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ORDEN 7/2015, de 17 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las bases que han de regir la implantación de un proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en determinados colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat. [2015/7684]

(DOGV núm. 7619 de 21.09.2015) Ref. Base Datos 007499/2015

ORDEN 7/2015, de 17 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las bases que han de regir la implantación de un proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en determinados colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat. [2015/7684]
El artículo 27 de la Constitución Española señala, entre otros cosas, que todo el mundo tiene derecho a la educación, la cual debe tener como objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y a las libertades fundamentales. Además, los poderes públicos deben garantizar el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados, que incluye la creación de centros docentes.
La UNESCO, en su iniciativa Educación para todos (EPT), adquirió un compromiso mundial para ofrecer educación básica de calidad a todos los niños, jóvenes y adultos. Uno de sus objetivos consiste en extender, mejorar la protección y educación integral de la primera infancia, especialmente en el caso de los niños más vulnerables y desfavorecidos. Asimismo, la escuela debe actuar como compensadora de las faltas que sean consecuencia de las diversidades sociales y familiares.
En estos primeros años de la infancia se efectúan los aprendizajes básicos y se desarrollan las estructuras iniciales del conocimiento que permitirán y facilitarán las adquisiciones de aprendizajes posteriores. Si en algún momento del desarrollo humano se puede incidir de manera decisiva y compensatoria es precisamente en estas fases iniciales, en las que se tendrá que contemplar un nuevo concepto de cultura escolar adaptada al conjunto de cambios sociales.
La oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil se está llevando a cabo en la Comunitat Valenciana a través de las escuelas infantiles de primer ciclo dependientes de la Generalitat y de las escuelas infantiles autorizadas dependientes de las corporaciones locales.
El artículo 15.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, determina que las administraciones públicas promoverán un incremento progresivo en la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil. Asimismo, en el apartado 3 del artículo 15 de la citada ley orgánica se establece que los centros podrán ofrecer el primer ciclo de Educación Infantil, el segundo o ambos.
Es objetivo de la Generalitat incrementar la oferta de plazas escolares de Educación Infantil de primer ciclo y favorecer la conciliación de la vida familiar y la laboral.
En este sentido se considera conveniente iniciar un proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en determinados colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
El Decreto 37/2008, de 28 marzo, del Consell (DOCV 03.04.2008) estableció los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunitat Valenciana, con la intención de garantizar al conjunto de niñas y niños una educación de calidad.
Vista la propuesta de la Dirección General de Política Educativa, de fecha 11 de septiembre y de conformidad con esta.
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y de las competencias asignadas en el artículo 22 del Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell (DOCV 08.08.2015), por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat,


ORDENO

Artículo 1. Objeto de la norma
La presente orden tiene por objeto aprobar las instrucciones que figuran en el anexo I de esta orden para la implantación, durante el curso 2015-16, de un proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en determinados colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
Artículo 2. Vigencia
Antes de finalizar el curso académico 2015-16, previa evaluación del proyecto experimental, se podrá ampliar su vigencia para posteriores cursos académicos.

Artículo 3. Ámbito de aplicación
El proyecto experimental de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años se llevará a cabo en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat que figuran en el anexo II de esta orden.

Artículo 4. Modelo de solicitud de plaza escolar
La instancia para solicitar la admisión a los centros será la que figura en el anexo III de esta orden.


DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Delegación de competencias
Se faculta a las direcciones generales con competencias en materia de centros docentes, personal, ordenación e innovación educativa para que dicten las resoluciones necesarias para la ejecución y desarrollo de la presente orden.

Segunda. Difusión, aplicación y supervisión de la norma
1. Los equipos directivos de los centros cumplirán y harán cumplir el contenido de la presente orden y difundirán su contenido entre los miembros de la comunidad educativa.
2. Las direcciones territoriales competentes en materia de educación adoptarán las medidas necesarias para la difusión y aplicación de esta orden.
3. La Inspección de Educación velará por el cumplimiento de lo establecido en esta orden.


DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.


DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 17 de septiembre de 2015

El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte,
VICENT MARZÀ IBÁÑEZ




ANEXO I
Instrucciones

1. Planificación
1.1. Documentos de planificación educativa:
Los centros educativos en los que se implanta el proyecto experimental de incorporación de aulas del primer ciclo de Educación Infantil, de 2 a 3 años, durante el curso 2015-16 modificarán sus documentos de planificación educativa, para incluir todo aquello referido a este nivel educativo. Así pues, se deberá referenciar al Proyecto Educativo de Centro, al Proyecto Lingüístico de Centro y a la Programación General Anual.
1.2. Personal docente
1.2.1.Tutor/a
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte dotará a cada centro seleccionado con un docente más de Educación Infantil.
1.2.2. Educador/a de Educación Infantil
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte dotará a los centros seleccionados con un educador/a de Educación Infantil.
El horario del educador/a se regirá por lo que dispone el Decreto 175/2006, de 24 de noviembre, del Consell (DOCV 5397, 28 de noviembre) por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración del Consell y la instrucción de la Dirección General de Centros y Personal Docente de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de 23 de junio de 2014.
1.2.3. Equipo educativo del proyecto
El equipo educativo del proyecto experimental estará formado por el tutor/a del grupo, el educador/a de Educación Infantil, el jefe de estudios, el coordinador de segundo ciclo de Infantil y, si es necesario, el especialista en Pedagogía Terapéutica y el de Audición y Lenguaje; además, siempre que sea conveniente, contará con el apoyo del orientador escolar del SPE y/o del psicólogo del Gabinete Psicopedagógico Municipal, si es su caso.
El equipo educativo del proyecto se deberá coordinar para llevar adelante las siguientes funciones:
– La elaboración, desarrollo y seguimiento de la propuesta pedagógica que configura la programación de aula. Corresponde al tutor/a del grupo la elaboración de la citada programación de acuerdo con lo que se establece en el artículo 6.3 del Decret 37/2008 (DOC 5734, de 3 d’abril),
– La orientación y el seguimiento del proyecto experimental,
– La elaboración del Plan de Adaptación y Acogida y del Plan de Salud e Higiene,
– La coordinación de la atención a la diversidad del alumnado,
– La evaluación del proyecto experimental.
El responsable de la coordinación del equipo educativo del proyecto será la persona que ostente la jefatura de estudios y para ello, contará con la colaboración del coordinador/a del segundo ciclo de Infantil, del tutor o tutora de Educación Infantil del alumnado de 2 a 3 años y del educador/a de Educación Infantil.
Ratio
La ratio máxima de las aulas de 2 a 3 años de los centros que participan en el proyecto experimental será, durante el curso 2015-16, de 18 alumnos.

2. Organización
Coordinación
El tutor/a del aula de dos años y el educador/a de Educación Infantil se integrarán en el equipo de segundo ciclo de Educación Infantil.
Horario
El horario de la jornada escolar será el mismo que el del resto del alumnado de Educación Infantil de segundo ciclo del centro.
Actividad educativa
La actividad educativa se organizará de acuerdo con la perspectiva globalizadora de la etapa y de manera que pueda dar respuesta a las necesidades biológicas de alimentación, de higiene, de descanso, de seguridad y de comunicación, entre otros. En todo momento se atenderá a lo que dispone el Decreto 37/2008, de 28 de marzo, del Consell (DOCV 5734, 3 de abril), por el que se establecen los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunitat Valenciana.
Evaluación del alumnado
La evaluación del alumnado se hará de acuerdo con lo que dispone la Orden de 24 de junio de 2008, de la Conselleria de Educación sobre la evaluación de la etapa de Educación Infantil, (DOCV 5814, 25 de julio) y de acuerdo con las orientaciones que facilitará la Dirección General de Política Educativa.

