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Extracto de la Resolución de 25 de febrero de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. [2019/2460]

(DOGV núm. 8505 de 13.03.2019) Ref. Base Datos 002391/2019

Extracto de la Resolución de 25 de febrero de 2019, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. [2019/2460]
BDNS (identif.): 443188.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
y en la página web del IVACE:
http://www.ivace.es

Primero. Entidades beneficiarias
Entidades o personas jurídicas, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarias o empresarios individuales, dependiendo de lo establecido en cada programa y actuación apoyable.
Quedan excluidas las comunidades de regantes como beneficiarias de las actuaciones de energía solar fotovoltaica (aislada de la red), instalaciones mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red) y energía eólica (aislada de la red). No podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE), entendida como tal toda aquella persona jurídica que proporcione servicios energéticos en las instalaciones o locales de un usuario y afronte cierto grado de riesgo económico al hacerlo, excepto en el caso en que se lleven a cabo instalaciones centralizadas de producción y distribución de energía térmica destinadas a suministrar a más de un usuario. En el caso de empresarias o empresarios individuales la actuación apoyable deberá estar asociada al ejercicio de su actividad económica.

Segundo. Objeto
Ayudas para el impulso de actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos renovables y fomento del uso de los biocarburantes, dentro del Plan de Energía Sostenible de la Comunitat Valenciana 2020 (PESCV2020) así como del Plan de Energías Renovables (PER) 2011-2020, con cargo al presupuesto del IVACE del ejercicio 2019.
Las actuaciones apoyables clasificadas por programas podrán ser las siguientes:

Programa de energías renovables y biocarburantes, aplicaciones térmicas:
· Actuaciones de energía geotérmica
· Actuaciones de energía solar térmica
· Actuaciones de biomasa (aplicaciones térmicas)
· Actuaciones de biomasa (tratamiento en campo y cisternas de reparto)
· Instalaciones híbridas solar térmica + biomasa térmica
· Actuaciones de biomasa (plantas de producción de pellets/briquetas/astillas)
· Actuaciones de biogás (aplicaciones térmicas)
· Actuaciones de biocarburantes (instalación o adaptación de surtidores)
· Actuaciones de biocarburantes (plantas de producción)

Programa de energías renovables y biocarburantes, aplicaciones eléctricas:
· Actuaciones de energía minihidráulica (aislada de la red)
· Actuaciones de energía solar fotovoltaica (aislada de la red)
· Actuaciones de energía eólica (aislada de la red)
· Instalaciones mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red)

Tercero. Bases reguladoras
Orden 19/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de energías renovables y biocarburantes (DOGV 7903, 25.10.2016).

Cuarto. Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria será de 2.000.000 euros. Las ayudas previstas para las actuaciones englobadas en el Programa de energías renovables y biocarburantes, aplicaciones térmicas, contarán con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un porcentaje del 50 % a través del Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana vigente para el periodo 2014-2020.
Las ayudas tienen la consideración de subvención y una intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), y finalizará el 10 de mayo de 2019 a las 23:59.59 horas.

Sexto. Otros datos
1. Solicitudes: por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web
http://www.ivace.es
2. Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria.
3. Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas y que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso previo.
4. El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
5. Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 20 puntos.
6. Forma de justificación: en los términos previstos en el artículo 12 de la convocatoria. Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que los justificantes de gasto y pago deberán de ser de fecha posterior a la misma.
7. Plazo máximo de justificación: 20 de diciembre de 2019 en el caso de las actuaciones de energía solar fotovoltaica aislada o mixta eólica-fotovoltaica aislada, las actuaciones de energía eólica aislada y las actuaciones de energía minihidráulica aislada. Para el resto de actuaciones el plazo máximo de justificación será el 2 de marzo de 2020.

València, 25 de febrero de 2019.– El presidente del IVACE: Rafael Climent González.

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