamiento a los objetivos del programa.
c) Otras acciones
En los próximos años se diseñarán acciones institucionales para la sensibilización de la ciudadanía y los valores que propugna la cooperación al desarrollo. Entre ellas, en el año 2008 se creará el Día de la Solidaridad del pueblo valenciano, que tendrá carácter anual y que incluirá una serie de actividades dirigidas a la sensibilización de la ciudadanía hacia la situación de los países empobrecidos y los grupos más vulnerables.
Además, se distinguirá por parte de la Generalitat la especial aportación o trayectoria de valencianos y valencianas en el ámbito de la cooperación internacional, así como la convocatoria de los Premios Solidaria, que incluirán una mención y aportación económica extraordinaria para los agentes de la cooperación que se hayan distinguido en la planificación, ejecución o evaluación de sus acciones.
Igualmente, se promoverá la sensibilización en materia de derechos humanos a través de la Fundación de los Derechos Humanos de la Comunitat Valenciana.
Por último, se potenciarán los mecanismos de transparencia mediante los sistemas de información que permiten las nuevas tecnologías y se fomentará la participación a través de los órganos de asesoramiento y coordinación previstos en la Ley 6/2007. Se incidirá en la publicación de informes, memorias y estadísticas que evalúen y diagnostiquen la cooperación valenciana.
3.2.3. La investigación sobre el desarrollo y la formación especializada
Este instrumento trata de fortalecer las capacidades y estrategias de reducción de la pobreza propias de las poblaciones empobrecidas, a fin de producir ciencia y tecnología adaptada a sus necesidades, así como mejorar las capacidades, habilidades y valores de los agentes de la cooperación en la planificación, gestión y evaluación de proyectos, y de los jóvenes cooperantes mediante cursos de postgrado, concesión de becas y otras acciones formativas.
En este campo, es necesario destacar el importante papel que llevan a cabo las Universidades Valencianas, que ha sido reforzado con la creación del Comité Universitario Valenciano de Relaciones Internacionales y Cooperación (CUVRIC).
Por ello, será indispensable para el cumplimiento de estos objetivos la participación de las Universidades, mediante el impulso de acciones propias y la participación en aquellas que promueva la Generalitat.
Entre ellas, se promoverá una convocatoria anual de ayudas a los proyectos de las Universidades, dirigidas a financiar hasta el 50% del importe de las acciones que planteen y que superen la evaluación técnica.
Dicha convocatoria tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
• Necesidad de la continuidad de los proyectos formativos emprendidos, mejorando su impacto mediante la evaluación de anteriores experiencias o ediciones.
• Potenciación de los proyectos de investigación sobre el desarrollo, que permitan emprender acciones posteriores dirigidas a la mitigación de las causas que producen el empobrecimiento y promuevan el desarrollo de los países desfavorecidos, enlazando el trabajo de las Universidades con el del resto de agentes sociales, especialmente con las ONGD.
• Fomento del intercambio de información entre la Generalitat y las Universidades durante la fase de ejecución y evaluación del proyecto, facilitando la gestión y la justificación de las acciones.
• Publicación de la convocatoria de las ayudas a principios de año y resolución antes de finalizar el mes de julio del mismo año.
La convocatoria estará dirigida, entre otros, a los proyectos destinados a:
• Impulsar la investigación sobre el concepto de desarrollo, así como sobre los medios, las estrategias y políticas de cooperación.
• Fomentar la participación de profesores e investigadores del Norte y del Sur en cursos y seminarios que faciliten el conocimiento de la realidad de los países empobrecidos.
• Promover los hermanamientos o programas bilaterales entre instituciones investigadoras de los países del Sur y de la Comunitat Valenciana.
• Formar e investigar sobre el codesarrollo, así como evaluar las experiencias existentes.
• Fomentar la profesionalización de los agentes de cooperación de la Comunitat Valenciana, incluidos los inmigrantes como agentes de codesarrollo.
• Celebrar jornadas, encuentros, seminarios y congresos, que permitan el intercambio de conocimientos y el diálogo.
• Promover la identificación y apoyo a centros de investigación locales, a través de la dotación de equipamientos y la formación de recursos humanos.
