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DECRETO 183/2011, de 25 de noviembre del Consell, por el que se modifica el Decreto 5/2009, de 9 de enero, del Consell, de creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana. [2011/12070]

(DOGV núm. 6660 de 28.11.2011) Ref. Base Datos 012020/2011

DECRETO 183/2011, de 25 de noviembre del Consell, por el que se modifica el Decreto 5/2009, de 9 de enero, del Consell, de creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana. [2011/12070]
PREÁMBULO

La Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunitat Valenciana, en su artículo 9 prevé la creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana, como órgano de participación, asesoramiento y consulta de la Generalitat en materia de ganadería.
El Decreto 5/2009, de 9 de enero, del Consell, de creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana, estableció la constitución, composición y funciones de dicho Consejo Asesor, atribuyéndole como función principal la de asesorar al Consell y a su Administración en las materias de producción y sanidad animal y seguridad alimentaria, en todos los asuntos que le sean sometidos por el conseller o la consellera competente en materia de ganadería.
El Decreto 5/2011, de 21 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, así como las distintas secretarías autonómicas que las integran, reforma la organización básica de la administración autonómica valenciana, modificando el número, denominación y competencias de las consellerias existentes, creando la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, a la que se asignan las competencias en materia de agricultura, ganadería, pesca, alimentación y recursos hídricos.
La nueva composición del Consell surgida del Decreto 75/2011, de 24 de junio, por la que se establece la estructura básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, en su artículo 23 establece la nueva estructura básica directiva de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, lo que ha derivado en la aprobación del Decreto 113/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se estableció el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
A la vista de lo anterior, se hace necesaria adecuar la actual composición del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana, que refleje la actual estructura orgánica de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua.
En virtud de cuanto antecede, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 43 de la Ley del Consell, a propuesta de la consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 25 de noviembre de 2011,


DECRETO

Artículo único
Aprobación de la modificación del Decreto 5/2009, de 9 de enero, del Consell, de creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana.
Se modifica el artículo 3 del Decreto 5/2009, de 9 de enero, del Consell, de creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana, que queda redactado en los términos que figuran en el anexo.


DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Incidencia presupuestaria
El cumplimiento y posterior desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de los capítulos de gasto asignados a la conselleria en la fecha de publicación del mismo, y, en todo caso, deberán ser atendidos con los medios personales y materiales de la conselleria competente por razón de la materia.


DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 25 de noviembre de 2011

El president de la Generalitat,
ALBERTO FABRA PART

La consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua,
MARITINA HERNÁNDEZ MIÑANA


ANEXO

Nueva redacción del artículo 3 del Decreto 5/2009, de 9 de enero, del Consell, de creación del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana

1. El Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana estará compuesto por presidente/a, vicepresidente/a, secretario/a y vocales:
a) La Presidencia del Consejo Asesor corresponde al titular o la titular de la conselleria con competencias en materia de ganadería.
b) La Vicepresidencia del Consejo Asesor corresponde al titular o la titular de la dirección general con competencias en materia de ganadería.
c) La Secretaría del Consejo Asesor corresponde al/ a la Jefe del servicio con competencias en materia de sanidad y bienestar animal.
d) Los/las vocales, designados/as por la persona a la que corresponda la presidencia del Consejo Asesor de Ganadería de la Comunitat Valenciana, serán:
1º. Un/a representante propuesto/a por cada una de las organizaciones profesionales agrarias y de las asociaciones empresariales con implantación en el sector ganadero valenciano.
2º. Dos veterinarios/as de los servicios veterinarios oficiales de la Generalitat para las competencias de control veterinario animal y zootécnico.
2. Podrán participar en las reuniones del Consejo Asesor, cuando la naturaleza de los asuntos a tratar lo requiera y, en todo caso, a convocatoria de su presidente/a, representantes de los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, a través de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, de las cámaras agrarias, de los sindicatos de trabajadores más representativos, de los colegios profesionales, de las asociaciones de protección y defensa de los animales y de las organizaciones de consumidores y usuarios, así como de otras consellerias de la Generalitat.

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