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ORDEN de 7 de abril de 1998, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se desarrolla el Decreto 32/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. [1998/Q3078]

(DOGV núm. 3229 de 24.04.1998) Ref. Base Datos 0720/1998

ORDEN de 7 de abril de 1998, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se desarrolla el Decreto 32/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. [1998/Q3078]
Aprobado el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, cuya estructura se conforma por el nivel directivo de la misma, el de la Secretaría General Administrativa y las diferentes áreas y divisiones, se hace preciso el desarrollo de dichos órganos hasta el nivel de jefatura de servicio.
Por ello y en uso de las facultades que me atribuye el Decreto 32/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, y los artículos 35.e) y 71 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano,
ORDENO
Artículo 1. De la Subsecretaria de Urbanismo y Ordenación Territorial
La Subsecretaria de Urbanismo y Ordenación Territorial se estructura en los siguientes servicios:
- El Servicio de Apoyo Técnico realiza las funciones de:
a) Soporte y asesoramiento técnico al subsecretario y demás unidades de la Subsecretaria.
b) Elaboración de propuestas, informes y memorias referentes a la formulación y seguimiento de los planes y proyectos a cargo de la Subsecretaria.
c) El seguimiento y control técnico de los planes y programas de actuación.
d) Apoyo técnico a las restantes unidades de la Subsecretaria en materia de documentación, estudios, planes y programas.
e) Cooperación con las diferentes administraciones públicas y, especialmente, con la administración local, en materia urbanística y asesoramiento general.
f) Demás funciones que pueda encomendarle el subsecretario de Urbanismo y Ordenación Territorial.
- El Servicio de Coordinación Territorial realiza las funciones de:
a) Supervisión y coordinación de las actuaciones que, en materia urbanística, se desarrollen en los servicios territoriales.
b) Elaboración de los informes, estudios y análisis precisos para la determinación de criterios y directrices de política urbanística y adecuación de ésta con las distintas administraciones competentes en la materia, y en especial las referidas a temas de ordenación territorial.
c) Redacción de instrucciones y circulares en materia de planeamiento y disciplina urbanística.
d) Redacción de propuestas legislativas en actuación integrada y coordinada con el Servicio Jurídico de la Conselleria, así como asesoramiento en legislación y jurisprudencia.
e) Realizar aquellas otras funciones que se le encomiende en materia urbanística y territorial.
- El Servicio de Información y Divulgación Territorial desempeña las funciones de:
a) Creación, mantenimiento y gestión del archivo documental y cartográfico.
b) Creación, mantenimiento y gestión de un sistema de información territorial para su aplicación en los procesos de análisis, planificación y control.
c) Difusión y divulgación de la información territorial.
d) Divulgación de directrices, normas e instrucciones en materia urbanística.
e) Redacción y/o dirección de planes, proyectos e instrumentos de gestión urbanística así como la asistencia y colaboración con las diferentes administraciones públicas.
f) Cualquier otra función que pueda ser de interés en materia de planificación urbanística y territorial.
- El Servicio de Ordenación Territorial desempeña las funciones de:
a) Elaboración de los trabajos de análisis, diagnósticos y planificación, correspondientes con los instrumentos dispuestos en la legislación de ordenación territorial y urbanística, así como cualesquiera otras de análoga finalidad territorial, incluida la cooperación en instrumentos supraregionales.
b) Supervisión y dirección de las asistencias técnicas en cualquier trabajo de ordenación territorial.
c) Gestión y seguimiento de acciones territoriales desarrolladas en cualquiera de los instrumentos relacionados con la ordenación del territorio.
d) Informes, estudios y prospectivas en materia urbanística y ordenación territorial.
Artículo 2. De la Secretaría General
1. Dependen de la Secretaría General Administrativa:
1.1. División de Programación Económica y Proyectos estructurada en:
- Servicio Presupuestario, al que le corresponde la elaboración, seguimiento y análisis del presupuesto, la gestión presupuestaria - modificaciones del presupuesto y contabilidad presupuestaria - y la gestión económica de ingresos y gastos en general.
- Servicio de Programación y Control de Inversiones, al que le corresponde establecer los marcos generales o específicos de programación en colaboración con las direcciones generales, aplicando criterios de eficacia económica de las inversiones, así como su seguimiento, especialmente en aquellos proyectos con financiación condicionada.