3. Admisión y matriculación
3.1. Normativa de admisión
Para la admisión del alumnado se aplicará lo establecido en el Decreto 33/2007, de 30 de marzo, del Consell, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general (DOCV 5483, 3 de abril), modificado por el Decreto 42/2013, de 22 de marzo, del Consell (DOCV 6991, 26 de marzo).
También será de aplicación la Orden 14/2013, de 4 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunitat Valenciana (DOCV 7001, 11 de abril).
3.2. Calendario de admisión
Para el curso 2015-2016 se abrirá un período extraordinario de entrega de solicitudes de admisión, del 21 al 28 de septiembre de 2015.
La comprobación de duplicidades será hasta el 29 de septiembre.
La baremación de las solicitudes por parte de los consejos escolares de los centros: primera, segunda y tercera opción hasta el 30 de septiembre.
Los centros harán pública la relación provisional de alumnado admitido, con la baremación correspondiente, en su tablón de anuncios el 1 de octubre.
Las reclamaciones a la lista provisional podrán presentarse en el centro los días 1 y 2 de octubre de 2015.
El Consejo Escolar del centro resolverá las reclamaciones y la lista definitiva de admitidos se hará pública el día 5 de octubre de 2015.
Las reclamaciones contra las listas definitivas se formularán ante la Comisión de Escolarización hasta el 6 de octubre. Estas reclamaciones se resolverán y contestarán por escrito hasta el día 8 de octubre.
3.3. Procedimiento
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte informará a la comunidad educativa sobre el programa experimental y la relación de centros participantes, con la colaboración de la Concejalía de Educación del ayuntamiento correspondiente y de la Inspección Educativa.
Podrán acceder a estas aulas de 2 a 3 años los niños y niñas que hayan nacido en el año 2013.
Los criterios para la valoración de las solicitudes de plaza escolar serán los que figuran en el anexo I de la orden 14/2013, de 4 de abril.
Los solicitantes de plaza escolar deberán aportar con la solicitud los documentos acreditativos de las circunstancias alegadas para su baremación.
Para la obtención de la puntuación por el concepto de renta anual de la unidad familiar será requisito imprescindible rellenar las datos que figuran en el anexo VI de la Orden 14/2013, de 4 de abril, antes mencionada, para que la administración educativa obtenga confirmación de los datos a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. A este efecto, todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años autorizarán la mencionada comprobación con su firma en este documento.
En caso de que la demanda de plazas escolares sea inferior a la oferta, se aceptarán todas las solicitudes.
Si la demanda es superior a las plazas ofrecidas, el Consejo Escolar del centro las asignará de acuerdo con el baremo determinado en el anexo I de la Orden 14/2013, de 4 de abril (DOCV 7001, 11 de abril).
3.4. Comisión de Escolarización
En cada localidad donde se ofrezca el proyecto experimental actuará la comisión de escolarización que se constituyó para la admisión del alumnado para el curso académico 2015-2016.
3.5. Formalización de la matrícula
La matrícula del alumnado admitido se realizará en los centros educativos desde el día 6 al 8 de octubre.
El plazo de formalización de la matrícula para cubrir las plazas vacantes por renuncia será el día 13 de octubre.
Para la formalización de la matrícula se aportará:
a) El libro de familia o, si no existe, una certificación de la inscripción de nacimiento entregada por el Registro Civil.
b) El documento sanitario obligatorio para inicio de etapa educativa establecido por la conselleria competente en materia de sanidad.
Este documento se facilitará en los centros sanitarios y será rellenado gratuitamente por el facultativo que tenga a su cargo el control sanitario del alumno/a.

4. Calendario inicio de curso
De forma extraordinaria, el alumnado que participa en el proyecto experimental, iniciará el curso el día 13 de octubre y lo finalizará de acuerdo con lo que señala el calendario escolar para el curso 2015-16.

5. Incorporación del alumnado
5.1. Atención a la diversidad
Se aplicará lo que dispone el artículo 12 del Decreto 37/2008, de 28 de marzo, del Consell (DOCV 5734, 3 de abril), por el que se establecen los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunitat Valenciana.
5.2. Plan de Salud e Higiene
El equipo educativo, atendiendo las características del centro, del aula y del alumnado, redactará un Plan de Salud e Higiene según el modelo de documento que facilitará la Dirección General de Política Educativa. Este plan deberá estar elaborado antes de la incorporación del alumnado en el centro.

6. Recursos materiales
La Inspección Educativa informará a la Dirección General de Centros y Personal Docente sobre las posibles necesidades de mobiliario del aula para que se les dote.

7. Relaciones con las familias
7.1. Reunión inicial
Previamente al inicio del curso, hechas públicas las listas del alumnado admitido, el equipo docente del aula 2-3 años, maestros de Educación Infantil, educador/a de Educación Infantil y la dirección del centro convocarán a las personas que tengan la patria potestad o tutela de las niñas y de los niños a una reunión en la que figurarán como puntos del orden del día el funcionamiento del centro y los aspectos que se consideren necesarios sobre la colaboración y participación de las familias.
El equipo educativo elaborará el Plan de Acción Tutorial específico para el aula de dos años, de acuerdo con las características propias de la edad. La Dirección General de Política Educativa facilitará un modelo que servirá de orientación al equipo docente del aula de 2-3 años.
Durante el mes de octubre será realizada, exclusivamente por las tutoras o tutores del alumnado que inicia la escolaridad en este proyecto, la entrevista inicial con las familias.
Una vez rellenado el modelo de entrevista, formará parte del historial educativo del alumnado. El calendario de evaluación y de entrega de información a los representantes legales del alumnado se realizará en la mencionada entrevista.
7.2. Reuniones trimestrales
Con una periodicidad al menos trimestral y con un lenguaje sencillo y fácil de interpretar, se elaborará un informe para los representantes legales del alumnado que se ajustará a los contenidos desarrollados a lo largo del trimestre; este informe reflejará el progreso conseguido por la niña o niño, y, si es procedente, las medidas educativas complementarias que se hayan adoptado. El modelo de informe figurará en el proyecto educativo.

