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CORRECCIÓN de errores de la Orden 6/2014, de 4 de marzo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se fijan los periodos hábiles y las normas generales relacionadas con la pesca deportiva y de entretenimiento en aguas continentales de la Comunitat Valenciana. [2014/2958]

(DOGV núm. 7248 de 04.04.2014) Ref. Base Datos 002952/2014

CORRECCIÓN de errores de la Orden 6/2014, de 4 de marzo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se fijan los periodos hábiles y las normas generales relacionadas con la pesca deportiva y de entretenimiento en aguas continentales de la Comunitat Valenciana. [2014/2958]
En la citada orden, se ha detectado un error en el anexo I (página 5897 del Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 7237, de fecha 20 de marzo de 2014), en concreto el siguiente:
En la provincia de Valencia, en el río Túria entre el coto de Chulilla (V003) y el coto de Bugarra (V004) aparece un tramo sin denominación específica, debiendo figurar en el mismo: coto de Gestalgar.

Donde dice:
«Denominación: sin denominación específica. Tramo: desde la presa de la Moliná hasta 1.000 m aguas arriba de la central hidroeléctrica de la papelera La Curva de Caravinas. Situación: libre. Aguas habitadas por la trucha: sí. Periodo: del tercer domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: mosca y cucharilla. Modo: una caña sin abandono. Capturas: trucha arco iris sin cupo ni talla. Días hábiles: lunes, jueves, viernes, sábados y domingos y festivos».

Debe decir:
«Denominación: Gestalgar (V025). Tramo: desde el límite con el término municipal de Chulilla en la presa de la Moliná. Hasta el inicio del coto de Bugarra (V004) Situación: acotado. Aguas habitadas por la trucha: sí. Periodo, cebos, modo, capturas y días hábiles: según normas del acotado».

Valencia, 25 de marzo de 2014.– El subsecretario: Gaspar Peral Ribelles.

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