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RESOLUCIÓN número 917/2021, de 16 de diciembre de 2021, del director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, por la que se aprueba una modificación puntual del Reglamento de funcionamiento y régimen interior referida a la organización interna de esta agencia. [2021/12733]

(DOGV núm. 9250 de 05.01.2022) Ref. Base Datos 000069/2022

RESOLUCIÓN número 917/2021, de 16 de diciembre de 2021, del director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, por la que se aprueba una modificación puntual del Reglamento de funcionamiento y régimen interior referida a la organización interna de esta agencia. [2021/12733]
En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional primera, apartado dos, de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, se dictó, tras los trámites legales, la Resolución de 27 de junio de 2019, de su director, por la que se aprobó el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de esta, en desarrollo de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8582, de 02.07.2019 y en el Butlletí Oficial de les Corts Valencianes núm. 17, de 26.07.2019. Dicho reglamento fue objeto de modificación por Resolución de 8 de julio de 2019, del director de la Agencia (DOGV 8591, 15.07.2019).
Asimismo, mediante Resolución núm. 671/2020, de 30 de diciembre, del director de la Agencia, se aprobó el Plan anual normativo de la Agencia para el año 2021, disponible en su página web, que establece en el primer punto de su anexo la propuesta de modificación, puntual y por necesidades organizativas, del citado reglamento de funcionamiento y régimen interior, con el objeto de crear una Dirección Adjunta a la Dirección de esta Agencia, de naturaleza administrativa y funcionarial, con funciones de apoyo y asistencia a esta, funciones que se acumulan a la actual Dirección de Asuntos Jurídicos.
En su virtud, conforme con el Consejo de Dirección de la Agencia y una vez presentada en las Corts Valencianes, esta Dirección de la Agencia haciendo uso de las competencias atribuidas en la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, y de acuerdo con las funciones recogidas en el artículo 13.1 de su Reglamento de funcionamiento y régimen interior, resuelve modificar el referido reglamento, según se expresa a continuación.

Primero
Se modifican los artículos 14.1, 15.1 y 18.1 y 2 del Reglamento de funcionamiento y régimen interior de la Agencia.
El apartado 1 del artículo 14, Delegación de firma, queda redactado en los siguientes términos:
«1. Excepcionalmente y de forma expresa y motivada, la persona titular de la dirección de la Agencia podrá delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en la persona titular de la Dirección Adjunta, así como en las personas responsables del Área de Administración, Recursos Humanos y Gestión Económica o de las direcciones funcionales de la Agencia.»
El apartado 1 del artículo 15, Suplencia, queda redactado en los siguientes términos:
«1. La persona titular de la dirección de la Agencia podrá ser suplida, interina y transitoriamente, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación, por la persona titular de la Dirección Adjunta de la Agencia, que es desempeñada por la persona responsable de la Dirección de Asuntos Jurídicos.»
Los apartados 1 y 2 del artículo 18, Estructura organizativa de la Dirección General de la Agencia, quedan redactados en los siguientes términos:
«1. Dependiendo directamente de la dirección general de la Agencia y con el máximo rango administrativo, la Agencia se organiza, para el cumplimiento de sus funciones, en las siguientes unidades:
a) Dirección de Prevención, Documentación y Formación.
b) Dirección de Análisis e Investigación.
c) Dirección de Asuntos Jurídicos, que desempeña al mismo tiempo la Dirección Adjunta.
d) Gabinete de Relaciones Institucionales, Comunicación y Participación.
e) Área de Administración, Recursos Humanos y Gestión Económica.
2. La Dirección Adjunta presta apoyo técnico y asistencia a la Dirección de la Agencia, a cuyo efecto impulsa, coordina y supervisa el ejercicio de las funciones de las anteriores unidades, y realiza las tareas que la dirección de la Agencia le encomiende o delegue.»

Segundo
Esta modificación se publicará en el Butlletí Oficial de les Corts Valencianes y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en este último.

València, 16 de diciembre de 2021.– El director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana: Joan A. Llinares Gómez.

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