Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

ORDEN de 24 de noviembre de 1994, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos que ha de percibir la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo.

(DOGV núm. 2438 de 30.01.1995) Ref. Base Datos 0201/1995

ORDEN de 24 de noviembre de 1994, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos que ha de percibir la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo.
El Decreto 73/1991, de 13 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, estableció el régimen de regulación de sus precios públicos y el procedimiento de fijación de las cuantías de los mismos.
Por su parte, el Decreto 227/1991, de 9 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana estableció la relación de bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos por la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo entre otras.
Por órdenes de 27 de julio de 1992 y de 30 de julio de 1993, se aprobaron los precios públicos que ha de percibir la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo.
Actualmente, se hace necesario incluir entre los citados precios públicos que ha de percibir esta Conselleria, los derivados de la venta de nuevas publicaciones, impresos y listados de información de los registros informatizados de la misma.
De acuerdo con lo anterior, previa la elaboración de los informes económico-financieros que determinan los costes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a que se refieren, y a la vista del informe favorable emitido por la Dirección General de Tributos y Patrimonio de la Conselleria de Economía y Hacienda, procede la aprobación de los importes de dichos precios públicos.
Por todo ello, y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley de Gobierno Valenciano y el artículo 3.2.b) del Decreto 73/1991,
DISPONGO:
Artículo primero
Aprobar las cuantías de los siguientes precios públicos:
1. Impresos: el importe de los impresos se ha calculado en base al coste unitario de los mismos, agrupándose posteriormente por módulos, que son los siguientes:
Módulo A: 10 PTA
Módulo B: 25 PTA
Módulo C: 50 PTA
Módulo D: 100 PTA
Módulo E: 250 PTA
Módulo F: 500 PTA
Módulo G: 1000 PTA
2. Listados de Registros informatizados:
- Precio fijo inicial: cuantía única para todo tipo de solicitudes cuya finalidad es la de cubrir los costes de utilización: 300 pesetas por solicitud.
- Precio variable: Importe por página: 65 pesetas por página de listado a partir de la segunda página.
3. Publicaciones:
Grúas torre. Régimen legal aplicable: 2.500 PTA
La inversión industrial registrada 1993: 1.600 PTA
Productos químicos uso personal y doméstico: 2.000 PTA
Estrategias distribución comercial en Europa: 1.500 PTA
El mercado del mueble de hogar en la CAV: 3.000 PTA
Resultados Definitivos Encuesta Turística 1993: 1.500 PTA
Artículo segundo
Los precios públicos correspondientes a la venta de publicaciones, de impresos y de listados de registros informatizados, llevan incluido el importe del IVA que ha de repercutir, de acuerdo con la normativa vigente.
DISPOSICIóN FINAL
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 24 de noviembre de 1994
El conseller de Industria, Comercio y Turismo,
MARTíN SEVILLA JIMÉNEZ

linea
Mapa web