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RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2022, de la Consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que, en ejecución de sentencia, se tienen por anuladas las referencias que limitan los destinatarios de las ayudas para complementar las becas para la actividad de movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» para el curso 2020/2021, convocadas por la Resolución de 20 de julio de 2020. [2022/8829]

(DOGV núm. 9445 de 10.10.2022) Ref. Base Datos 008752/2022

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2022, de la Consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que, en ejecución de sentencia, se tienen por anuladas las referencias que limitan los destinatarios de las ayudas para complementar las becas para la actividad de movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» para el curso 2020/2021, convocadas por la Resolución de 20 de julio de 2020. [2022/8829]


Procedimiento ordinario 4/000233/2020-MV, TSJCV, Sala C-A, Sec. 4.
Exp: Varios 11/2022

La sentencia núm. 592/2021, de 23 de noviembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo núm. 233/2020, dice:

«Fallo
Estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir contra la Resolución de 20 de julio de 2020, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se convocan para el curso 2020-2021, las ayudas para complementar las becas para la actividad de movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» pertenecientes a instituciones públicas de educación superior de la Comunidad Valenciana. De conformidad con las pretensiones del demandante se anula la resolución impugnada en los términos del fundamento jurídico segundo».
Y en su fundamento jurídico segundo precisa que «del cuerpo del escrito procesal se extrae que en modo alguno la pretensión anulatoria sea in integrum, sino limitada en concreto acerca del punto controvertido, apartado segundo, estableciendo los beneficiarios en las universidades públicas y los demás apartados que directa o indirectamente limitan los destinatarios-beneficiarios a los alumnos precisamente de universidades públicas».
Sentencia que ha sido declarada firme, según consta en diligencia del letrado de la Administración de Justicia de 18 de febrero de 2022.
Por lo que, en cumplimiento de la obligación de cumplir las sentencias en la forma y términos que en estas se consignen, según establece el art. 103.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, resuelvo:

Primero
Declarar anuladas, en ejecución de sentencia, cuantas referencias, directa o indirectamente, limitan las ayudas a estudiantes de universidades públicas, de la Resolución de 20 de julio de 2020, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se convocaron para el curso 2020/2021 las ayudas para complementar las becas para la actividad de movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» (publicada en el DOGV 23.07.2020). Esas referencias deben considerarse suprimidas de la citada resolución.

Segundo
Publicar esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra la presente resolución podrá promoverse, por las partes legitimadas, incidente de ejecución de sentencia, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Alicante, 26 de septiembre de 2022.– La consellera de Innovación, Universidad, Ciencia y Sociedad Digital: Josefina Antonia Bueno Alonso.

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