8. Formación
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte programará una formación específica para el tutor/a, coordinador/a de ciclo, jefe de estudios y educador/a implicado en el programa durante el mes de septiembre y, además, cuando se considere necesario.

9. Seguimiento y evaluación del proyecto
Dado que se trata de un proyecto experimental, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, mediante la Dirección General de Política Educativa, planificará un seguimiento de carácter científico que permita la comprobación del nivel de calidad del proyecto, el establecimiento de planes de mejora a partir de la constatación de los diferentes elementos, la necesidad de recursos y la determinación de los factores de éxito.




ANEXO II
Relacion de centros públicos de educación infantil y primaria
que aplicarán el proyecto experimental


PROVINCIA ALICANTE

MUNICIPIO DT CÓDIGO CENTRO
1 Alicante Alicante 03010193 CEIP Emilio Varela
2 Alicante Alicante 03009971 CEIP Mora Puchol
3 Alcoy Alicante 03000230 CEIP El Romeral
4 Alcoy Alicante 03010284 CEIP Miguel Hernández
5 Almoradí Alicante 03009981 CEIP Manuel de Torres
6 Benidorm Alicante 03011914 CEIP Puig Campana
7 Dénia Alicante 03009750 CEIP Les Vessanes
8 Dénia Alicante 03004120 CEIP Cervantes
9 Elda Alicante 03011215 CEIP Nuevo Almafra
10 El Campello Alicante 03003565 CEIP Rafael Altamira
11 Elche Alicante 03012049 CEIP Ausiàs March
12 Elche Alicante 03004752 CEIP Dama d’Elx
13 Novelda Alicante 03006694 CEIP Alfonso X el Sabio
14 Orihuela Alicante 03007212 CEIP Villar Palasí



PROVINCIA CASTELLÓN

MUNICIPIO DT CÓDIGO CENTRO
15 Burriana Castellón 12000625 CEIP Francesc Roca i Alcaide
16 Castellón Castellón 12000832 CEIP Bisbe Climent
17 Castellón Castellón 12000820 CEIP Maestro Canós Sanmartín
18 Castellón Castellón 12000868 CEIP Mestre Antonio Armelles Doménech
19 La Vall d’Uixó Castellón 12002701 CEIP Rosario Pérez
20 Vila-real Castellón 12002841 CEIP Concepción Arenal
21 Vila-real Castellón 12003456 CEIP Carlos Sarthou Carreres



PROVINCIA VALENCIA

MUNICIPIO DT CÓDIGO CENTRO
22 Alaquàs Valencia 46000158 CEIP Gonzàlez Gallarza
23 Alaquàs Valencia 46027930 CEIP Ciutat de Cremona
24 Carcaixent Valencia 46002702 CEIP Francesc Pons Boigues
25 Ontinyent Valencia 46015629 CEIP Bonavista
26 Ontinyent Valencia 46006136 CEIP Vicente Gironés Mora
27 Sagunto-Port Valencia 46016567 CEIP Vilamar
28 Torrent Valencia 46008731 CEIP Federico Maicas
29 Valencia Valencia 46012456 CEIP Miguel Hernández
30 Valencia Valencia 46018333 CEIP Federico García Lorca
31 Valencia Valencia 46014856 CEIP Nicolau Primitiu
32 Valencia Valencia 46012768 CEIP Padre Manjón
33 Valencia Valencia 46012732 CEIP Les Arts
34 Xàtiva Valencia 46004735 CEIP Attilio Bruschetti
35 Xàtiva Valencia 46004711 CEIP Taquígraf Martí


ANEXO III
Modelo de solicitud plaza escolar

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Mapa web