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DECRETO 206/2007, de 19 de octubre, del Consell, por el que crea la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana. [2007/12724]

(DOGV núm. 5624 de 23.10.2007) Ref. Base Datos 013232/2007

DECRETO 206/2007, de 19 de octubre, del Consell, por el que crea la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana. [2007/12724]
El tema de la participación ciudadana constituye, en la actualidad, uno de los elementos centrales en el ámbito político. La globalización está provocando cambios sustanciales en las formas y contenidos de las relaciones entre los ciudadanos y las instituciones de gobierno que imponen actuaciones innovadoras de los poderes públicos, en el sentido de establecer nuevos sistemas de interrelación entre la sociedad civil y la administración.
La ciudadanía demanda nuevas vías y mecanismos en el marco de esta nueva sociedad, con el objeto de responder a sus expectativas de ser escuchada y de que sus puntos de vista sean tenidos en cuenta en la toma de decisiones por parte de los gobiernos.
La acción de gobierno que lleva a cabo la Generalitat ha de incorporar, como elemento complementario y diferenciado, la implicación de los ciudadanos y ciudadanas, que con sus aportaciones y sugerencias puedan reflejar, en las decisiones políticas y de gestión, las correspondientes sensibilidades y demandas sociales que permitan dar respuestas adecuadas y oportunas a las problemáticas y necesidades reales.
Por todo lo anterior, desde la Generalitat se deben impulsar políticas específicas de promoción y fomento de la participación de los/as ciudadanos/as en los asuntos públicos.
Los poderes públicos autonómicos deben facilitar y fomentar esta participación en los ámbitos políticos, económicos, culturales y sociales, tal y como recoge de forma explícita la Constitución Española y el Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, y desde la comprensión de la participación ciudadana como una política pública transversal.
Con la constitución de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana se quiere lograr que la participación ciudadana que se implante en cada una de las consellerias sea conocida y valorada por el conjunto de la Generalitat, permitiendo así homogeneizar, en la medida de lo posible, los mecanismos e instrumentos y favorecer su extensión a toda la administración.
La Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana supone un instrumento en la consecución de los objetivos y funciones que se definen en el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Inmigración y Ciudadanía, aprobado por el Decreto 101/2007, de 13 de julio, del Consell.
Por todo ello, para favorecer la participación ciudadana y que constituya uno de los elementos de la acción del Consell, se aconseja establecer la citada comisión.
El artículo 25 de la Ley del Consell contempla la posibilidad de constituir en su seno comisiones interdepartamentales, a fin de estudiar, coordinar y programar sobre materias sectoriales comunes a algunos departamentos.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del conseller de Inmigración y Ciudadanía y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 19 de octubre de 2007,
DECRETO
Artículo 1. Objeto
El presente decreto tiene como objeto la creación, regulación de la composición, organización y funciones de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana.
Artículo 2. Creación, adscripción y naturaleza de la comisión
1. Se crea la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana, adscrita a la conselleria competente en materia de participación ciudadana, con las funciones, competencias, composición y funcionamiento establecidos en el presente decreto.
2. La Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana es un órgano colegiado de la administración de la Generalitat al que corresponde el estudio, coordinación, programación y, en su caso, la propuesta de resolución en las materias y funciones que expresamente se le asignan en este decreto y en el resto de la normativa de aplicación.
Artículo 3. Competencia y funciones de la comisión
Corresponde a la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana:
a) Analizar los mecanismos de participación ciudadana y el grado de implantación de éstos en la acción de gobierno.
b) Fomentar e impulsar las actuaciones de las consellerias en materia de participación ciudadana.
c) Proponer medidas innovadoras de fomento de la participación ciudadana con carácter general para todas las consellerias.
d) Estudiar la posibilidad de homogeneizar y coordinar los instrumentos de participación ciudadana en la actuación de la Generalitat.
e) Evaluar la aplicación de las políticas de fomento de la participación ciudadana en la acción de la administración de la Generalitat.
f) Promocionar la idea de la participación ciudadana en el resto de administraciones de la Comunitat Valenciana.
g) Cualesquiera otras competencias y funciones relacionadas con su ámbito de actuación o que le sean atribuidas por la normativa vigente, así como las que le encomiende el Consell, y las que le deleguen los órganos con competencia en la materia.
Artículo 4. Composición de la comisión
1. La Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidencia: el conseller o la consellera competente en materia de participación ciudadana.
b) Vicepresidencia: el secretario autonómico o la secretaria autonómica competente en materia de participación ciudadana.
c) Vocales: un representante por cada conselleria, con rango mínimo de director general, nombrado por el conseller respectivo.
d) Secretario: el titular de la Dirección General con competencia en materia de participación ciudadana.
2. La comisión dispondrá de una Secretaría Administrativa, que corresponderá a la unidad administrativa que tenga atribuidas las funciones de secretariado administrativo de los órganos colegiados de la Generalitat.
3. La comisión podrá acordar, cuando los asuntos a debate lo hagan necesario o conveniente, la asistencia de funcionarios/as o especialistas en la materia de que se trate, a los efectos de que la informen y asesoren, con voz y sin voto.
4. Como apoyo, y para preparar los asuntos que vayan a ser sometidos a la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana, existirá una Comisión Ejecutiva, constituida por el secretario autonómico en quien delegue el conseller competente en materia de participación ciudadana, que será su presidente, el secretario autonómico en materia de economía y presupuestos, el director general encargado de la coordinación, el director general en materia de presupuestos y gastos y el titular de la dirección general competente en materia de ciudadanía e integración, en la que actuará como secretario el jefe del Área con competencias en ciudadanía y redes sociales.
A esta Comisión ejecutiva podrá incorporarse cualquier otro alto cargo de la administración de la Generalitat, a cuyo efecto se le remitirá el orden del día correspondiente, dependiendo de la materia de que se trate.
5. La Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana podrá acordar la creación de Comisiones Técnicas de Trabajo.
Artículo 5. Funcionamiento de la comisión
1. La constitución, convocatoria, régimen de las sesiones y de adopción de acuerdos y, en general, el funcionamiento de la comisión, se ajustará a lo establecido en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La comisión, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, podrá aprobar normas propias de funcionamiento interno para el mejor desempeño de sus atribuciones.
3. La comisión se reunirá, al menos, una vez cada semestre en sesión ordinaria y en extraordinaria cuando la importancia de los acontecimientos lo requiera.
Disposiciones finales
Primera
Queda facultado el conseller competente en materia de participación ciudadana para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de este decreto.
Segunda
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 19 de octubre de 2007
El president de la Generalitat,
FRANCISCO CAMPS ORTIZ
El conseller de Inmigración y Ciudadanía,
RAFAEL BLASCO CASTANY

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