Asimismo, se promoverá la formalización de convenios con CUVRIC en las distintas materias objeto de este ámbito, que desarrollen todos los aspectos que recoge el acuerdo de intenciones firmado en el año 2006 con la Generalitat, y que son los siguientes:
• Fomento de la profesionalización del sector de la cooperación valenciana, mediante la consolidación del Programa Oficial de Postgrado Interuniversitario de Cooperación al Desarrrollo (POP-ICAD), creado por CUVRIC y la Generalitat en 2007, y un programa formativo anual, dirigidos a personal de ONGD y otros agentes sociales, de las Administraciones Públicas y de otros organismos de cooperación, sobre materias propias del ciclo del proyecto, organismos de la cooperación y otras que se consideren de interés o que proponga el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo.
• El incremento del capital humano a través de la realización de acciones formativas conjuntas y el intercambio de alumnos, profesores y personal de administración y servicios con aquellas universidades con las que se establezca convenio de colaboración.
• La realización de proyectos de investigación y formación al desarrollo en países estructuralmente empobrecidos, con el fin de facilitar e impulsar su bienestar económico y social, la erradicación de la pobreza en el mundo, la defensa y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y la sostenibilidad y conservación del medio ambiente y la biodiversidad, tanto en los países que tienen elevados índices de pobreza, como en los que se encuentran hacia la plena consolidación de sus instituciones democráticas y su inserción en el sistema económico internacional.
• El impulso de la investigación en el ámbito de las relaciones internacionales y su influencia sobre el desarrollo de los pueblos.
• El aumento de la sensibilización social y la educación al desarrollo de los ciudadanos en el ámbito de la solidaridad entre los pueblos.
• El asesoramiento técnico de los actores públicos y privados en iniciativas de cooperación al desarrollo.
• La difusión de documentación e información referente a la cooperación al desarrollo.
Por otro lado, la Generalitat continuará promoviendo la formación y especialización de cooperantes valencianos, mediante la convocatoria de becas, que se constituyen en un instrumento de gran valía para mejorar la formación, realizar prácticas e incrementar las capacidades de la cooperación valenciana. El 80% de los jóvenes becarios de anteriores convocatorias están trabajando ya en distintas ONGD, otros agentes sociales, organismos nacionales e internacionales de la cooperación, así como en consultoras del sector. Así, la Generalitat impulsará la formación complementaria de los jóvenes cooperantes valencianos mediante la concesión de becas en la propia Administración, en las Oficinas Técnicas de Cooperación en el exterior dependientes de la AECID y en las oficinas del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
3.2.4. La acción humanitaria
El objetivo de la acción humanitaria, de acuerdo con los principios del Derecho Internacional Humanitario, se dirige a ayudar a prevenir y paliar el sufrimiento de las personas afectadas por catástrofes de origen natural o humano, a fin de restablecer sus derechos fundamentales y su dignidad humana, así como reducir su vulnerabilidad frente a los desastres.
Este instrumento incluye las actuaciones de prevención y reducción de desastres que se lleven a cabo para disminuir la vulnerabilidad de las poblaciones, en situaciones originadas por desastres naturales o provocados por el ser humano, así como la respuesta inmediata a las necesidades de asistencia y protección más urgentes de las poblaciones afectadas por dichas situaciones y la protección de sus derechos, atendiendo en especial a las personas refugiadas y desplazadas. Igualmente, comprende las actuaciones de postemergencia encaminadas a la rehabilitación, reconstrucción de infraestructuras, reinserción de la población afectada y asentamiento de las bases para el desarrollo de las comunidades afectadas.
Esta actividad, que en la Comunitat Valenciana se lleva a cabo de modo coordinado entre los principales organismos públicos y financieros a través del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana, presidido por la Generalitat, con el apoyo de las ONGD de su órgano consultivo, se verá especialmente reforzada con la creación de un instrumento que le proporcione a la acción humanitaria de la mayor eficacia e inmediatez que requiere.
Junto a la intervención en prevención, emergencia y reconstrucción y rehabilitación, la Comunitat Valenciana desarrollará una importante labor en sensibilización, formación e investigación en acción humanitaria. Asimismo, una de sus prioridades será el establecimiento de programas de ayudas a proyectos de fomento de la paz en zonas de conflictos armados.
Asimismo, se promoverá la creación del Plan de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana, a que se refiere la Ley 6/2007.
