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Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Notificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 1/203/2013, por la que se anula el último inciso, del párrafo 3º del art. 17 del Decreto 81/2013, de 21 de junio, del Consell, de aprobación definitiva del Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCV). [2016/8672]

(DOGV núm. 7911 de 07.11.2016) Ref. Base Datos 008342/2016

Notificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 1/203/2013, por la que se anula el último inciso, del párrafo 3º del art. 17 del Decreto 81/2013, de 21 de junio, del Consell, de aprobación definitiva del Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCV). [2016/8672]
Procedimiento ordinario número 1 /000203/2013
María Dolores Riquelme Cortado, letrada de la Administración de Justicia, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma Valenciana, Sección 1, hace saber que en el procedimiento ordinario con el número 1/000203/2013-S interpuesto por Ayuntamiento de Cox contra Decreto 81/2013 de 21 junio 2013 del Consell, de aprobaciónn definitiva del Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 7054 de 26 de junio de 2013 ha recaído resolución en fecha 19 de septiembre de 2016, dictada por la Sección 005 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en recurso de casación número 008/2455/2015, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Desestimar el recurso de casación, número 2455/2015, formulado por el Ayuntamiento de Cox (Alicante), contra la sentencia de 15 de mayo de 2015, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valencia en el recurso 203/2013, sostenido contra un Decreto del Consell, 81/2013, de 21 de junio, de aprobación definitiva del Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana (PIRCV).
Imponer las costas procesales a la recurrente, con la limitación y salvedades expresadas en el último fundamento jurídico de la presente resolución», confirmatorio de la resolución de esta sala número 000433/2015 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Que debemos estimar, como parcialmente estimamos el recurso contencioso administrativo formulado por la procuradora Rosa María Correcher Pardo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Cox, contra Decreto del Consell 81/2013, de 21 de junio, de aprobación definitiva del Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana, (PIRCV que anulamos por ser contrario a derecho, única y exclusivamente en lo que se refiere al último inciso, del párrafo tercero del artículo 17, en los términos y con las consecuencias que arriba se señalan. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»

Lo que se hace público a los efectos preceptuados en el artículo 72.2, en relación con el 107.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Valencia, 2 de noviembre de 2016.– La letrada de la Administración de Justicia: María Dolores Riquelme Cortado.

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