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Extracto de la Resolución de 28 de febrero de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que publica la línea presupuestaria y el importe máximo para el ejercicio 2022 de la Orden 10/2011, de 24 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. [2022/1771]

(DOGV núm. 9291 de 04.03.2022) Ref. Base Datos 001777/2022

Extracto de la Resolución de 28 de febrero de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que publica la línea presupuestaria y el importe máximo para el ejercicio 2022 de la Orden 10/2011, de 24 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. [2022/1771]
BDNS (identif.): 612733.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612733)
Esta línea de ayuda está cofinanciada de la siguiente forma:
– Para las indemnizaciones por el sacrificio de animales sujetos al Programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina:
– 12 % Unión Europea
– 44 % Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
– 44 % aportación condicionada de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural.
– Para las indemnizaciones por el sacrificio de animales sujetos al Programa de Control y Erradicación de la Tuberculosis Caprina en la Comunitat Valenciana: 100 % Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural (sin cofinanciación)
– Para el resto de indemnizaciones:
– 50 % Unión Europea
– 25 % Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
– 25 % aportación condicionada de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural.

Primero. Línea presupuestaria, e importe total
La ayuda regulada por la Orden 10/2011, de 24 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aplican los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales sospechosos, enfermos o con riesgo de ser afectados como medida provisional, como medida amparada en la declaración oficial de una enfermedad, o formando parte de las campañas de control o erradicación de enfermedades en la Comunitat Valenciana se concederá, en el ejercicio 2022, con cargo a la línea de subvención y por el importe global máximo que se señala, de acuerdo con lo previsto en los estados de gastos de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, dentro del programa 714.80, Agricultura y Ganadería:
– Línea de subvención: s 0178 000
– Denominación línea: Mejorar la sanidad animal
– Importe global máximo: 610.000 €

Segundo. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes podrán presentarse a lo largo de todo el año
Para el ejercicio 2022 y de conformidad con los nuevos requerimientos exigidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos establecidos en su artículo 14, así como los solicitantes que no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente dirección de internet: sede.gva.es/es/proc642.
El órgano gestor del procedimiento debe estar autorizado por la persona interesada para poder consultar datos de estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica y los datos de identidad fiscal ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En caso contrario, la persona interesada deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes
El órgano gestor de este procedimiento está autorizado para proceder a la consulta de la siguiente información: datos de identidad, de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, así como de los datos registrados en las Agrupaciones de Defensa Sanitaria y de sus explotaciones, incluidas en aplicaciones informáticas de esta conselleria como REGA y RIIA-REMO. No obstante, si el interesado desea oponerse a ello, es imprescindible que indique la información concreta a cuya consulta se opone y los motivos que lo justifican. Si se opone queda obligado a aportar los documentos acreditativos correspondientes
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y en el artículo 4 de la Ley 40/2015, de octubre, el órgano gestor podrá verificar aquellos datos manifestados por las personas interesadas con la finalidad de comprobar la exactitud de los mismos. La potestad de verificación implica el acceso a los siguientes datos obrantes en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: consulta de concesiones y ayudas, consulta de inhabilitaciones y, en su caso, consulta de concesiones y ayudas por la regla de minimis.

Tercero. Protección de datos de carácter personal:
Puede obtener información más detallada en el siguiente enlace:
http://www.agroambient.gva.es/es/registre-de-tractaments

València, 28 de febrero de 2022.– La consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica: Mireia Mollà Herrera.

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