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RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2014, de la Dirección General de Justicia, por la que se aprueba la constitución definitiva de bolsas de trabajo, para la provisión temporal de puestos de los cuerpos de médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia en la Comunidad Valenciana. [2014/337]

(DOGV núm. 7192 de 15.01.2014) Ref. Base Datos 000373/2014

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2014, de la Dirección General de Justicia, por la que se aprueba la constitución definitiva de bolsas de trabajo, para la provisión temporal de puestos de los cuerpos de médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia en la Comunidad Valenciana.
[2014/337]
Por Resolución de esta Dirección General de Justicia, de fecha 27 de junio de 2012, y en aplicación de la Orden 3/2011, de 21 de septiembre, de 2011, de la Consellería de Justicia y Bienestar Social, se abrió convocatoria pública para la constitución de bolsas de trabajo para la provisión temporal de puestos de los cuerpos de médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial de la Administración de justicia en la Comunidad Valenciana.
En cumplimiento de lo dispuesto en la base sexta de la mencionada convocatoria, por Resolución de esta Dirección General de Justicia, de 5 de julio de 2013, se aprobó la constitución provisional de las bolsas de trabajo, procediéndose a su exposición en los lugares indicados en dicha base, abriéndose el correspondiente plazo para que los interesados pudieran reclamar sobre cualquiera de los datos contenidos en las listas provisionales.
Asimismo, la base sexta de la convocatoria establece que resueltas las reclamaciones, se publicarán las bolsas definitivas siguiendo el mismo procedimiento que para la resolución provisional.
En consecuencia, resuelvo:

Primero
Aprobar los listados definitivos de cada una de las bolsas de trabajo que se compone de los siguientes anexos:
Anexo I. Admitidos en la bolsa de trabajo.
Anexo II. No admitidos en la bolsa de trabajo por no obtener puntuación suficiente.
Anexo III. Excluidos de la bolsa de trabajo por los motivos que se indican.

Segundo
Publicar los listados de cada una de las bolsas de trabajo, comunicándolos a las organizaciones sindicales y remitiéndolos para su exposición pública al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y las direcciones territoriales de justicia de Alicante, Castellón y Valencia.
Asimismo, se publicarán en la página web de la Dirección General de Justicia (dirección: )

Tercero
Considerar desestimadas las reclamaciones formuladas contra las listas provisionales que no han sido resueltas en las listas definitivas mediante la modificación de la puntuación obtenida por el aspirante en las mismas.
A dichos efectos, se hace constar que, de conformidad con lo establecido en la base quinta de la convocatoria aprobada por Resolución de 27 de junio de 2012, se han desestimado aquellas reclamaciones que comportan la presentación de documentación acreditativa de requisitos o méritos no aportados ni señalados en la solicitud inicial y cuya omisión no puede ser objeto de subsanación posterior.

Cuarto
Declarar constituidas las bolsas de trabajo para la provisión temporal de los puestos de los cuerpos de médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial de la Administración de justicia en la Comunidad Valenciana, cuya entrada en funcionamiento será fijada mediante resolución de esta Dirección General de Justicia, que será publicada conforme al procedimiento establecido en el artículo 11 de la Orden 3/2011, de 21 de septiembre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Valencia en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme con lo que disponen los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante la Dirección General de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 10 de enero de 2014.– El director general de Justicia: Julián Ángel González Sánchez.



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