- Servicio de Coordinación y Supervisión de Proyectos, al que le corresponden la supervisión de los proyectos técnicos, en concreto realiza el examen de los anteproyectos y proyectos de obra, así como de sus modificaciones, incluso en su comprobación aritmética, pudiendo recabar las aclaraciones, ampliaciones o rectificaciones que crea oportunas para la subsanación de defectos o subsanándolos por sí misma, y vigila el cumplimiento de las normas reguladoras tanto técnicas como jurídicas en los citados documentos. Su ámbito territorial es la Comunidad Valenciana.
El secretario general podrá destacar unidades del Servicio de Supervisión de Proyectos en las direcciones generales o territoriales que lo precisen.
1.2. El Servicio de Organización e Informática realiza las funciones de: establecer criterios de eficacia y celeridad y aplicarlos a la actividad de los servicios, procurando su correcto funcionamiento; adoptar las medidas conducentes a la racionalización, simplificación y informatización y mejora de la tramitación administrativa, de la estructura y de los métodos de trabajo, aplicando las nuevas tecnologías y desarrollando las técnicas informáticas, y en especial el análisis de procesos y tareas administrativas, propuestas de mejora, establecimiento de nuevos circuitos, análisis funcionales de las aplicaciones, diseño y normalización de impresos y la logística de las comunicaciones.
Igualmente efectúa el desarrollo, seguimiento y control de los proyectos informáticos de toda la Conselleria, su implantación y mantenimiento; formación de usuarios, asistencia técnica y coordinación de las distintas actuaciones en estas materias.
1.3. El Servicio de Gestión Administrativa realiza las funciones de: impulsar y hacer el seguimiento de todos los expedientes de la Conselleria que comporten gasto, tramitando aquellos que no competan a otras dependencias; organizar la documentación, el archivo, el registro general de documentos y la información al público; coordinar y aplicar criterios de economía en la adquisición de mobiliario y material no inventariables, y control de gastos corrientes; elevar propuestas sobre instalaciones y mantenimiento de los locales de la Conselleria; difundir la información administrativa internamente en la Conselleria; y, especialmente, todas las concernientes a régimen interior, coordinación administrativa, soporte administrativo de la Junta de Compras y la coordinación, en su caso, de las unidades de actuación administrativa.
1.4. El Servicio de Contratación y Expropiaciones realiza la gestión y tramitación de los expedientes relativos a expropiación, adquisición de bienes y efectos, contratación de obras, servicios y suministros, concesión de subvenciones y convenios de gestión de inversiones regulados por el Decreto 35/1988, de 21 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, y en especial la confección de pliegos de condiciones, fianzas y documentos contractuales, reversión de expropiaciones efectuadas, actuaciones ante el Jurado Provincial de Expropiación o tribunales competentes. Asimismo, la elaboración de informes y propuestas de resolución y cuantas incidencias se deriven de los expedientes de contratación y expropiaciones, cuidando la correcta aplicación de las normas legales vigentes en todo el proceso.
1.5. El Servicio de Personal realiza las funciones de proponer y ejecutar la política de personal de la Conselleria, así como la aplicación de normas y directrices internas. Tramitar la creación de puestos y modificaciones del catálogo, selección y provisión de puestos, situaciones, jubilaciones, bajas, permisos y licencias, régimen jurídico, retributivo y disciplinario, incidencias y control horario, y en especial la elaboración de informes y propuestas de resolución, impulso, tramitación y seguimiento de todos los expedientes propios de esta materia, incluida la confección e incidencias de nóminas, así como la conservación y custodia de los expedientes personales.
2. Del Área de Estudios y Documentación depende:
- El Servicio de Relaciones Institucionales realizará las funciones de: asesorar, con arreglo a criterios de competencia técnica y desde una perspectiva pluridisciplinar, al conseller, al subsecretario de Urbanismo y Ordenación Territorial, al secretario general y, en su caso, a los restantes órganos directivos de la Conselleria; reunir, elaborar y analizar información y documentación sobre las materias propias de la Conselleria, preparando los estudios e informes técnicos que sean necesarios; estudio, propuesta y tramitación de las actuaciones de la Conselleria relacionadas con la actividad parlamentaria; preparación de la memoria anual de la Conselleria, así como de otras actividades dirigidas a la difusión de sus actuaciones o al fomento del conocimiento y estudio de cuestiones de interés para la Conselleria.
Artículo 3. De la Dirección General de Obras Públicas
1. La División de Puertos y Costas está integrada por los siguientes servicios:
1.1. Servicio de Planificación e Infraestructura Portuaria, al que corresponde la planificación del sector portuario competencia de la Generalitat Valenciana, la redacción de estudios, planes y proyectos, y la dirección de obras de nueva infraestructura, así como la inspección de los puertos explotados en régimen de concesión.
