Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2018, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, por la que se da publicidad al importe global máximo destinado a las ayudas dirigidas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana en el año 2018. [2018/1304]

(DOGV núm. 8238 de 20.02.2018) Ref. Base Datos 001780/2018

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2018, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, por la que se da publicidad al importe global máximo destinado a las ayudas dirigidas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana en el año 2018. [2018/1304]
Mediante el Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8014, del día 4 de abril de 2017.
Por resolución del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, de 14 de diciembre de 2017, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8194, de fecha 20 de diciembre de 2017, se convocan las ayudas a entidades locales para el año 2018 de la Agència Valenciana del Turisme, dirigidas a la mejora y la competitividad de los recursos y destinos turísticos de la Comunitat Valenciana.
El artículo 3 de la citada resolución establece que la concesión de las ayudas previstas en la misma, estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Agència Valenciana del Turisme para el año 2018.
Asimismo, establece que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 5.3.d del citado decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las presentes ayudas y de acuerdo con lo que establezca la Ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, con destino a la Agència Valenciana del Turisme, por resolución del presidente de la misma, se dará publicidad de las líneas de crédito y del importe global máximo destinado a la concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria.
En consecuencia, de acuerdo con las competencias asignadas por el Decreto 209/2004, de 8 de octubre del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de la Agència Valenciana del Turisme, y de conformidad con la misma, resuelvo:

Dar publicidad a las líneas de crédito y al importe global máximo con los que se financiarán las ayudas acogidas a los distintos programas contenidos en la Resolución de 14 de diciembre de 2017, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8194, de fecha 20 de diciembre de 2017, que son los siguientes:
1. El Programa 1: Inversión en adecuación y mejora de los servicios y recursos turísticos: se financiará con cargo a la línea presupuestaria S0000913, «Adecuación y mejora de recursos y servicios turísticos», del capítulo VII de los presupuestos de la Generalitat para 2018 con destino a la Agència Valenciana del Turisme, siendo el importe global máximo 2.142.754,30 euros, importe resultante de detraer 57.245,70 euros de la consignación de 2.200.000 euros correspondiente a la anualidad 2018 establecida en dicha línea presupuestaria y vinculados a dos proyectos con expediente de concesión de ayuda bianual 2017-2018.
2. El Programa 2: Competitividad y desestacionalización de los destinos turísticos: se financiará con cargo a la línea S0000994, «Competitividad y desestacionalización de los destinos turísticos», del capítulo IV de los presupuestos de la Generalitat para 2018 con destino a la Agència Valenciana del Turisme, siendo el importe global máximo 3.400.000,00 euros.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de València, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación y, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el presidente de la Agència Valenciana del Turisme, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

València, 9 de febrero de 2018.– El presidente de la Agència Valenciana del Turisme: Francesc Colomer Sánchez.

linea
Mapa web