ORDEN de 29 de diciembre de 1995, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se acuerda la afectación a la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente de la finca rústica Vereda de Sendres, dentro del parque natural El Hondo, en el término municipal de Crevillente.
(DOGV núm. 2684 de 08.02.1996) Ref. Base Datos 0251/1996
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 08.02.1996 Notas: Afectación a la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente de la finca rústica referida en la disposición, para su protección medioambiental. Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Economía y Hacienda Descriptores: Temáticos: propiedad inmobiliaria, reserva natural , patrimonio de la Generalitat, Fondó, parque natural valenciano Descriptores toponímicos: Crevillent
ORDEN de 29 de diciembre de 1995, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se acuerda la afectación a la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente de la finca rústica Vereda de Sendres, dentro del parque natural El Hondo, en el término municipal de Crevillente.
Por la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente se ha solicitado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley 3/1986, de 24 de octubre, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, la afectación de la finca rústica Vereda de Sendres, dentro del parque natural El Hondo, en el término municipal de Crevillente, con el fin de su protección medioambiental.
En virtud de cuanto antecede y de acuerdo con las facultades que tengo atribuidas por el artículo 62.2 de la Ley 3/1986, de 24 de octubre, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana.
DISPONGO:
Artículo primero
Afectar a la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, con el fin de su protección medioambiental, la finca rústica Vereda de Sendres, dentro del parque natural El Hondo, en el término municipal de Crevillente, que consta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Generalitat Valenciana con el número A01/03/059/0002.
Artículo segundo
El inmueble queda integrado en el dominio público de la Generalitat Valenciana, correspondiendo a la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente el ejercicio de las competencias demaniales sobre el mismo, incluida su administración y conservación.
Artículo tercero
Que por la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente se designe un representante para que concurra con el representante nombrado por la Dirección General de Tributos y Patrimonio para formalizar la correspondiente acta de afectación.
Valencia, 29 de diciembre de 1995.
El conseller de Economía y Hacienda,
JOSE LUIS OLIVAS MARTINEZ