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ORDEN 2/2013, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, que modifica la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijan las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme. [2013/2503]

(DOGV núm. 6985 de 14.03.2013) Ref. Base Datos 002673/2013

ORDEN 2/2013, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, que modifica la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijan las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme. [2013/2503]
PREÁMBULO

La Ley 3/1998, de 21 de mayo, de Turismo de la Comunitat Valenciana, aprobada en ejercicio de la competencia que sobre esta materia contempla nuestro Estatuto de Autonomía, establece en su artículo 22 que corresponde a la Generalitat, a través de la Agència Valenciana del Turisme, la elaboración y determinación de las líneas básicas conducentes a facilitar la correcta comercialización de la oferta turística de la Comunitat Valenciana, incentivando la demanda por medio de las oportunas acciones de promoción que se proyecten dentro y fuera de su ámbito territorial, siendo objetivo fundamental a alcanzar a través de esta línea básica de actuación, potenciar las acciones de promoción de la oferta turística de la Comunitat Valenciana, y sus distintas marcas y productos turísticos, dentro y fuera de su ámbito territorial, señalando en su artículo 23 que la potenciación de la actividad turística se llevará a cabo atendiendo a la consecución de los objetivos señalados a través de los programas elaborados a tal fin por la Agència Valenciana del Turisme.
Para posibilitar estas acciones de fomento se dictó la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijaron las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme.
En el artículo 1, apartado 2, de la referida Orden de Bases se indica que «los proyectos y actuaciones objeto de ayuda deberán hallarse siempre localizados en el territorio de la Comunitat Valenciana». Ahora bien, las acciones de promoción, como se contempla en la citada Ley 3/1998, de Turismo de la Comunitat Valenciana y por su propia naturaleza, pueden desarrollarse tanto dentro como fuera de su ámbito territorial. Por ello y con el fin de complementar la redacción inicial de dicho precepto de la citada Orden de bases, se añade un inciso aclaratorio que recoge la referida previsión legal.
Por otro lado, según lo previsto en el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se modifica la redacción del apartado 2.2.c) del artículo 12 referente a la justificación y pago de las ayudas, con el fin de matizar el concepto de gasto realizado con respecto a la justificación de las ayudas dirigidas a entidades locales, conforme a las actuales circunstancias económicas.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, de acuerdo con las competencias asignadas por el Decreto 188/2012 de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, previo informe de la Abogacía General de la Generalitat, vista la propuesta de la Dirección General de Turismo y de conformidad con esta

ORDENO

Artículo único. Objeto y ámbito
Se modifica la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijan las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme, en los siguientes artículos:
1. Se modifica el apartado 2 del artículo 1
2. Se modifica el apartado 2.2.c) del artículo 12
La redacción de los preceptos anteriores será la establecida en el anexo de la presente orden.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 27 de febrero de 2013

El conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo,
MÁXIMO BUCH TORRALVA


ANEXO

Modificaciones de la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijan las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme

1. Se de una nueva redacción al apartado 2 del artículo 1, que quedará expresada de la siguiente forma:
«2. Las convocatorias de ayudas tendrán como objeto el apoyo a proyectos y actuaciones en recursos y oferta turística de la Comunitat Valenciana en el marco del Plan Estratégico Global del Turismo de la Comunitat Valenciana 2010-2020. Los proyectos y actuaciones objeto de ayuda deberán hallarse siempre localizados en el territorio de la Comunitat Valenciana, si bien las acciones de promoción de su oferta turística podrán desarrollarse dentro y fuera de su ámbito territorial».

2. Se da una nueva redacción al apartado 2.2.c) del artículo 12, que quedará expresada de la siguiente forma:
«c) Documentación acreditativa del gasto realizado, correspondiente a facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos que se establezcan en la correspondiente convocatoria. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación correspondiente. Cuando el beneficiario sea una entidad local, en los términos establecidos en el artículo 1 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, también se considerará gasto realizado aquel cuya deuda haya sido formalmente reconocida a la finalización del período de justificación, en los términos que se establezcan en la correspondiente convocatoria.»

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