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RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2017, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, de denegación de ayudas 2017 dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones. [2017/11589]

(DOGV núm. 8210 de 11.01.2018) Ref. Base Datos 000330/2018

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2017, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, de denegación de ayudas 2017 dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones. [2017/11589]
Antecedentes de hecho
Primero. Por Resolución de 3 de mayo de 2017, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (núm. 8038) del día 12 de mayo de 2017, se convocan las ayudas dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones para el año 2017 de la Agència Valenciana del Turisme, destinadas a la mejora de la competitividad de los servicios y productos turísticos de la Comunitat Valenciana, enmarcadas en los programas que se relacionan a continuación:
– Programa 1: Fomento de la competitividad empresarial.
– Programa 2: Apoyo a actividades deportivas y culturales de impacto turístico internacional.
– Programa 3: Impulso al marketing de producto turístico de la Comunitat Valenciana.
Segundo. Con diferentes fechas tuvieron entrada en la Agència Valenciana del Turisme, diversas solicitudes de ayuda acogidas a los citados programas, que han dado lugar a los expedientes relacionados en el documento anexo, adjunto a la presente resolución.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2 de la resolución de convocatoria, se ha reunido la Comisión de Evaluación de Ayudas, en sesión de fecha 30 de octubre de 2017 adoptando, entre otros, los siguientes acuerdos:
1.º Informar desfavorablemente a efectos de concesión de ayuda las solicitudes que se relacionan en el documento Anexo III «Solicitudes desfavorables P1, P2 y P3» del acta de la sesión, por no corresponder el proyecto con el objeto o las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria de ayudas, por ser el coste subvencionable inferior al establecido en la resolución de convocatoria de ayudas, por no haber alcanzado la solicitud la puntuación mínima exigida en esta, por no poder ser el solicitante beneficiario de la ayuda o por falta de consignación presupuestaria.
2.º Trasladar los acuerdos anteriores a la directora de la Agència Valenciana del Turisme, para que, en cumplimiento del artículo 8.5 de la Resolución de 3 de mayo de 2017 por la que se convocan las presentes ayudas, emita la correspondiente propuesta de resolución.
Cuarto. Con fecha 17 de noviembre de 2017 la directora de la Agència Valenciana del Turisme dictó una propuesta de resolución de denegación de ayudas a las solicitudes a las que se refiere el antecedente tercero. La citada propuesta fue notificada mediante de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, del día 23 de noviembre de 2017, poniendo de manifiesto el expediente a los interesados y concediendo un plazo de diez días para la presentación de alegaciones.
Quinto. Finalizado el plazo establecido en la referida propuesta de resolución, algunos interesados han presentado alegaciones, no siendo objeto de la presente resolución los expedientes correspondientes a los mismos, limitándose los efectos de esta a aquellos expedientes cuyos solicitantes no han presentado alegaciones.

Fundamentos de derecho
Primero. La Resolución de 3 de mayo de 2017, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme por la que se convocan las ayudas 2017 de la Agència Valenciana del Turisme dirigidas a las empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones de la Comunitat Valenciana; el Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana; La Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de aplicación.
Segundo. La competencia para dictar la presente resolución la ostenta el presidente de la Agència Valenciana del Turisme de acuerdo con las competencias asignadas por el artículo 5 del Decreto 209/2004, de 8 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de la Agència Valenciana del Turisme.
Tercero. El artículo 36.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que los actos administrativos de la misma naturaleza podrán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, que especificará las personas u otras circunstancias que individualicen los efectos del acto para cada interesado.

Vistos los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, resuelvo:

Primero
Denegar la subvención a los solicitantes de las ayudas que se detallan en el documento Anexo de la presente resolución, con indicación del motivo de denegación, correspondientes a los programas detallados en el antecedente primero según la Resolución de 3 de mayo de 2017, por la que se rige la presente convocatoria.

Segundo
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con efectos de notificación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma y, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

València, 14 de diciembre de 2017.– El presidente de la Agència Valenciana del Turisme: Francesc Colomer Sánchez.



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