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Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se incorporan los centros autorizados de música al sistema de información ITACA. [2021/11932]

(DOGV núm. 9224 de 26.11.2021) Ref. Base Datos 010925/2021

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se incorporan los centros autorizados de música al sistema de información ITACA. [2021/11932]
ITACA es el acrónimo de Innovación Tecnológica Administrativa de Centros y Alumnado. Este sistema de información incluye todos los medios técnicos y organizativos que sirven para mejorar la comunicación y la gestión en el ámbito de las competencias de la Administración educativa.
En cumplimiento del Decreto 51/2011, de 13 de mayo, del Consell (DOGV 6522, 17.05.2011), sobre el sistema de comunicación de datos a la conselleria competente en materia de educación, a través del sistema de información ITACA, de los centros educativos que imparten enseñanzas formales no universitarias.
Por el Decreto105/2019, de 5 de julio, del Consell, que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat (DOGV 8590, 12.07.2019), y el Decreto 173/2020, de 30 de octubre (DOGV 8959, 24.11.2020), del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que señala que las competencias en relación con las enseñanzas de régimen especial corresponden a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, y en razón de las facultades conferidas resuelvo:

Primero. Objeto
La presente resolución tiene por objeto la incorporación de los centros autorizados de música al sistema de información ITACA, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 51/2011, de 13 de mayo, del Consell.

Segundo. Gestión del registro de personas usuarias en ITACA
1. Para poder gestionar la incorporación de centros musicales autorizados en ITACA, los titulares de estos centros deberán remitir telemáticamente («Tramitación con certificado») a la Dirección General de Centros Educativos de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, el formulario rellenado correspondiente a la solicitud de alta de usuario de ITACA, que aparece en el apartado de impresos asociados del procedimiento telemático «Solicitud de autorización de apertura y funcionamiento o de modificación de esta, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y/o enseñanzas de régimen especial artísticas y deportivas en centros docentes de titularidad privada (centros privados)», disponible en el siguiente enlace:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=14344.
2. El plazo de presentación del formulario será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Tercero. Calendario de incorporación a ITACA
1. La gestión y comunicación de los datos de los centros autorizados de música en ITACA se realizará de forma progresiva durante el curso escolar 2021-2022. A la finalización del curso deberán constar obligatoriamente en ITACA todas las calificaciones finales del alumnado, tanto de la evaluación ordinaria como extraordinaria.
2. La incorporación definitiva se hará efectiva al inicio del curso escolar 2022-2023, con la comunicación de todos los datos que tienen que constar obligatoriamente en el sistema de información ITACA, de conformidad con lo establecido en el Decreto 51/2011, respecto a este tipo de centros.

Cuarto. Eficacia
La presente resolución surte efecto al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el secretario autonómico de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

València, 22 de noviembre de 2021.– El director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial: Manuel Gomicia Giménez.

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