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Turisme Comunitat Valenciana. Propuesta de Resolución de 1 de noviembre de 2023, de denegación de ayudas 2023 dirigidas al impulso al turismo responsable y la lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana. [2023/11024]

(DOGV núm. 9721 de 09.11.2023) Ref. Base Datos 010728/2023

Propuesta de Resolución de 1 de noviembre de 2023, de denegación de ayudas 2023 dirigidas al impulso al turismo responsable y la lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana. [2023/11024]
Antecedentes de hecho
Primero. Por Resolución de 9 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas para el año 2023 dirigidas al impulso al turismo responsable y la lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 9594 del día 12 de mayo de 2023, ayudas enmarcadas en el programa que se detalla en el anexo I de la referida resolución y que a continuación se relaciona:
Programa: Impulso al turismo responsable y la lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana, con una consignación de 350.000,00 euros con cargo a la línea presupuestaria S0784000 «Impulso al turismo responsable y lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos», del Capítulo IV, del presupuesto de Turisme Comunitat Valenciana para el ejercicio 2023.
Segundo. Con diferentes fechas tuvieron entrada en Turisme Comunitat Valenciana las solicitudes acogidas al citado programa de ayudas, solicitudes que han dado lugar a la instrucción de los expedientes relacionados en el documento anexo a la presente propuesta de resolución.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.5 de la resolución de convocatoria, la Comisión de Evaluación de Ayudas se reunió en sesión de fecha 13 de septiembre de 2023, adoptando, entre otros, el siguiente acuerdo:
«6º. Dictada la resolución favorable, se procederá a dictar la propuesta de denegación para los solicitantes que figuran en el anexo a esta acta, expedientes con puntuación inferior a 10 puntos y, cuyo motivo de denegación será la falta de consignación presupuestaria en el Subprograma 333, Impulso turismo responsable y lucha intrusismo, del Capítulo IV del Presupuesto 2023 del Área de Competitividad Turística de Turisme Comunitat Valenciana, propuesta que vendrá precedida de una certificación de la directora de Turisme Comunitat Valenciana sobre el crédito existente en el subprograma, motivando con ello la insuficiencia presupuestaria para atender dichas solicitudes.»
Cuarto. Con fecha 10 de octubre de 2023 la presidenta de Turisme Comunitat Valenciana ha resuelto favorablemente las solicitudes propuestas y con fecha 25 de octubre de 2023 ha emitido la certificación sobre el disponible resultante, tras la resolución favorable, en el programa citado en el antecedente de hecho primero a esta propuesta de resolución, siendo este insuficiente para dotar de consignación el resto de solicitudes informadas en el referido programa de ayuda correspondiente a la convocatoria 2023.
Quinto. Se relacionan en el documento Anexo a la presente propuesta los solicitantes para los que se propone la no concesión de la ayuda solicitada por falta de consignación presupuestaria en el programa.

Fundamentos de derecho
Primero. La Resolución de 9 de mayo de 2023, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana por la que se convocan las ayudas para el año 2023 de Turisme Comunitat Valenciana, dirigidas al impulso al turismo responsable y la lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana; el Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana, decreto modificado por el Decreto 6/2023, de 26 de abril, del president de la Generalitat; la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de aplicación.
Segundo. La competencia para dictar la presente propuesta la ostenta la directora de Turisme Comunitat Valenciana de acuerdo con lo establecido en apartado 2, letra e), del artículo 33 del Decreto 7/2020, de 17 de enero, del Consell, de regulación de los órganos para la coordinación de la acción turística y del organismo público para la gestión de la política turística, así como en lo establecido en el artículo 11.5, de la Resolución de 9 de mayo de 2023 citada en el fundamento primero.
En fecha 22 de septiembre de 2023, la directora de Turisme Comunitat Valenciana presenta escrito de abstención, respecto de las ayudas convocadas por Resolución de 9 de mayo de 2023 citadas en el antecedente de hecho primero.
Mediante resolución de 22 de septiembre de 2023, la presidenta de Turisme Comunitat Valenciana, acepta la abstención y acuerda la avocación para la emisión de la propuesta de concesión o denegación de las citadas ayudas, en la persona titular de la Secretaría Autonómica de Turisme Comunitat Valenciana, en su condición de Presidenta de dicha entidad, en virtud del Decreto 7/2020, de 17 de enero, del Consell, publicado en el DOGV núm. 8728 de 29.01.2020, de regulación de los órganos para la coordinación de la acción turística y del organismo público para la gestión de la política turística.
Tercero. Posteriormente, el apartado 2 del artículo 128 del Decreto 163/2023, de 29 de septiembre, del Consell, de modificación del Decreto 112/2023, de 25 de julio, del Consell por la que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, publicado en el DOGV núm. 9696 de 3 de octubre de 2023, establece que «La persona titular de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo ostentará la presidencia de Turisme Comunitat Valenciana.»
Cuarto. El artículo 36.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que los actos administrativos de la misma naturaleza, tales como nombramientos, concesiones o licencias, podrán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, que especificará las personas u otras circunstancias que individualicen los efectos del acto para cada interesado.

Vistos los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, se propone:

I. Denegar la subvención a los solicitantes de las ayudas que se detallan en el documento Anexo de la presente propuesta, con indicación del motivo de denegación, correspondientes al programa «Impulso al turismo responsable y la lucha contra el intrusismo en los alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana», detallado en el antecedente primero de esta propuesta de resolución.

II. Publicar la presente propuesta en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con efectos de notificación, concediendo un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación, para la presentación de alegaciones y poniendo de manifiesto el expediente a los interesados.

València, 1 de noviembre de 2013.- La presidenta de Turisme Comunitat Valenciana: Nuria Montes de Diego.

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