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RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2023, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, relativa a la reducción temporal del 50 % de las tarifas de los títulos integrados de transporte del sistema TAM de Alicante y el transporte metropolitano de Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d'Alacant, al amparo de lo previsto en el Real decreto ley 5/2023. [2023/8265]

(DOGV núm. 9649 de 27.07.2023) Ref. Base Datos 008153/2023

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2023, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, relativa a la reducción temporal del 50 % de las tarifas de los títulos integrados de transporte del sistema TAM de Alicante y el transporte metropolitano de Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d'Alacant, al amparo de lo previsto en el Real decreto ley 5/2023. [2023/8265]


El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana aprobado por Ley orgánica 5/1982 de 1 de julio, (modificada por la LO 1/2006, de 10 de abril) atribuye a la Generalitat, en su artículo 49.1.15ª, la competencia exclusiva en materia de transporte terrestre dentro de la Comunitat Valenciana.
Por su parte, la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de movilidad de la Comunitat Valenciana, en su artículo 39, encomienda a la Administración la fijación de tarifas máximas aplicadas a los títulos de transporte propios de los operadores de servicios públicos de su competencia.
Las tarifas actuales se establecieron en la Orden 6/2023, de 23 de mayo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se aprueban las tarifas y condiciones de utilización de los títulos de transporte de la Generalitat del sistema TAM en Alicante y del transporte metropolitano de la Plana en Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d’Alacant.
La situación de emergencia energética, encarecimiento de productos y desabastecimiento de algunas materias primas básicas en toda Europa, agravada por la invasión de Ucrania, ha estado comportando graves dificultades económicas y logísticas para las familias y los sectores productivos valencianos. Estas circunstancias han obligado a dar una respuesta integral de las instituciones de la Unión Europea, de España y de la Comunitat Valenciana. Esta situación justificó la adopción de las medidas consistentes en la reducción de las tarifas, situación que continúa en la actualidad, por lo que procede extender dichas medidas.
Mediante Resolución de 4 de agosto de 2022 se aprobó la reducción temporal de las tarifas del 30 % en los títulos integrados de transporte del sistema TAM de Alicante y el transporte metropolitano de Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d’Alacant, al amparo de lo previsto en el Real decreto ley 11/2022, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2022. Dicha medida se prolongó hasta el 31 de enero de 2023 mediante Resolución de fecha 30 de diciembre de 2022 en tanto se arbitraban las medidas para la aplicación de mayores reducciones al amparo del Real decreto ley 20/2022, de 27 de diciembre.
Posteriormente, mediante Resolución de 27 de enero de 2023 se aprobó incrementar la reducción temporal de las tarifas al 50 % en los títulos integrados de transporte del sistema TAM de Alicante y el Transporte metropolitano de Castellón, así como de los títulos de transporte propios de la red del TRAM d’Alacant, al amparo de lo previsto en el Real decreto ley 20/2022, desde el 1 de febrero hasta el 31 de julio de 2023.
En este sentido, con la finalidad de continuar incentivando el transporte público y la movilidad sostenible, al tiempo que se ayuda a paliar el efecto de la inflación en las familias valencianas, se considera conveniente solicitar por parte de la Generalitat, las ayudas directas al transporte público previstas en el Real decreto ley 5/2023, de 28 de junio, para continuar aplicando las reducciones en las tarifas en los servicios de transporte público de competencia de la Generalitat, entre los que se incluyen los títulos de transporte del sistema TAM y del TRAM en Alicante, y el transporte metropolitano de la Plana en Castellón.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 ll) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en relación con el artículo 39 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana, y a propuesta de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible y del Consejo de Administración de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana en lo referente a la red del TRAM d’Alacant, resuelvo:

Primero. Reducción temporal de tarifas de los títulos de transporte integrados de la Generalitat para el sistema TAM de Alicante y el transporte metropolitano de Castellón.
1. Disponer la reducción temporal de las tarifas de los títulos de transporte integrados de la Generalitat de aplicación a los servicios de transporte público del sistema TAM desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de enero de 2024, ambos incluidos, que se indican a continuación, cuyas tarifas temporalmente, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:

Tipo de título Tarifa temporal 50 %
(del 1/8/2023 al 31.01.2024)
Bono Móbilis Multiviaje (10 viajes) 4,35 €
Bono Móbilis Jove (30 viajes) 10,60 €
Bono Móbilis Escolar (30 viajes) 8,25 €


2. Disponer la reducción temporal de las tarifas de los títulos de transporte integrados de la Generalitat de aplicación en el transporte metropolitano de la Plana desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de enero de 2024, ambos incluidos, que se indican a continuación, cuyas tarifas temporalmente, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:

Tipo de título Tarifa temporal 50 %
(del 1/8/2023 al 31.01.2024)
Bono-bus normal (10 viajes) 4,10 €
Bono temporal 30 (30 días) 15,00 €


3. Los títulos integrados adquiridos dentro del periodo de vigencia de la reducción temporal de tarifas serán susceptibles de utilización hasta el 29 de febrero de 2024.
Las personas que hubieran obtenido el título con un descuento del 50 % con anterioridad a la entrada en vigor de la presente resolución podrán continuar utilizando dicho título durante la vigencia de esta.
4. Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2024, los títulos integrados no consumidos, adquiridos con la reducción temporal de tarifa prevista en este apartado, podrán canjearse por idéntico título con arreglo a la tarifa que esté vigente, abonando la diferencia que corresponda.

Segundo. Reducción temporal de tarifas de los títulos de transporte propios de FGV para la red de TRAM d’Alacant.
1. Disponer la reducción temporal de las tarifas de los títulos de transporte propios de FGV en la red del TRAM d’Alacant desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de enero de 2024, ambos incluidos, que se indican a continuación, cuyas tarifas temporalmente, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros, serán las siguientes:

Tipo de Título Tarifa temporal 50 %
según combinación zonal
(del 1/8/2023 al 31.01.2024)
B – C AB – BC ABC
Bono 10 4,00 € 6,00 € 10,00 €
Bono 30 11,40 € 17,10 € 28,50 €
24 h – – 4,00 €
Gent Major Mensual – – 4,85 €
Mobilitat Mensual – – 4,85 €


2. Para los títulos «Gent Major Anual» y «Mobilitat Anual» se arbitrarán los mecanismos que permitan la aplicación de las reducciones de tarifas del 50 % proporcionalmente al periodo de convivencia de la vigencia del título de que se trate dentro del periodo del 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de enero de 2024.
3. Los títulos propios de FGV adquiridos dentro del periodo de vigencia de la reducción temporal de tarifas serán susceptible de utilización hasta el 29 de febrero de 2024.
Las personas que hubieran obtenido el título con un descuento del 50 % con anterioridad a la entrada en vigor de la presente resolución podrán continuar utilizando dicho título durante la vigencia de esta.
4. Entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2024, los títulos no consumidos, adquiridos con la reducción temporal de tarifa prevista en este apartado, podrán canjearse por idéntico título con arreglo a la tarifa que esté vigente, abonando la diferencia que corresponda.

Tercero. Habilitación
1. Se faculta a la persona titular de la dirección general competente en materia de transportes para la realización de cuantas acciones resulten necesarias para la aplicación y ejecución de la presente resolución en el transporte metropolitano de Alicante y de Castellón.
2. Se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana para la realización de cuantas acciones resulten necesarias para la aplicación y ejecución de la presente resolución en la red del TRAM d’Alacant.

Cuarto. Efectos
La presente resolución surtirá efectos desde el día de su firma.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa se podrá, potestativamente, interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

València, 14 de julio de 2023.– La consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad: Rebeca Torró Soler.

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