Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2010, del conseller de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para el año 2010. [2010/1254]

(DOGV núm. 6206 de 15.02.2010) Ref. Base Datos 001641/2010

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2010, del conseller de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para el año 2010. [2010/1254]
Visto que el artículo 54 de la Ley 3/2003, de 6 de febrero, de Ordenación Sanitaria de la Comunitat Valenciana, relativo a la Inspección de Servicios Sanitarios, prevé que anualmente se establecerá un Plan de Inspección de Servicios Sanitarios donde se definan los programas de actuación preferenciales y la coordinación con todas las inspecciones que incidan en el ámbito sanitario y de la salud pública y en especial con los entes locales.
Y que el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Conselleria de Sanidad, aprobado por Decreto 56/2006, de 28 de abril, del Consell, dispone en su artículo 34 que la elaboración de un Plan de Inspección de Servicios Sanitarios constituye una herramienta fundamental para lograr la planificación reglada de las actividades a desarrollar por la Inspección de Servicios Sanitarios, estableciendo en el apartado 9 de dicho artículo que el Plan de Inspección será aprobado por el conseller de Sanidad.
Asimismo, en la elaboración del plan se ha dado participación a los distintos órganos directivos de la Conselleria de Sanidad y servicios territoriales de Inspección de la Comunitat Valenciana y se ha informado del Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios a la Inspección General de Servicios de la Generalitat, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 236/1997, de 9 de septiembre, del Consell.
Por lo expuesto, habiéndose observado todos los trámites legales y reglamentarios establecidos, y en virtud de las atribuciones que me confiere el 34.9 del Decreto 56/2006, de 28 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Conselleria de Sanidad, resuelvo:
Primero
Aprobar el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para el año 2010 que se estructura en las áreas y programas que se detallan a continuación:
Área 1. Inspección de los derechos de los ciudadanos en su relación con el sistema sanitario.
- Programa 1.1. Inspección y evaluación del cumplimiento de las Normas de Buena Práctica Clínica en la investigación sanitaria. Los ensayos clínicos en seres humanos.
- Programa 1.2. Evaluación de historias clínicas.
Área 2. Inspección de la asistencia sanitaria de centros y servicios sanitarios.
- Programa 2.1. Actuaciones programadas y excepcionales de inspección de centros y servicios sanitarios públicos.
- Programa 2.2. Actuaciones programadas y excepcionales de inspección de centros y servicios sanitarios privados.
- Programa 2.3. Actuaciones de inspección de consultas con actividad en salud bucodental.
- Programa 2.4. Actuaciones de inspección de centros sanitarios participantes en el Plan de Eliminación de Listas de Espera.
- Programa 2.5. Actuaciones de inspección de centros y servicios sanitarios concertados.
- Programa 2.6. Actuaciones de inspección de centros y servicios de transfusión.
- Programa 2.7. Actuaciones de inspección de establecimientos de tejidos.
- Programa 2.8. Actuaciones de inspección de servicios sanitarios en los procedimientos de autorización sanitaria de centros y servicios sanitarios.
Área 3. Inspección en materia de sistemas de información.
- Programa 3.1. Sistema de información propio de la Inspección de Servicios Sanitarios.
- Programa 3.2. Sistemas de Información corporativos de la Conselleria de Sanidad.
Área 4. Inspección en materia de aseguramiento de la eficiencia en el uso de las prestaciones sanitarias.
- Programa 4.1. Inspección de establecimientos de ortopedia y de las prestaciones ortoprotésicas. Inspección de la prestación de oxigenoterapia y ventiloterapia.
- Programa 4.2. Inspección en los procedimientos de reintegro de gastos, ocasionados por asistencia sanitaria fuera del Sistema Nacional de salud.
- Programa 4.3. Inspección de la asistencia sanitaria en aplicación de convenios internacionales.
Área 5. Inspección en materia de responsabilidad sanitaria.
- Programa 5.1. Inspección de los procedimientos disciplinarios y sancionadores.
- Programa 5.2. Inspección de los procedimientos administrativos y del funcionamiento general de los servicios sanitarios.
- Programa 5.3. Inspección en responsabilidad patrimonial de la Conselleria de Sanidad.
- Programa 5.4. Valoración médica del daño corporal.
- Programa 5.5. Gestión de riesgos sanitarios.
Área 6. Inspección en materia de prestaciones de la seguridad social: la incapacidad temporal.
- Programa 6.1. Gestión sanitaria de la prestación por incapacidad temporal.
- Programa 6.2. Desarrollo del convenio suscrito para la mejora de la gestión de la prestación de incapacidad temporal con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Programa 6.3. Planificación y desarrollo de medidas innovadoras para la gestión sanitaria de la incapacidad temporal y búsqueda de alianzas mediante convenios específicos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Programa 6.4. Planificación y desarrollo de medidas innovadoras para la gestión sanitaria de la incapacidad temporal y búsqueda de alianzas mediante convenios específicos con las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
- Programa 6.5. Participación a través de la Comisión de Coordinación de Inspección en la recogida de datos y la elaboración de indicadores sanitarios de la incapacidad temporal, de carácter nacional.
Área 7. Inspección en materia de prestación farmacéutica.
- Programa 7.1. Inspección de la facturación de recetas médicas.
- Programa 7.2. Inspección, seguimiento y control de médicos prescriptores y farmacias dispensadoras.
- Programa 7.3. Inspección de la utilización de productos farmacéuticos para residentes en centros de la tercera edad.
- Programa 7.4. Monitorización y asistencia en las bases de datos farmacoterapéuticas especializadas en visado de inspección sanitaria y prescripción/dispensación electrónica.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, con advertencia de que agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conseller de Sanidad, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Valencia, 13 de enero de 2010.- El conseller de Sanidad: Manuel Cervera Taulet.

linea
Mapa web