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DECRETO 55/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. [2013/4520]

(DOGV núm. 7017 de 06.05.2013) Ref. Base Datos 004240/2013

DECRETO 55/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. [2013/4520]
PREÁMBULO

El Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana establece las competencias regionales en materia de investigación y desarrollo. Así, la disposición 7ª del artículo 49.1 del Estatut especifica que la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre la investigación, las academias y el fomento y desarrollo de la investigación, el desarrollo y la innovación a nivel regional, sin perjuicio de lo que dispone el número 15 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española.
Además, el artículo 19.1 del Estatut d'Autonomia especifica que, en el ámbito de sus competencias, la Generalitat impulsará un modelo de desarrollo equitativo, territorialmente equilibrado y sostenible, basado en la incorporación de procesos de innovación, y el artículo 52.2 prevé que la Generalitat fomentará su propio sistema de ciencia y tecnología, promoviendo su articulación y la cooperación entre sus agentes con el fin de fomentar el desarrollo tecnológico y la innovación para apoyar el progreso y la competitividad empresarial de la Comunitat Valenciana. Por último, el artículo 79.1 del Estatut d'Autonomia establece que la Generalitat fomentará la cooperación entre los agentes públicos y privados que constituyen el sistema valenciano de investigación, desarrollo e innovación.
La Ley 2/2009, de 14 de abril, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Valenciano de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, estableció el Plan General Estratégico de Ciencia y Tecnología de la Comunitat Valenciana, al tiempo que se determinaban los órganos de coordinación y ejecución de los mismos.
Dentro de los objetivos que se ha marcado el Consell, consecuente con las responsabilidades que conllevan las atribuciones recogidas por el Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, se encuentra el efectuar una revisión actualizada, profunda y cualitativa de las estrategias de actuación del sistema valenciano de ciencia, tecnología e innovación, en el marco de la Estrategia Europa 2020, al objeto de alcanzar un modelo de crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
La coordinación de las políticas de ciencia, tecnología e innovación con el Gobierno de España y con la Unión Europea, así como con el resto de las políticas sectoriales, al objeto de generar las sinergias y complementariedades necesarias, implica la corresponsabilidad de las Administraciones competentes y la adopción de criterios compartidos en materia de gestión, evaluación y, en su caso, la implantación de modelos de cofinanciación. Esta coordinación permite alinear y dar coherencia, sin por ello perder de vista la especificidad y características del sistema valenciano de ciencia, tecnología e innovación, a nuestra estrategia con los objetivos perseguidos por la Unión Europea en materia de I+D+i, definidos en la Comunicación de la Comisión Europea «Unión por la Innovación» publicada en octubre de 2010, en el marco para la financiación de estas actividades, «Horizonte 2020», así como con la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020, facilitando la colaboración y participación de nuestros agentes, en el entorno nacional y europeo de forma natural, constante y creciente.
La Unión Europea está haciendo un gran esfuerzo para dejar atrás la crisis y crear las condiciones propicias para una economía más competitiva que genere más empleo. La Estrategia Europa 2020 persigue lograr un crecimiento inteligente, a través de inversiones más eficaces en educación, investigación e innovación; sostenible, gracias al impulso decidido a una economía competitiva y baja en carbono; e integrador, que ponga el acento en la creación de empleo y el incremento del bienestar.
En este ámbito, recientemente se ha aprobado por el Consejo Europeo, sobre la propuesta de la Comisión Europea, el Programa Específico por el que se ejecuta Horizonte 2020, futuro Programa Marco de Investigación e Innovación (2014 - 2020) que durante 2013, el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo discutirán sus respectivas propuestas para llegar a un acuerdo de manera que Horizonte 2020 pueda estar operativo en 2014.
Asimismo, en el marco de la política regional europea, la especialización inteligente emerge como elemento clave para ubicar políticas de innovación, impulsando y concentrando el apoyo político y las inversiones regionales en Europa en prioridades clave, retos y necesidades para el desarrollo basado en el conocimiento y la innovación.
En el marco de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se aprobó la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020, y que integra la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología y la Estrategia Española de Innovación que, en consonancia con Horizonte 2020, se dirigirá al fomento y desarrollo de las actividades de I+D+i y al importante papel que dichas actividades desempeñan en el desarrollo de las actividades económicas, la generación de empleo, el liderazgo científico y empresarial del país y por tanto en la mejora de la competitividad y la recuperación de la senda del crecimiento económico de España. La Estrategia Española fija los ejes prioritarios que cubren todo el proceso de desarrollo y aplicación de la investigación científica y tecnológica «desde la idea al mercado» potenciando el talento y la empleabilidad, la excelencia de la investigación científica y técnica, el liderazgo empresarial en I+D+I, y orientando las actuaciones a los retos de la sociedad y la internacionalización del sistema.
En este marco institucional, se estima adecuado la creación de una Comisión Delegada del Consell que, inspirada en la necesaria colaboración, cooperación y diálogo de los distintos departamentos, diseñe, con una visión de futuro puesta en 2020, un marco estratégico para las políticas de ciencia, tecnología e innovación que impulse las reformas estructurales, defina los incentivos y determine los objetivos y esfuerzos que es necesario realizar para crear las capacidades de ciencia, tecnología e innovación que hagan de la Comunitat Valenciana una región innovadora, con una industria competitiva que ponga el acento en la creación de empleo y refuerce nuestra posición internacional en un escenario global.
De conformidad con todo ello, en virtud de lo previsto en los artículos 49.1.7ª y 79.1 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, y lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 3 de mayo de 2013,