1.2. Servicio de Explotación y Conservación de Puertos, al que corresponde la dirección técnica de la explotación de los puertos de la Generalitat Valenciana, la prestación y ordenación de los servicios portuarios, la policía de zonas de servicio y la conservación y mantenimiento de la infraestructura e instalaciones portuarias, el replanteo, reconocimiento final e inspección de las autorizaciones y concesiones.
1.3. Servicio de Gestión de Puertos y Costas, al que corresponde la liquidación y gestión de tarifas, cánones y tasas y el mantenimiento de la contabilidad de explotación. La tramitación y seguimiento de los expedientes de la División de Puertos y Costas y, en particular, los de concesión, autorización y sanción, con elaboración de las propuestas de resolución e informe previo, a los efectos del artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de los recursos contra las resoluciones del director general de Obras Públicas.
1.4. Servicio de Costas, al que corresponde la redacción del Plan de Costas de la Generalitat Valenciana y de estudios, planes y proyectos de ordenación del litoral y la dirección de las actuaciones que los desarrollen. Asimismo, se le atribuye la vigilancia de la zona de servidumbre de protección de costas, con informe de las autorizaciones y sanciones en esta materia. Igualmente le corresponde la emisión de informes técnicos para la elaboración de los informes preceptivos a la administración del estado en materia de puertos y costas.
2. La División de Carreteras está integrada por los siguientes servicios:
2.1. Oficina del Plan de Carreteras, a la que le corresponden las funciones de desarrollo y seguimiento del Plan de Carreteras de la Comunidad Valenciana, así como su coordinación con otras instituciones; la formulación de las propuestas de programación anual o plurianual de las inversiones; la gestión de los planes específicos, proyectos y estudios derivados del mismo; la elaboración de la normativa básica; y la coordinación entre la planificación viaria y la planificación urbanística y territorial. Su ámbito territorial es la Comunidad Valenciana
2.2. Servicio de Construcción, al que le corresponde la gestión integral de aquellas actuaciones que, por su carácter estratégico, le encomiende el jefe de la División; sus funciones irán encaminadas a la gestión y control de las obras y sus incidencias, y al control de aquellos convenios que se estime conveniente. Su ámbito territorial es la Comunidad Valenciana.
2.3. Servicio de Seguridad Vial, al que le corresponden las funciones encaminadas a mejorar la seguridad vial de las carreteras, en lo que concierne al análisis, diagnóstico y planificación de actuaciones, así como a su desarrollo y coordinación con otras instituciones; los aspectos relativos a la gestión e información de la carretera, sus elementos patrimoniales y sus servicios complementarios en cuanto a su estado, uso y funcionamiento, especialmente la coordinación en materia de protección civil con las demás instituciones. Su ámbito territorial es la Comunidad Valenciana.
3. La División de Recursos Hidráulicos está integrada por los siguientes servicios:
3.1. Servicio de Planificación, al que corresponden las funciones de elaboración, gestión y programación de los planes y estudios relacionados con los servicios e infraestructuras hidráulicas de carácter urbano en la Comunidad Valenciana. Le corresponde asimismo la realización de los trabajos y estudios sobre planificación hidrológica en desarrollo de la legislación sobre aguas, así como coordinar la relación institucional de la Generalitat Valenciana con los órganos de gobierno, gestión y planificación de los organismos de cuenca del Ebro, Júcar y Segura.
3.2. Servicio de Proyectos, al que le corresponde la gestión y supervisión de los proyectos de infraestructura hidráulica urbana.
3.3. Servicio de Construcción, al que le corresponden las funciones de dirección, supervisión y control, certificación y propuesta de modificación, en su caso, de las obras de infraestructura hidráulica, así como el control de la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo e impacto ambiental.
4. El Servicio de Apoyo Técnico es la unidad de asistencia, asesoramiento y soporte inmediato al director general de Obras Públicas y a las demás unidades de la Dirección General. Se ocupa de todas aquellas tareas encomendadas por el director general y, específicamente, de las siguientes:
a) Elaboración y propuesta de informes y memorias referentes a la formulación y seguimiento de los planes, programas de actuación y proyectos a cargo de la Dirección General
b) Preparación y seguimiento de las reuniones de trabajo del director general con instituciones y ciudadanos, así como de sus asistencias a consejos y comisiones de los que forme parte.
c) En actuación integrada y coordinada por el Servicio Jurídico de la Conselleria, la redacción de propuestas legislativas, instrucciones y circulares, así como asesoramiento jurídico a los servicios técnicos de la Dirección General
d) Apoyo a las unidades de la Dirección General en materia de documentación, estudios, planes y programas en coordinación con el Área de Estudios y Documentación de la Conselleria.
