CORRECCIóN de errores de la Ley 8/1995, de 29 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Organización de la Generalitat Valenciana (DOGV n.º 2657, de 31.12.95).
(DOGV núm. 2689 de 15.02.1996) Ref. Base Datos 0280/1996
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 01.01.1996 Notas: Corrección de errores de la disposición que se indica. Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Origen disposición: Presidencia de la Generalitat Grupo Temático: Legislación Materias: Presupuestos y política presupuestaria Descriptores: Temáticos: politica fiscal, organizacion administrativa, administracion publica
CORRECCIóN de errores de la Ley 8/1995, de 29 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Organización de la Generalitat Valenciana (DOGV n.º 2657, de 31.12.95).
Se han observado varios errores en el texto de la ley mencionada por lo que procedemos a su corrección.
En la página 17.560, en el preámbulo, en la versión en castellano, en el párrafo tercero, donde dice: «...es más correcta desde una punto de vista técnico-jurídico...»; debe decir: «...es más correcta desde un punto de vista técnico-jurídico...».
En la página 17.564, en el artículo once, en la versión en castellano, en el punto 1, donde dice: «1. La competencia para acordar la enajenación corresponde al consellet de Economía y Hacienda...»; debe decir: «1. La competencia para acordar la enajenación corresponde al conseller de Economía y Hacienda...».
En la página 17.569, en ambas versiones, en el artículo veintisiete, punto 2, apartado b), párrafo tercero, donde dice: «Cuando ejerza las funciones previstas en el número 2 de este artículo...»; debe decir: «Cuando ejerza las funciones previstas en la letra b del número 2 de este artículo...».
En la página 17.570, en ambas versiones, en el artículo veintisiete, en el punto 6, letra g), donde dice: «g) Cualquier otro recurso en las letras anteriores.»; debe decir: «g) Cualquier otro recurso no previsto en las letras anteriores.»
En la página 17.571, en la versión en castellano, en el artículo treinta, en el primer párrafo, donde dice: «Los apartados unos y tres del artículo 15...»; debe decir: «Los apartados uno y tres del artículo 15...»
En la misma página y en la misma versión, en la disposición final única, donde dice: «La presente Ley entrará el día siguiente...»; debe decir: «La presente ley entrará en vigor el día siguiente...»