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DECRETO 217/2007, de 26 de octubre, del Consell, por el que se modifica del Decreto 131/2007, de 27 de julio, del Consell, aprobatorio del Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. [2007/13097]

(DOGV núm. 5629 de 30.10.2007) Ref. Base Datos 013492/2007

DECRETO 217/2007, de 26 de octubre, del Consell, por el que se modifica del Decreto 131/2007, de 27 de julio, del Consell, aprobatorio del Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. [2007/13097]
Por el Decreto 7/2007, de 28 de junio, del President de la Generalitat, se determinaron las consellerías en que se organiza la administración de la Generalitat.
El Decreto 92/2007, de 6 de julio, del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat.
El Decreto 131/2007, de 27 de julio, del Consell, aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.
Con la finalidad de optimizar la eficacia en la gestión de las funciones que tiene asignadas la Dirección General de Gestión del Medio Natural, se considera necesario incorporar a dicha Dirección General el Área de Espacios Naturales.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 26 de octubre de 2007,
DECRETO
Artículo 1
Se modifican las letras l) y m) del artículo 16.2 del Decreto 131/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que fue aprobado el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, que quedan redactadas como sigue:
"l) La evaluación ambiental estratégica de los planes y programas, así como sus modificaciones, que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, promovidos por las Administraciones Públicas, organismos e institutos públicos vinculados o dependientes, que se desarrollen en el territorio de la Comunitat Valenciana.
m) La evaluación de impacto ambiental de proyectos públicos y privados; así como de los planes y programas que no requieran de evaluación ambiental estratégica, conforme a la normativa aplicable, que se desarrollen en el territorio de la Comunitat Valenciana".
Artículo 2
Se modifica el artículo 16.3 del Decreto 131/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que fue aprobado el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, que queda redactado como sigue:
"3. Queda integrado en la Dirección General de Gestión del Medio Natural el Centro para la Investigación y Experimentación Forestal de la Comunitat Valenciana (CIEF), creado por Decreto 19/2005, de 28 de enero, del Consell, al frente del cual estará el titular de la Jefatura del Área de Gestión de Recursos Forestales y Conservación Ambiental."
Artículo 3
Se modifica el artículo 17 del Decreto 131/2007, de 27 de julio, por el que fue aprobado el Reglamento Orgánico y Funcional de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, que queda redactado como sigue:
"Artículo 17
De la Dirección General de Gestión del Medio Natural dependerán el Área de Gestión de Recursos Forestales y Conservación Ambiental, el Área de Espacios Naturales y el Área de Evaluación Ambiental:
a) Al Área de Gestión de Recursos Forestales y Conservación Ambiental le corresponde ejecutar las funciones relativas a la planificación y gestión forestal, prevención de incendios forestales, sanidad forestal y conservación del medio, gestión de la biodiversidad, gestión y ordenación de la caza y la pesca continental.
b) Al Área de Espacios Naturales le corresponde ejecutar las funciones relativas a la elaboración de la propuesta de declaración, planificación y gestión de espacios naturales protegidos y de los que forman parte de la Red Natura 2000, conforme a la legislación específica.
c) Corresponderá al Área de Evaluación Ambiental la tramitación, coordinación y gestión de los proyectos, planes y programas, en los términos previstos en las letras l) y m) del artículo 16.2".
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 26 de octubre de 2007
El president de la generalitat,
Francisco Camps Ortiz
El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda,
José Ramón García Antón

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