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Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2016, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2017 subvenciones de servicios sociales especializados de personas mayores (programas). [2017/475]

(DOGV núm. 7963 de 23.01.2017) Ref. Base Datos 000841/2017

Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2016, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2017 subvenciones de servicios sociales especializados de personas mayores (programas). [2017/475]
BDNS (Identif.): 325493

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans

Primero. Beneficiarios
Organizaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro que, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, estén inscritas en el Registro General de los Titulares de Actividades, Servicios y Centros de Acción Social de la conselleria con competencia en materia de políticas de servicios sociales especializados a personas mayores.

Segundo. Finalidad
Prestación de ayudas para la realización de programas de servicios sociales especializados correspondientes a los sectores:
a) Personas mayores
b) Alzheimer

Tercero. Bases reguladoras
Orden 8/2015, de 29 de diciembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales especializados de personas mayores (DOCV 05.01.2016).

Cuarto. Importe
Se considerarán gastos objeto de subvención:
a) Gastos de personal:
1.º. Las retribuciones salariales, incluidos los gastos de Seguridad Social.
2.º. Los gastos derivados del personal que realiza una prestación de servicios en el centro, sea o no continuada.
b) Gastos generales: se tendrán en cuenta aquellos que sean necesarios para el funcionamiento del programa.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 30 de diciembre de 2016.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

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