En consonancia con los países de la OCDE y con la tendencia de la cooperación española, la Generalitat impulsará el destino del 7% de los presupuestos del programa de cooperación al desarrollo a la acción humanitaria.
3.2.5. El codesarrollo
Se trata del conjunto de actuaciones de carácter transnacional e interinstitucional orientadas a fomentar la implicación y participación activa de los colectivos de personas inmigrantes con mayor presencia en la Comunitat Valenciana, con la finalidad de favorecer su potencial como agentes de desarrollo en sus países de origen, en coordinación con otras organizaciones sociales y administraciones locales. Comprende, entre otras, acciones de formación, capacitación, asesoría y asistencia técnica, así como de fortalecimiento de las organizaciones de inmigrantes y comunitarias en origen. Se incluyen también las acciones de educación y sensibilización de la sociedad valenciana sobre las causas de la población inmigrante y su positivo aporte y enriquecimiento en la sociedad valenciana en el ámbito socioeconómico y cultural.
La Comunitat Valenciana ha sido pionera en fomentar la participación de la población inmigrante en los procesos de desarrollo de sus países de origen. Así, el Plan director 2004-2007 ya introdujo el codesarrollo entre sus prioridades sectoriales, y las convocatorias de ayudas posibilitaron entre los proyectos subvencionables, aquellos dirigidos a la sensibilización o la capacitación para el codesarrollo, así como la participación en la implementación de proyectos, fomentando la incorporación de inmigrantes residentes en la Comunitat Valenciana como agentes para la identificación, implantación y evaluación de los proyectos en sus respectivos países.
Igualmente, en el año 2006, la Generalitat fue la primera Administración autonómica española que publicó una convocatoria específica de ayudas para proyectos de codesarrollo, y en el año 2007 se ha dedicado el II Congreso Internacional de Cooperación al Desarrollo a la temática «Inmigración y Codesarrollo». Además, el Programa Solidària ha tenido como eje central en sus ediciones de 2006 y 2007 el codesarrollo.
La Ley 6/2007 incluye el codesarrollo como uno de los instrumentos de la cooperación al desarrollo y a la población inmigrante dentro de la participación social y ciudadana en la materia. En aplicación de la Ley, la Generalitat apoyará en los próximos cuatro años los siguientes programas y proyectos en materia de codesarrollo:
• Capacitación y formación para el codesarrollo, mediante el impulso de acciones que permitan la formación de la población inmigrante, con el fin de favorecer su participación activa en los procesos de desarrollo de sus comunidades y países de origen, junto con otras organizaciones y entidades valencianas, contribuyendo de esta manera a establecer relaciones de corresponsabilidad e intereses compartidos entre la comunidad de origen y la de destino.
• Impulso de la sensibilización para el codesarrollo, a fin de potenciar la participación de las personas inmigrantes como agentes de desarrollo, y fomentar el conocimiento de la realidad inmigratoria, el asociacionismo, el intercambio de experiencias y la interculturalidad, promoviendo el codesarrollo como factor de desarrollo de la sociedad receptora y favorecedor al mismo tiempo de la sociedad de origen.
• Formación y empleo para personas residentes en las áreas de origen de las migraciones, con prioridad en jóvenes y mujeres.
• Creación de pequeñas empresas, concesión de microcréditos o mecanismos similares en los países de origen, con la finalidad de aumentar las fuentes de riqueza y mejorar el bienestar de sus ciudadanos.
• Fomento y consolidación de actividades de producción, comercialización y distribución de bienes en los países de origen de los inmigrantes.
• Búsqueda de mecanismos orientados a canalizar las remesas de inmigrantes hacia la reactivación del tejido productivo local y fortalecimiento de instituciones microfinancieras locales.
• Promoción del diseño y realización de planes y programas concretos de desarrollo local a medio y largo plazo y de políticas públicas en las municipalidades de origen de los colectivos de inmigrantes.
Para llevar a cabo estos objetivos, la Generalitat triplicará en los próximos años los fondos destinados al codesarrollo, con respecto al año 2007, y propugnará acciones formativas y de divulgación entre los agentes sociales, con el fin de promover entre sus objetivos, el impulso de acciones de codesarrollo.
