Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

Orden de 25 de agosto de 1981, por la que se dispone la publicación de las Bases del I Certamen Literario "Conselleria de Cultura".

(DOGV núm. 53 de 01.09.1981) Ref. Base Datos 0138/1981

Orden de 25 de agosto de 1981, por la que se dispone la publicación de las Bases del I Certamen Literario "Conselleria de Cultura".
En virtud de lo dispuesto en el Decreto de 1.º de agosto de 1981, por el que se crea el Certamen Literario «Conselleria de Cultura», y a tenor de su artículo tercero, se establecen las Bases por las que se ha de regir la convocatoria para 1981. Dichas bases son las siguientes:
BASES
1.- Se convoca el 1 Certamen Literario «Conselleria de Cultura».
2.- El Certamen comprenden las siguientes secciones:
a) Novela
b) Cuentos infantiles
c) Guiones para TV
d) Otros trabajos no incluidos en los apartados anteriores.
3.- Los trabajos habrán de estar redactados en lengua valenciana o castellana.
4.- El plazo para la presentación de originales, en la Dirección General de Promoción Cultural de la Conselleria de Cultura, finalizará el día 30 de noviembre de 1981.
5.- La extensión es libre. Si bien se exige un mínimo de cien folios, mecanografiados a doble espacio, para novela.
6.- En las diferentes secciones de este Certamen, las obras se presentarán bajo seudónimo, y en las plicas, debidamente cerradas y precintadas, se hará constar:
a) En el exterior, el seudónimo del autor
b) En el interior y bajo sobre cerrado, el nombre, apellidos, D.N.I., dirección y teléfono del autor.
7.- Los trabajos presentados serán calificados por un jurado compuesto por cinco miembros, del cual actuará como presidente el Presidente del Consell, o persona en quien delegue.
8.- El Certamen estará dotado con los siguientes premios:
1.º 500.000 pesetas
2.º 250.000 pesetas
3.º 125.000 pesetas
Y cinco premios más, de 25.000 pesetas, para cada uno de los trabajos clasificados en los puestos 4.º 5.º 6.º 7.º y 8.º.
9.- El jurado estará compuesto por:
a) El Presidente del Consell o persona que de-
b) El Conseller de Cultura o persona designada por el mismo.
c) Un catedrático
d) Un escritor
e) Un investigador
10.- El jurado se reserva el derecho a no adjudicar alguna o la totalidad de las secciones, pasando, en este caso, la cuantía de los premios, a engrosar el Certamen del siguiente año.
11.- La Conselleria de Cultura podrá, a criterio del Jurado seleccionador, ampliar una o todas las secciones cuando el interés de los trabajos presentados así lo aconseje.
12.- El autor conservará la propiedad intelectual de los trabajos presentados. La Conselleria de Cultura se reserva, durante un año a partir del día del fallo del jurado, el derecho a la primera edición de la obra. Si éste no fuese ejercitado y la obra fuera editada con posterioridad, el autor deberá hacer constar en la misma el haber obtenido el Premio de que se trate.
13.- La Conselleria de Cultura y el Jurado se reservan el derecho a interpretar estas bases en aquellos puntos dudosos que pudieran surgir en su aplicación.
14.- El fallo del Jurado se hará público el día 1.º de febrero de 1982, y será inapelable.
15.- La presentación de los trabajos a este I Certamen supone la plena aceptación de todas sus Bases.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Ciudad de Valencia, a 25 de agosto de 1981.
El Conseller de Cultura
ENRIQUE MONSONIS DOMINGO

linea
Mapa web