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Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2020, de la directora general de Innovación Educativa y Ordenación, por la que se hace pública la sentencia firme número 109/2019 dictada por la sección 5 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. [2020/9131]

(DOGV núm. 8945 de 05.11.2020) Ref. Base Datos 008878/2020

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2020, de la directora general de Innovación Educativa y Ordenación, por la que se hace pública la sentencia firme número 109/2019 dictada por la sección 5 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. [2020/9131]
Visto el Auto firme de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de fecha 14 de julio de 2020, que inadmite a trámite el recurso de casación presentado por la Abogacía de la Generalitat Valenciana contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, sección 5ª, de fecha 13 de febrero de 2019, estimatoria parcial del recurso contencioso-administrativo 617/2016, interpuesto por M.ª Asunción Andreu Peral contra la Orden 25/2016, de 13 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, la Resolución del director general de Política Educativa de 15 de junio que aprueba el calendario previsto en la Orden y contra el Proyecto específico de jornada escolar del Colegio Público del Palmeral de Elche,
Visto el acuerdo dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección 5, del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo 617/2016 mencionado que insta a la conselleria a que se lleve a puro y debido efecto lo acordado en esta sentencia,
Para dar cumplimiento a las declaraciones contenidas en el fallo de la sentencia, se dicta la presente resolución y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 83 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la presidencia y de las consellerias de la Generalitat, resuelvo:

Único
La sentencia núm.109/2019, de 13 de febrero, de la sección 5 del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el recurso interpuesto por M.ª Asunción Andreu Peral contra la Orden 25/2016, de 13 de junio, de la Conselleria de Educación. Investigación, Cultura y Deporte, la Resolución del director General de Política Educativa de 15 de junio que aprueba el calendario previsto en la Orden y contra el proyecto específico de jornada escolar del Colegio Público del Palmeral de Elche, es firme y vinculante.
Se da publicidad a la misma y al contenido del fallo que estima parcialmente el recurso y anula y deja sin efecto la Disposición Transitoria Única de la Orden 25/2016, de 13 de junio, de la Conselleria de Educación. Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las condiciones, el procedimiento de solicitud y de autorización de un plan específico de organización de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial de la Comunidad Valenciana y la Resolución de 15 de junio citada, pero mantiene la Orden en cuanto al resto e inadmite el recurso interpuesto contra el proyecto específico de jornada escolar del Colegio Público El Palmeral de Elche.
De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la directora general de Innovación Educativa y Ordenación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 26 de octubre de 2020.– La directora general de Innovación Educativa y Ordenación: Margarida Castellano Sanz.

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