El principal mecanismo de actuación seguirá siendo la convocatoria de codesarrollo, en la que se estudiará la inclusión como posibles beneficiarios, junto a las ONGD, a otros agentes sociales que pueden aportar experiencia y recursos en algunas de las áreas objeto de la acción.
Por otro lado, la existencia de una Conselleria única en materia de cooperación e inmigración, permite establecer sinergias y diseñar actuaciones conjuntas, que promuevan la mayor implicación de la población inmigrante en los proyectos de cooperación internacional, de manera que se complementen las actuaciones con las necesidades y demandas de las asociaciones de inmigrantes en la Comunitat Valenciana con las intervenciones en codesarrollo en los países empobrecidos.
Se primarán aquellos programas y proyectos que incorporen inmigrantes residentes en la Comunitat Valenciana en los procesos de identificación, diseño, ejecución y evaluación de los mismos; y, en especial, se valorará la participación en ellos de entidades sin ánimo de lucro constituidas legalmente que incluyan, entre sus fines sociales, la atención y apoyo a los inmigrantes.
El importante número de mujeres inmigrantes que residen en la Comunitat Valenciana y su aportación y vinculación con la sociedad de origen, pone de relieve las connotaciones de género en la experiencia de la inmigración. Por ello, se impulsarán especialmente los proyectos que incorporen las aportaciones de la prespectiva de género al codesarrollo.
Las acciones de codesarrollo se dirigirán hacia las poblaciones procedentes de los países empobrecidos que cuenten con mayor número de inmigrantes y capacidad organizativa en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con las prioridades geográficas señaladas en el apartado correspondiente de este Plan director. Los proyectos que incluyan actividades de fortalecimiento de las redes organizativas y sensibilización a realizar en la Comunitat Valenciana estarán abiertos a todos los colectivos y asociaciones de inmigrantes provenientes de países estructuralmente empobrecidos.
Con el objetivo de evaluar las acciones impulsadas desde la Generalitat, tal y como se detalla en el apartado correspondiente, todos los proyectos de codesarrollo cuyo coste total supere los 200.000 euros deberán incluir una evaluación externa de los resultados y objetivos alcanzados. Esta cifra podrá ser revisada, a la baja, a través de los Planes Anuales. En los proyectos inferiores a dicho presupuesto, su realización será considerada como mérito preferente a la hora de su valoración.
Se apoyará la inclusión del componente de codesarrollo en los Planes Estratégicos de Intervención, así como en la convocatoria de investigación y formación, en el programa de sensibilización y educación al desarrollo Solidària y en las demás acciones que impulse la Generalitat.
Finalmente, se promoverá la formalización de acuerdos con la administración Central del Estado para la colaboración mutua en proyectos de codesarrollo, especialmente de formación en origen.
4. LOS AGENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO
De acuerdo con la Ley 6/2007, de 9 febrero, de la Generalitat, de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, se consideran agentes de la cooperación internacional al desarrollo en la Comunitat Valenciana, las instituciones y entidades que reúnan los siguientes requisitos:
a) Constituir una organización con personalidad jurídica y capacidad legal para actuar de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo.
b) No tener ánimo de lucro.
c) Tener sede social o delegación permanente en la Comunitat Valenciana.
d) Tener entre sus fines o como objeto expreso, según figure en sus Estatutos o documento equivalente, la realización de actividades de cooperación internacional al desarrollo o de acción humanitaria.
e) Disponer de una estructura susceptible de garantizar suficientemente el cumplimento de sus objetivos.
f) Respetar los principios, objetivos y criterios de actuación previstos en el capítulo I de la presente ley.
Asimismo, la Ley 6/2007 posibilita la consideración como agentes de la cooperación a las entidades que por su naturaleza jurídica posean ánimo de lucro, aunque éstas no podrán recibir ayudas o subvenciones computables como cooperación valenciana al desarrollo, pero sí contribuir por medio de la aportación de sus recursos y su experiencia en los distintos sectores de su actividad, siempre que acrediten previamente las garantías exigidas por las disposiciones financieras y presupuestarias y se comprometan a no obtener beneficio alguno de sus actuaciones en esta materia.
La Ley 6/2007 reconoce a los agentes de la cooperación internacional al desarrollo como interlocutores fundamentales de las Administraciones Públicas en esta materia, materializándose dicha interlocución fundamentalmente a través del Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo y las demás instancias representativas de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y otros agentes de la cooperación.
El Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo, siguiendo el mandato de la Ley 6/2007, se regulará con carácter de urgencia y se constituirá a principios del año 2008. En su composición, tendrán representación todos los agentes sociales de la cooperación valenciana.
Por otro lado, la Ley ha posibilitado la creación de un registro propio de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, cuya regulación y operatividad se prevé a partir de 2008. La inscripción en dicho Registro será requisito imprescindible para que dichos agentes puedan recibir ayudas de la Generalitat en esta materia.
4.1. Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD)
La Ley 6/2007 reconoce a las ONGD como los principales agentes de la cooperación, tanto a nivel individual, como a través de las asociaciones o federaciones que las agrupen, tales como pueda ser la Coordinadora Valenciana de ONGD. Por ello, tendrán una especial representación en el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo.
Asimismo, serán los principales destinatarios de las ayudas del programa de cooperación y asesorarán a la administración en sus diferentes políticas y acciones.
Por otro lado, el incremento de los fondos de la cooperación valenciana implica el necesario y continuo proceso de la profesionalización y especialización del sector, de modo que los criterios de calidad se compartan entre la administración y el resto de los agentes, aumentando la capacitación y la formación de los cooperantes y los profesionales de las organizaciones no gubernamentales y, con ello, la calidad de las intervenciones, no sólo en su ejecución, sino también en las tareas de identificación, formulación y evaluación. Así, como ya se ha señalado, la Generalitat promoverá su formación, mediante programas oficiales de postgrado, programas de formación continua, dotación de becas, seminarios, etc.
De igual o mayor importancia para la cooperación valenciana que la formación de los cooperantes, será el fortalecimiento de su cobertura social, sanitaria o familiar, que permita realizar su labor en las mejores condiciones y facilitar así el aumento del número y la calidad de los recursos humanos que destinan los agentes sociales a la ejecución y seguimiento de los proyectos desde los países estructuralmente empobrecidos.
Al igual que en anteriores ejercicios, se promoverá la colaboración de la sociedad civil con las ONGD, especialmente en materia de codesarrollo, en donde se hace tan necesario el establecimiento de sinergias y mecanismos de coordinación entre los agentes de la cooperación al desarrollo y las asociaciones de inmigrantes.
4.2. Universidades valencianas
Como ya se ha mencionado, las Universidades constituyen el principal interlocutor de la administración valenciana en materia de formación de recursos humanos, generación de conocimiento especializado e investigación al desarrollo, además de aportar fondos propios a la cooperación a través de la cofinanciación de proyectos.
Por ello, durante los próximos años se fortalecerán los mecanismos de coordinación con las Universidades, especialmente a través del Comité Universitario Valenciano de Relaciones Internacionales y Cooperación (CUVRIC) y se potenciarán las acciones desarrolladas conjuntamente o a través de las Universidades.
Entre dichas acciones, se incluirá el Congreso Internacional de Cooperación al Desarrollo que, con carácter bianual, se celebra desde el año 2005, promovido por la Generalitat y las cinco Universidades públicas valencianas, a través de CUVRIC.
Al mismo tiempo, se intensificará el trabajo y cooperación entre las Universidades y otros actores de la cooperación valenciana, especialmente a través del Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo.
4.3. Organizaciones sindicales
Los Sindicatos, a través de las ONGD propias, han llevado a cabo una importante labor en el ámbito de la cooperación al desarrollo, principalmente mediante la defensa y promoción de los derechos laborales de los trabajadores de los países empobrecidos y la prevención de su explotación, pero también en la igualdad de género, la educación, la sensibilización y otros.
Por ello, se potenciará la participación de las organizaciones sindicales más representativas como agentes sociales de la cooperación valenciana y se estudiarán nuevas fórmulas de colaboración con la Generalitat y otros agentes sociales, así como la formulación y la ejecución de programas específicos y planes estratégicos de intervención.
4.4. Empresas y organizaciones empresariales.
Al igual que la administración Central del Estado y otras Comunidades Autónomas, la Generalitat es consciente de la importancia de vincular a las empresas y las organizaciones empresariales en el objetivo de la erradicación de la pobreza y en el fortalecimiento de las políticas públicas en esta materia, como parte importante y necesaria de la población civil, motor de las economías desarrolladas y, por tanto, fuente de recursos y experiencias.
