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RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2023, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se modifica la Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 9501, 30.12.2022), por la que se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2023, corregida por Resolución de corrección de errores de 9 de enero de 2023 (DOGV 9511, 13.01.2023). [2023/8115]

(DOGV núm. 9642 de 18.07.2023) Ref. Base Datos 007807/2023

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2023, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se modifica la Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 9501, 30.12.2022), por la que se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2023, corregida por Resolución de corrección de errores de 9 de enero de 2023 (DOGV 9511, 13.01.2023).
[2023/8115]
Antecedentes de hecho
I) Mediante Resolución de 30 de diciembre de 2021 (DOGV 9262, 24.01.2022) de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022.
II) Por Resolución de 1 de abril de 2022 (DOGV 9318, 12.04.2022), de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se resolvió el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social para acogerse al régimen de acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2022.
III) El resuelvo cuarto de la citada Resolución de 1 de abril de 2022 establece que los acuerdos que se suscriban finalizarán en todo caso el día 31 de diciembre de 2022, con posibilidad de prórrogas anuales según lo previsto en el artículo 23 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
IV) Por Resolución de 28 de diciembre de 2022 (DOGV 9501, 30.12.2022) de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2023. Advertidos errores materiales en el resuelvo segundo y en el anexo I de dicha resolución, se publica la correspondiente corrección de errores (DOGV 9511, 13.01.2023).
V) La mencionada prorroga de conciertos sociales para el año 2023, asciende a un importe total de 4.583.745,45 €, y se efectúa con efectos de 1 de enero a 31 de agosto de 2023, con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 16.02.01.323.10.4, línea S5237 del capítulo IV, previsto en el proyecto de Ley de presupuestos de la Generalitat para el 2023, quedando condicionado el gasto e importe de los conciertos sociales a la aprobación y la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto.
VI) En virtud de las resoluciones anteriormente citadas, la entidad Congregación Siervas de la Pasión, con NIF R0800086A, resultó beneficiaria del concierto en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género, así como de su correspondiente prórroga. Posteriormente, a iniciativa propia y mediante varios escritos, la entidad manifiesta que se ha producido una remodelación dentro de su organización con la obtención de datos fiscales por parte de todas sus casas religiosas (entendiendo como tales los centros de trabajo que prestan servicios en distintas Comunidades Autónomas) y que como consecuencia de dicha modificación, Casa Cuna Santa Isabel (centro de trabajo que desarrolla el concierto social en la Comunitat Valenciana) ostenta, desde el día 1 de enero de 2023 razón social, NIF y representación legal propios. En base a lo anterior, la entidad solicita que desde la referida fecha se formalice la modificación correspondiente en los acuerdos de acción concertada en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género.
VII) La entidad Casa Cuna Santa Isabel Congregación Siervas de la Pasión, con NIF R4601585E, ha mostrado su conformidad a la propuesta de prórroga de la acción concertada para la anualidad 2023, habiéndose acreditado por parte del órgano instructor que cumple los requisitos para ser beneficiaria de la misma.


Fundamentos de derecho
Primero. El resuelvo tercero de la Resolución de convocatoria, de 30 de diciembre de 2021 (DOGV 9262, 24.01.2022) delega en la persona titular de la dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres la resolución del procedimiento de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género.
Segundo. El Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social, regula, en su artículo 31, la modificación de los conciertos, señalando en su apartado primero que «las variaciones que puedan producirse en los servicios por circunstancias derivadas de las necesidades de atención de las personas usuarias o por otras circunstancias individualizadas, darán lugar a la modificación del concierto, siempre que exista crédito adecuado y suficiente, y no afecten a los requisitos que se establecen para la prestación y provisión de servicios».
Por su parte, el artículo 31.5 establece que «El concierto se podrá modificar de oficio o a instancia del titular del servicio, siempre que concurran motivos de interés público, siendo preceptiva, en caso de modificación de oficio, la audiencia de la parte interesada».
El apartado 6 del mismo precepto añade que «El órgano competente para aprobar la modificación será, en todo caso, el órgano competente para la aprobación de la resolución de concesión en cada sector de atención social», por lo que la misma corresponde a la dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres.
Tercero. El artículo 45 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, establece que no se producirá la extinción del concierto en caso de que la organización y el patrimonio de la persona jurídica titular del servicio objeto del acuerdo de acción concertada pasen a ser de titularidad de otra persona jurídica que cumpla los requisitos establecidos en este decreto, como entidad de titularidad privada de iniciativa social acreditada, y asuma en su integridad las obligaciones correspondientes al concierto.
Cuarto. La presente modificación se formalizará por escrito dentro del plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de acuerdo con el artículo 21.1 en relación con el artículo 31.4 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre.
Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, resuelvo:

Primero
Aceptar la solicitud formulada a instancias de la entidad titular del servicio, Congregación Siervas de la Pasión, con NIF R0800086A, por motivos de interés público en la ejecución del concierto durante el ejercicio 2023.

Segundo
Aprobar la concesión de la prórroga del concierto en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género a la entidad Casa Cuna Santa Isabel Congregación Siervas de la Pasión, con NIF R4601585E para el año 2023, con efectos desde el 1 de enero hasta el final de la prórroga.

Tercero
Modificar el expediente DONACC/2022/4/46 del anexo «Entidades con acuerdo prorrogado de acción concertada» de la Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 9501, 30.12.2022), por la que se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a mujeres víctimas de violencia de género para el año 2023, corregida por Resolución de corrección de errores de la anterior (DOGV 9511, 13.01.2023), en lo relativo a la entidad beneficiaria y su CIF, en los siguientes términos:








Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente un recurso de reposición ante la consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas en el plazo de un mes, en conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su publicación, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; todo ello sin perjuicio que pueda interponerse cualquier otro que se estime procedente.

València, 11 de julio de 2023.– La directora general del Instituto Valenciano de las Mujeres (p. d. Resolución de 30.12.2021): Maria Such i Palomares.

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