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ACUERDO de 10 de octubre de 2011, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad, de la Comunitat Valenciana. [2011/12208]

(DOGV núm. 6671 de 15.12.2011) Ref. Base Datos 012579/2011

ACUERDO de 10 de octubre de 2011, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad, de la Comunitat Valenciana. [2011/12208]
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en su reunión celebrada el día 10 de octubre de 2011, ha adoptado el siguiente acuerdo:
1. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el grupo de trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, de fecha 10 de junio de 2011, para el estudio y propuesta de solución de discrepancias competenciales manifestadas en relación con los apartados 8 a 14 del artículo 97; los apartados 10, 11, 12, 13, 14, 17 y 20 del artículo 98; y los apartados j, k y l del artículo 99.2 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad, de la Comunitat Valenciana, ambas partes consideran solventadas las discrepancias, a cuyos efectos la comunidad autónoma se compromete a:
1º. Suprimir los apartados 8 a 14 del artículo 97.
2º. Suprimir los apartados 10, 11, 12, 13, 14, 17 y 20 del artículo 98.
3º. Suprimir los apartados j, k y l del artículo 99.2.
4º. Dar nueva redacción al apartado sexto del artículo 95 de acuerdo con el siguiente tenor literal:
«6. Las infracciones en relación con el cumplimiento de la obligación de los prestadores de servicios de transporte de viajeros de estar en posesión de los títulos habilitantes correspondientes y las relativas al uso del tacógrafo y otros instrumentos de control contemplados en la legislación estatal, se sancionarán de acuerdo con lo previsto en dicha normativa».
2. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Madrid, 10 de octubre de 2011

El vicepresidente de Política Territorial
y ministro de Política Territorial y Administración Pública
Manuel Chaves González

La consellera de Presidencia y vicepresidenta del Consell
Paula Sánchez de León Guardiola

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