Asimismo, son evidentes los avances en materia de responsabilidad social corporativa y la existencia de un número cada vez mayor de empresas vinculadas, bien directamente o a través de sus fundaciones u obras sociales, con los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Por ello, la Ley 6/2007 las reconoce como agentes de la cooperación, sin posibilidad de obtener financiación pública, pero aportando, con las garantías necesarias, su conocimiento y experiencia para la consecución de los objetivos establecidos en dicha Ley.
Así, en los próximos años se promoverá la participación de las empresas y sus organizaciones más representativas en el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo, así como en los programas institucionales, como Solidària, o a través de su aportación a la acción humanitaria.
El Registro de Agentes de la Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana regulará los requisitos y garantías exigidos a las organizaciones empresariales para ser considerados como tales.
4.5. Otros Departamentos de la Generalitat y Administraciones Públicas valencianas
Aunque la principal labor en materia de cooperación al desarrollo de la Generalitat es la que lleva a cabo la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, el resto de Departamentos de la Generalitat tienen entre sus objetivos, en mayor o menor medida, algunas actuaciones que inciden o implican el desarrollo de poblaciones empobrecidas, en áreas como salud, educación, bienestar social, medio ambiente, mujer, juventud, desarrollo productivo, etc.
Así, la acción de cooperación al desarrollo debe considerarse de manera global para toda la Generalitat y por eso la Ley 6/2007 recoge, entre sus órganos de coordinación, la Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo, creada con el fin de garantizar la coordinación, el intercambio de información, la coherencia y la complementariedad de la actividad de la Generalitat en el ámbito de la cooperación al desarrollo. El reglamento de desarrollo de la Comisión Interdepartamental se publicará en el primer semestre de 2008.
Igualmente necesaria se considera la coordinación con el resto de Administraciones Públicas valencianas que llevan a cabo acciones en materia de cooperación, a cuyo efecto la Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo impulsará el intercambio de información permanente, promoverá la sistematización de la información sobre los programas, proyectos y acciones, informará sobre la planificación de la cooperación valenciana, promoverá acciones conjuntas de cooperación al desarrollo y facilitará el conocimiento de los proyectos desarrollados y su impacto entre la ciudadanía en los distintos municipios valencianos. La Comisión Interterritorial se regulará mediante el correspondiente reglamento de desarrollo de la Ley 6/2007, que se publicará en el primer semestre de 2008.
4.6. Agentes sociales de ámbito nacional e internacional
La Ley 6/2007, en su artículo 19, señala que la Generalitat se relaciona con las demás instituciones nacionales e internacionales en el ámbito de la cooperación al desarrollo con criterios de información, coordinación y colaboración recíprocas.
Por ello, se potenciará la relación con los siguientes estamentos:
a. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, mediante la presencia en la Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo, la participación en los programas transversales de la cooperación española, como el Programa AZAHAR, el Programa VITA o el Programa ARAUCARIA, la ejecución de proyectos comunes, como las becas de prácticas de formación en las Oficinas Técnicas de Cooperación, o la coordinación de acciones de emergencia de interés humanitario.
b. Comunidades Autónomas Españolas y otras Regiones Europeas, mediante la participación en estrategias, programas o proyectos comunes, así como a través de la asistencia y participación en acciones formativas o divulgativas.
c. Organismos multilaterales, principalmente de Naciones Unidas y la Unión Europea. Como ya se ha señalado, se promoverá la participación de la Generalitat en acciones globales, como el Programa ART, así como en las demás estrategias que incidan especialmente en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
d. Organismos y entidades de los países destinatarios de la cooperación, a través de la promoción para la formalización de acuerdos y convenios con los Gobiernos y organismos locales de los países donde la Generalitat lleve a cabo planes estratégicos de intervención o proyectos de especial relevancia, que garanticen su viabilidad y sostenibilidad, así como con aquellos países que sean principales destinatarios de los fondos de la cooperación valenciana, de modo que sirvan de marco de referencia y apoyo a las acciones que se lleven a cabo con la ejecución de los proyectos de la Generalitat y de los agentes de la cooperación valenciana.
5. EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LA COOPERACIÓN VALENCIANA Y DEL PLAN DIRECTOR 2008-2011
5.1. Políticas de control de calidad
Durante la vigencia del Plan director anterior, se introdujo por primera vez el criterio de la responsabilidad en la cooperación valenciana, estableciendo los procedimientos de evaluación de las acciones desarrolladas. Los planes anuales recogieron las primeras experiencias en evaluación de resultados y objetivos, por un lado, y en evaluación de impacto, por otro.
Por otro lado, en el artículo 10 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Cooperación al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, se afirma que la Generalitat promoverá la realización de evaluaciones de todas las acciones en que directamente o indirectamente participe, contribuyendo a una mayor orientación de los procesos evaluativos hacia el aprendizaje institucional y la mejora continua de sus políticas e intervenciones. Igualmente fomentará el desarrollo de procedimientos metodológicos e instrumentos que faciliten las evaluaciones sobre el impacto, la eficacia y la sostenibilidad en las políticas, los programas y los proyectos de cooperación al desarrollo y se promoverá la realización de evaluaciones participativas, de acuerdo con las características del programa o el proyecto.
En su aplicación, en este Plan director 2008-2011 se considera eje fundamental la evaluación de las acciones, con el objetivo de contribuir en el avance hacia la consolidación en la mejora de la calidad de las acciones gestionadas por todos los agentes valencianos en materia de cooperación internacional al desarrollo, de acuerdo con la siguiente metodología y criterios.
5.2. Sistemas de evaluación en el marco de la mejora de la calidad
Los proyectos, los programas y los planes estratégicos serán evaluados en sus resultados y objetivos, y también en el impacto que producen en los procesos de desarrollo.
Los criterios comúnmente aceptados que deberán seguirse para la realización de evaluaciones de proyectos de cooperación al desarrollo son los siguientes:
a) Pertinencia: determina la adecuación de los resultados y los objetivos del proyecto al contexto en que se realiza, de acuerdo con las prioridades de desarrollo locales y nacionales.
b) Eficacia: determina si se ha alcanzado el objetivo específico del proyecto, analizando la racionalidad y la lógica de la secuencia de los recursos, actividades, resultados y objetivo, a través de los indicadores objetivamente verificables especificados en el documento de formulación del proyecto.
c) Eficiencia: es una medida del logro de los resultados en relación con los recursos que se consumen, es decir, analiza los resultados en relación con el esfuerzo realizado. Valora la productividad de los recursos empleados.
d) Impacto: consiste en el análisis de todo posible efecto (positivo o negativo, previsto o imprevisto) que el proyecto produce en su área de influencia o entorno, incluso a nivel local, regional o nacional. Esto es, se centra en el análisis de la medida en que dicho proyecto ha colaborado al desarrollo de las sociedades en las que se ha localizado, debiendo potenciar los efectos positivos y eliminar o minimizar los negativos.
e) Viabilidad: en términos generales, la viabilidad puede ser definida como el grado en el que los efectos positivos derivados de la intervención continúan una vez se ha retirado la ayuda externa.
Se realizarán evaluaciones anuales de impacto de los proyectos ejecutados en años anteriores, de manera que sirvan como aprendizaje y mejora de la calidad de las intervenciones y permitan elaborar conclusiones y recomendaciones. Esta evaluación podrá ser por muestreo, en el caso de los proyectos aprobados por las convocatorias públicas de ayudas. La selección de las acciones a evaluar se efectuará atendiendo a criterios geográficos y sectoriales, de modo que se recoja en los cuatro años un abanico lo más amplio posible de la acción realizada en los principales países y sectores de intervención. En el caso de los Planes Estratégicos de Intervención (PEI), la evaluación de impacto será obligatoria.
Por otro lado, se continuará potenciando la evaluación de resultados y objetivos de los programas y proyectos financiados, en la línea de los últimos años. Los planes anuales recogerán, en cada caso, los proyectos que deberán contar obligatoriamente con una evaluación externa en cada una de las convocatorias de ayudas, la cual será también preceptiva en el caso de los proyectos de desarrollo o codesarrollo financiados mediante convenio.
5.3. Evaluación del Plan director 2008-2011
Finalizado el período de vigencia del Plan director, se establecerá una evaluación del mismo, cuyo informe será presentado al Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo y demás entidades que detalla la Ley 6/2007, para sus recomendaciones.