DECRETO

Artículo 1. Creación y funciones de la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
1. Se crea la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, adscrita a la Conselleria competente en materia de innovación tecnológica, con las funciones, competencias, composición y régimen de funcionamiento establecidos en el presente Decreto.
2. Corresponde a la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La orientación y coordinación de las políticas de ciencia, tecnología e innovación de las distintas Consellerías competentes en coherencia con las políticas nacional y europea.
b) El estudio y análisis de los ejes básicos a incorporar en la propia estrategia de ciencia, tecnología e innovación de la Generalitat a propuesta de cada Conselleria.
c) La evaluación, seguimiento y control de las líneas y actuaciones en materia de ciencia, tecnología e innovación en base a sistemas de indicadores.
d) Resolver, por delegación del Consell, los siguientes asuntos:
1.º Establecimiento de las necesidades, retos y prioridades de especialización para el desarrollo económico y social basado en el conocimiento y la innovación.
2.º Medidas de coordinación y cooperación con entidades y empresas públicas y privadas, en el ámbito nacional e internacional con sectores de I+D.
3.º Evaluación y seguimiento de resultados de los programas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación del sector público.
e) Cualesquiera otras funciones relacionadas con el ámbito de su competencia o que les sean atribuidas por la normativa vigente o por la que en el futuro se dicte, así como las que le encomiende el Consell, por mandato específico o disposición de carácter general, y las que le deleguen los órganos con competencia en las materias delegadas.

Artículo 2. Composición de la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
1. La Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación está integrada por:
a) Presidencia: la persona titular de la Conselleria competente en materia de innovación tecnológica.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la Conselleria competente en materia de ciencia.
c) Vocales:
1.º Las personas titulares de las Consellerías competentes en las siguientes materias: industria, economía, educación, hacienda, sanidad, agricultura, pesca y alimentación, territorio y medio ambiente.
2.º Las personas titulares de las Secretarías Autonómicas con competencias en materia de industria, energía, universidad, ciencia, turismo, economía, empleo, hacienda, sanidad, agricultura, pesca y alimentación, territorio, medio ambiente, y telecomunicaciones y tecnologías de la información.
Ejercerá las funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión la persona titular de la Secretaría Autonómica con competencia en materia de investigación industrial e innovación, quien elaborará las actas de las reuniones y las custodiará.
2. En función de los asuntos a tratar, la Presidencia de la Comisión podrá convocar a sus sesiones a los responsables de las distintas Consellerías que no sean miembros de la misma, así como a responsables de los organismos, entidades y empresas dependientes de la Administración de la Generalitat o de aquellas otras entidades o instituciones con competencias en la materia.

Artículo 3. Funcionamiento de la Comisión Delegada del Consell para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
1. La Presidencia de la Comisión fijará el Orden del Día de sus sesiones, el cual estará integrado por los asuntos propuestos por sus miembros.
2. En lo demás, la Comisión ajustará su funcionamiento a lo previsto para el Consell en los artículos 22 y 23 de la Ley del Consell.
3. La Comisión se reunirá, al menos, semestralmente, sin perjuicio de que pueda ser convocada por la Presidencia con mayor frecuencia.
4. La Comisión podrá recabar el asesoramiento de la Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+I, y su Comisión Técnica permanente, así como de la Secretaría Técnica del Alto Consejo Consultivo en I+D+I de la Presidencia de la Generalitat.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Regla de no gasto
La implementación y posterior desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto del presupuesto de la Generalitat, y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la Conselleria competente por razón de la materia.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa
El presente Decreto deroga cuantas normas de igual o inferior rango se opongan al mismo. Queda expresamente derogado el Decreto 104/2008, de 11 de julio, del Consell, por el que se creó y reguló la Comisión Delegada del Consell para la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 3 de mayo de 2013

El president de la Generalitat,
ALBERTO FABRA PART

El conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo,
MÁXIMO BUCH TORRALVA

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