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Presidencia de la Generalitat. RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2018, de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Generalitat, en relación con la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018. [2018/10165]

(DOGV núm. 8423 de 14.11.2018) Ref. Base Datos 010246/2018

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2018, de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Generalitat, en relación con la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018. [2018/10165]
De acuerdo con lo que establece el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta dirección general dispone la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo que se transcribe como anexo en esta resolución.

València, 25 de octubre de 2018.– La directora general de Relaciones con la Unión Europea y el Estado: Daria Terrádez Salom.



ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Generalitat, en relación con la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración general del Estado - Generalitat Valenciana en su reunión celebrada el pasado 19 de septiembre de 2018 ha adoptado el acuerdo siguiente:
1. En conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento del que prevé el Acuerdo de la Comisión Bilateral Generalitat Valenciana - Administración general del Estado, de fecha 21 de marzo de 2018, para el estudio y propuesta de solución de la discrepancia competencial manifestada con relación a la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, ambos partes la consideran solventada de conformidad con las actuaciones desenrolladas y en razón del compromiso siguiente:
En relación con la discrepancia manifestada sobre la disposición adicional vigésimo sexta «Del régimen de la carrera profesional horizontal del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administración y servicios de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana» ambas partes coinciden en que la interpretación conforme con el bloque de constitucionalidad ha de entenderse en el sentido de considerar que la implantación progresiva del complemento de carrera profesional del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administración y servicios de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana se realizará cumpliendo los límites establecidos en las normas básicas sobre retribuciones recogidos principalmente en el artículo 18 y concordantes de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018; pudiendo tomarse en consideración su posible imputación en el apartado dos, último párrafo, del mencionado artículo 18, que permite autorizar un incremento adicional de la masa salarial.
2. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.

3. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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