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Propuesta de Resolución de 12 de julio de 2016, de la directora de la Agència Valenciana del Turisme, de denegación de ayudas dirigidas a las entidades locales de la comunitat valenciana [2016/6073]

(DOGV núm. 7841 de 01.08.2016) Ref. Base Datos 005819/2016

Propuesta de Resolución de 12 de julio de 2016, de la directora de la Agència Valenciana del Turisme, de denegación de ayudas dirigidas a las entidades locales de la comunitat valenciana [2016/6073]
Antecedentes de hecho
Primero. Por Resolución de 18 de febrero de 2016, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (núm. 7732) del día 2 de marzo de 2016, se convocan las ayudas 2016 de la Agència Valenciana del Turisme dirigidas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana para los proyectos que se enmarcan en los programas que se detallan en el anexo I de la citada resolución, que son los siguientes:

Programa 1, «Adecuación y puesta en valor turístico de los recursos»: 1.740.000 euros.
Programa 2, «Impulso al turismo sostenible»: 250.000 euros. (150.000 cap. VII y 100.000 cap. IV)
Programa 3, «Impulso a la excelencia turística»: 80.000 euros.
Programa 4, «Mejora de la señalización turística»: 200.000 euros.
Programa 5, «Impulso imagen de los destinos turísticos: 750.000 euros.
Programa 6, «Adecuación y mejora de las instalaciones de la red Tourist Info»: 270.000 euros.
Segundo. Con diferentes fechas tuvieron entrada en la Agència Valenciana del Turisme diversas solicitudes de ayuda, acogidas a los citados programas, que han dado lugar a la instrucción de los expedientes relacionados en el documento anexo, adjunto a la presente propuesta de resolución.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2 de la resolución de convocatoria, se ha reunido la Comisión de Evaluación de Ayudas, en sesión de fecha 7 de julio de 2016, adoptando, entre otros, los siguientes acuerdos:
1.º. Informar desfavorablemente las solicitudes que se relacionan en el documento Anexo III «Solicitudes desfavorables P1, P2, P3, P4, P5 y P6» a efectos de concesión de ayuda por los siguientes motivos:
– Por no corresponder el proyecto con el objeto o las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria de ayudas.
– Por presentación de la solicitud fuera de plazo establecido en la convocatoria de ayudas.
– Por ser el coste subvencionable inferior al establecido en la convocatoria de ayudas.
– Por no haber alcanzado la solicitud la puntuación mínima exigida en la resolución de convocatoria de ayudas.
– Por haber obtenido una puntuación inferior a la mínima establecida por la Comisión de Evaluación.
– Por no poder ser el solicitante beneficiario de la ayuda según establece la resolución de convocatoria de ayudas.
2.º. Trasladar los acuerdos anteriores a la directora de la Agència Valenciana del Turisme, la cual en cumplimiento del artículo 8.3 de la Resolución de 18 de febrero de 2016, por la que se convocan las presentes ayudas, emitirá la correspondiente propuesta de resolución.

Fundamentos de derecho
Primero. La Resolución de 18 de febrero de 2016, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme por la que se convocan las ayudas 2016 de la Agència Valenciana del Turisme dirigidas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana, la Orden 34/2014, de 4 de noviembre, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se fijan las bases reguladoras, para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de aplicación.
Segundo. La competencia para dictar la presente propuesta la ostenta la directora de la Agència Valenciana del Turisme de acuerdo con las competencias asignadas por el Art. 9 del Decreto 209/2004, de 8 de octubre del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de la Agència Valenciana del Turisme, así como el artículo 8.3, de la Resolución de 18 de febrero de 2016, citada en el fundamento primero.
Tercero. El artículo 55.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el que se establece que podrán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, las resoluciones administrativas de la misma naturaleza, especificándose las personas u otras circunstancias que individualicen los efectos del acto para cada interesado.
Cuarto. El artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que deberá notificarse la propuesta de resolución y conceder un plazo de diez días para la presentación de alegaciones.
Quinto. El artículo 59, apartado 6, letra b, en relación con el artículo 60, apartado 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contempla la posibilidad de que los actos administrativos sean objeto de publicación, con efectos de notificación y así viene contemplado en el artículo 9.3 de la Resolución de 18 de febrero de 2016, por la que se convocan las presentes ayudas.

Vistos los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, se propone:

I. Denegar la subvención a los solicitantes de las ayudas que se detallan en el documento Anexo de la presente propuesta, con indicación del motivo de denegación, correspondientes al Programa 1 «Adecuación y puesta en valor turístico de los recursos», Programa 2 «Impulso al turismo sostenible», Programa 3 «Impulso a la excelencia turística», Programa 4 «Mejora de la señalización turística», Programa 5 «Impulso imagen de los destinos turísticos» y Programa 6 «Adecuación y mejora de las instalaciones de la red Tourist Info», de la Resolución de 18 de febrero de 2016 por la que se rige la presente convocatoria.

II. Publicar la presente propuesta en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, con efectos de notificación, concediendo un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación, para la presentación de alegaciones y poniendo de manifiesto el expediente a los interesados.

Valencia, 12 de julio de 2016.– La directora de la Agència Valenciana del Turisme: Raquel Huete Nieves.

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