Dicha evaluación incluirá:
1. Valoración de los avances cualitativos y cuantitativos de los objetivos y acciones de la política valenciana en cooperación al desarrollo, incorporando la evaluación como acción transversal.
2. Fortalecimiento institucional y mejora de la gestión, a través de la mejora de los procesos o acciones no eficaces y potenciación de los que sí lo son.
3. Aprendizaje para la mejora continua, impacto de la cooperación valenciana y socialización de los resultados
La evaluación deberá ser objetiva, pública y vinculante respecto a las futuras acciones que se emprendan. Por tanto, se elaborarán indicadores cualitativos y cuantitativos mediante metodologías participativas, involucrando a todos los agentes de la cooperación valenciana y a partir de los objetivos estratégicos y las actividades propuestas en el presente Plan director.
Asimismo, se podrán determinar informes de revisión anuales, a instancias del Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo.
5.4. Indicadores de las acciones impulsadas por la Generalitat
6. MARCO PRESUPUESTARIO 2008-2011
La Ley 6/2007, de cooperación al desarrollo, ha previsto el marco presupuestario de referencia para los próximos años, fijar el 0,7% de los presupuestos anuales de la Generalitat a la cooperación al desarrollo, a partir de 2008.
Ello ratifica el respaldo de Les Corts Valencianes y de la ciudadanía en general, a la política valenciana al desarrollo y la necesidad de establecer, como ya se ha indicado, mecanismos de mejora de la calidad, que redunden en una adecuada gestión e impacto de los fondos asignados.
Al igual que ocurre en las restantes Administraciones Públicas españolas, la contabilización de los fondos de la cooperación internacional valenciana no debe referirse tan sólo al programa específico de cooperación al desarrollo, sino que también debe incluir las aportaciones de centros directivos de la propia Conselleria de Inmigración y Ciudadanía y otros departamentos de la Generalitat, que comparten los fines y objetivos recogidos en la Ley 6/2007, de Cooperación al Desarrollo, pudiendo consignarse como Ayuda Oficial al Desarrollo.
La obtención y gestión de estos datos se verá facilitada con la regulación y puesta en marcha de la Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo, que elaborará a tal efecto el correspondiente informe, una vez aprobado por el Consell el proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat para el año siguiente y tras la aprobación de la Ley de Presupuestos por Les Corts Valencianes. Dichos datos se incorporarán a los correspondientes Planes Anuales, a fin de concretar el importe total destinado por la Generalitat a la cooperación al desarrollo y el porcentaje con respecto a su presupuesto global.
En concreto, para el año 2008 el presupuesto destinado a cooperación al desarrollo y codesarrollo, en el ámbito transversal que suponen las políticas de integración de la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía, será de 94.815.880 euros (según el proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2008).
El presupuesto para el 2008 es el más elevado que ha destinado la Generalitat a la cooperación internacional y codesarrollo, correspondiendo casi un 97% del programa de cooperación internacional al desarrollo a ayudas y subvenciones.
En él, se dedican 34 millones de euros a las convocatorias públicas de ayudas para los agentes sociales de la cooperación valenciana, un 80% más que en 2007. Entre las líneas de ayudas, se incrementa en un 100% la correspondiente a la convocatoria de proyectos de codesarrollo; igualmente, la línea de la convocatoria de proyectos de sensibilización y educación al desarrollo aumenta en más de un 200% con respecto a 2007, y la relativa a la convocatoria de proyectos de desarrollo en terceros países, alcanza la cifra de 26 millones de euros, un 73% más que en 2007. Por otro lado, se ha incrementado en un 48% el presupuesto destinado a la ejecución de Planes Estratégicos de Intervención y se consolida la apuesta del Consell por la acción humanitaria, incrementando el presupuesto dirigido a la prevención, ayuda humanitaria y reconstrucción de las zonas afectadas por desastres y conflictos humanos en un 180%.
En definitiva, esta previsión, unida a la existencia de directrices de calidad y eficiencia y en coordinación con las políticas de inmigración y participación ciudadana, sitúa a la Comunitat Valenciana como modelo de referencia en la cooperación descentralizada a nivel nacional e internacional.

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