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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba el Plan anual de evaluación para el ascenso en el sistema de carrera profesional horizontal en el año 2017. [2016/10462]

(DOGV núm. 7944 de 27.12.2016) Ref. Base Datos 009755/2016

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba el Plan anual de evaluación para el ascenso en el sistema de carrera profesional horizontal en el año 2017. [2016/10462]
El Decreto 186/2014, del Consell, aprueba el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat (en adelante Decreto 186/2014).
La Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo (CIVE), mediante Acuerdo de fecha 12 de noviembre de 2014, se adhirió a lo establecido en el Decreto 186/2014, así como a las correspondientes normas de desarrollo del mismo, incluyendo así al personal laboral fijo de la Administración de la Generalitat, en el ámbito de aplicación del sistema de carrera profesional horizontal de la misma.
La disposición transitoria quinta del Decreto 186/2014, prevé que el desarrollo e implantación de las áreas de valoración previstas en los artículos 12 y 13 del Decreto 186/2014 se realice de forma gradual hasta la implantación completa del sistema así como que, anualmente, se apruebe el plan de evaluación para el año siguiente, en el que se determinarán las áreas que se valorarán para poder acceder, en su caso, al grado de desarrollo profesional (GDP) superior en el sistema de carrera profesional horizontal.
En aplicación de lo dispuesto en dicha disposición transitoria, por la presente resolución se aprueba el plan de evaluación para 2017 para la progresión en el sistema de carrera profesional horizontal, manteniendo las mismas áreas de valoración que se establecieron para el año anterior.
En consecuencia con lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 186/2014, y habiendo sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Función Pública y CIVE en las reuniones celebradas el día 2 de diciembre de 2016, resuelvo:

Primero
Aprobar el Plan anual de evaluación para la progresión en el sistema de carrera profesional horizontal en el año 2017.

Segundo
Las áreas que serán objeto de valoración en el año 2017 serán las siguientes:
a) Para los subgrupos A1 y A2 y el grupo B, las áreas D (Desarrollo de conocimientos) y E (Transferencia de conocimientos), previstas en los apartados 4 y 5 del artículo 12 del Decreto 186/2014.
b) Para los subgrupos C1 y C2 y agrupaciones profesionales funcionariales, el área D (Desarrollo y transferencia de conocimientos), prevista en el apartado 4 del artículo 13 del Decreto 186/2014.

Tercero. Puntuación exigida para la progresión en el sistema
1. La Orden 2/2015, de 3 de diciembre, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se desarrolla el sistema de evaluación del desempeño, así como el acceso y el procedimiento de progresión dentro del sistema de carrera profesional horizontal del personal empleado público de carácter fijo de la Administración de la Generalitat, en sus artículos 11 y 12, establece la equivalencia en número de horas, de la puntuación asignada a cada una de las áreas susceptibles de valoración previstas en el apartado anterior.
2. La puntuación exigible en las áreas citadas en el año 2017 para acceder al siguiente GDP, será la siguiente:
2.1. Para la progresión al GDP I y II en los subgrupos A1 y A2 y el grupo B, 20 puntos.
2.2. Para la progresión al GDP III y IV en los subgrupos A1 y A2 y el grupo B, 22 puntos.
2.3. Para los subgrupos C1 y C2 y agrupaciones profesionales funcionariales, 16 puntos.
3. Al tiempo de permanencia necesario para el ascenso de GDP se le descontará el remanente reconocido a cada persona en la resolución de encuadramiento inicial en el sistema. Determinado el tiempo que falta para poder ascender de GDP, la puntuación concreta exigible, de conformidad con el apartado anterior, deberá ajustarse de forma proporcional a dicho periodo.
Las horas de formación recibidas o impartidas durante dicho tiempo de remanente, podrán aplicarse para obtener la puntuación necesaria en cada caso, siempre que no hayan servido para hacer efectivo el acceso inicial al sistema.

Valencia, 22 de diciembre de 2016.– La directora general de Función Pública: Eva Coscollá Grau.

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