ACUERDO de 27 de julio de 2012, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con la Ley 9/2011, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. [2012/8325]
(DOGV núm. 6869 de 25.09.2012) Ref. Base Datos 008878/2012
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 26.09.2012 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Administración del Estado;El Consell Grupo Temático: 000
ACUERDO de 27 de julio de 2012, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con la Ley 9/2011, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. [2012/8325]
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en su reunión celebrada el día 27 de julio de 2012, ha adoptado el siguiente acuerdo:
1. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el grupo de trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, de fecha 26 de marzo de 2012, para el estudio y propuesta de solución de discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 69 de la Ley 9/2011, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, ambas partes consideran solventadas las discrepancias, a cuyos efectos la comunidad autónoma se compromete a:
- Adaptar la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana, a las futuras modificaciones que en la legislación básica estatal en la materia puedan producirse.
- En tanto no se produzca esta modificación legal, el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana, únicamente será objeto de aplicación a aquellas actuaciones para las que el Consell haya acordado, con anterioridad a la fecha de hoy, la declaración de interés general prevista en el citado precepto.
2. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Madrid, 27 de julio de 2012
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,
CRISTÓBAL MONTORO ROMERO
El conseller de Presidencia,
JOSÉ CISCAR BOLUFER