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Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Información pública de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 631/2013. [2014/9214]

(DOGV núm. 7381 de 15.10.2014) Ref. Base Datos 009101/2014

Información pública de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 631/2013. [2014/9214]
M.ª del Buen Consejo de la Guardia Cirugeda, secretaria judicial de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma Valenciana, hago saber que en este sección, se sigue el recurso contencioso-administrativo número 03/631/2013, interpuesto por la Asociación Española de la Industria Eléctrica-Unesa contra la Consellería de Hacienda y Administración Publica en la que se ha dictado la sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallamos
1. Estimamos el recurso contencioso-adminis­trativo interpuesto por la Asociación Española de la Industria Eléctrica-(Unesa) contra la Orden 13/2012, de 26 de diciembre, del conseller de Hacienda y Administración Pública.
2. Se declara la nulidad de pleno derecho de la orden impugnada.
3. No ha lugar a plantear cuestión de inconstitucionalidad.
4. Firme que sea esta sentencia, publíquese en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
5. Se hace expresa imposición de las costas procesales a la Administración demandada, conforme a lo dispuesto en el FD séptimo.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación en el plazo de 10 días, a presentar ante esta sala, conforme dispone el artículo 86 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
A su tiempo, y con certificación literal de la presente sentencia, devuélvase el expediente administrativo al órgano de su procedencia.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado ponente designado para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta sala, de lo que certifico como secretario de la misma. Valencia, en la fecha arriba indicada».

Y para que conste y sirva de cumplimiento de lo acordado, para su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, conforme a lo prevenido en el artículo 72.2 de la Ley Jurisdiccional, expido el presente edicto.

Valencia, 23 de septiembre de 2014.– La secretaria judicial: M. del Buen Consejo de la Guardia Cirugeda.

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