Artículo 4. De la Dirección General de Transportes
Dependen de la Dirección General de Transportes:
1. La División de Infraestructura del Transporte, integrada por:
1.1. Servicio de Proyectos, al que le corresponde la preparación y desarrollo de las actuaciones necesarias para la redacción de los proyectos y su aprobación posterior, su dirección, modificaciones e incidencias, de acuerdo con la programación existente.
1.2. Servicio de Obras, al que le corresponde la preparación y desarrollo de las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras incluidas en los programas de la Dirección General, su dirección, modificaciones y liquidación.
2. Servicio de Administración del Transporte. Lleva a cabo las siguientes funciones:
a) El informe y propuesta de resolución, en su caso, de expedientes en el área del transporte por carretera que excedan de las competencias resolutivas asignadas a los servicios territoriales de Transportes.
b) Estudio y asesoramiento sobre las materias de su competencia en los aspectos normativo y reglamentario, de asistencia en la coordinación de las políticas de transporte entre las distintas administraciones y de coordinación administrativa de los servicios territoriales.
c) Gestión de la capacitación profesional de transportistas.
d) Gestión de los servicios del taxi en el área de prestación conjunta de Valencia.
3. Servicio de Seguridad en el Transporte. El impulso, planificación y control de los planes de seguridad en el transporte de mercancías peligrosas, transporte escolar y de menores, transporte de viajeros y transporte de mercancías en relación con la normativa vigente en la materia.
4. Servicio de Planificación. Lleva a cabo la redacción o dirección de los estudios y análisis sectoriales, así como aquellos cometidos de carácter técnico que se le encomienden en apoyo del resto de los servicios de la Dirección General. Recopilará, archivará y formará un centro de documentación técnica y estadística.
5. Servicio de Arbitraje. Desempeña la dirección y coordinación de las juntas arbitrales del Transporte de la Comunidad Valenciana en las funciones que vienen establecidas en la legislación vigente, y cualesquiera otras de arbitraje y procedimiento que le asigne el director general.
Artículo 5. De la Dirección General de Arquitectura y Vivienda
La Dirección General de Arquitectura y Vivienda se estructura en las siguientes unidades:
1. División de Promoción Pública que está integrada por los siguientes servicios:
1.1. Servicio de Proyectos y Obras, al que le corresponde la programación, preparación, tramitación, control y seguimiento de los anteproyectos y proyectos de obras en todos sus aspectos, de los expedientes de contratación necesarios y de la ejecución de obras directamente o a través de convenios y la supervisión técnica de dichos proyectos. Emisión de informes técnicos o en relación con la gestión presupuestaria.
1.2. Servicio de Gestión Inmobiliaria y de Promotores Públicos, al que le corresponde la preparación de actuaciones, seguimiento, tramitación, gestión y ejecución, en su caso, de las siguientes funciones: valoración, compra y expropiación de terrenos; promoción de viviendas en régimen especial por promotores públicos; actuaciones protegibles en materia de suelo y vivienda promovidas por otros organismos públicos en virtud de convenios; actuaciones de renovación urbana; propuesta de concesión de subvenciones legalmente establecidas en el ámbito de los apartados anteriores.
Asimismo, ejercerá funciones de asesoramiento técnico y apoyo a la gestión de los promotores públicos en todas las materias de su competencia.
2. División de Promoción Privada que está integrada por los siguientes servicios:
2.1. Servicio de Seguimiento, al que corresponde el establecimiento de criterios generales y la coordinación de las actuaciones desarrolladas por los servicios territoriales de la Conselleria en materia de calificaciones provisionales y definitivas, certificados de rehabilitación, recursos, fianzas y demás actuaciones competencia de la Conselleria en estas materias.
2.2. Servicio de Financiación, al que corresponde el establecimiento de criterios generales y la coordinación de las actuaciones desarrolladas por los servicios territoriales de la Conselleria en materia financiera, subsidiación de interés, subvenciones personales y demás actuaciones competencia de la Conselleria en estas materias.
3. División de Normativa Técnica y Control de Calidad, integrada por los siguientes servicios:
3.1. Servicio de Normativa Técnica, al que le corresponde la redacción y seguimiento de las normas de diseño, calidad y habitabilidad aplicables a la edificación en general, y a los edificios residenciales en particular.
3.2. Servicio de Calidad de Edificación, al que le corresponde la coordinación de las actuaciones de control de la calidad de obras de calificación y del seguimiento de las mismas. El seguimiento de las inspecciones para la homologación de laboratorios de control de la calidad y la realización de estudios de apoyo para la redacción de normativa de ensayos y programas de investigación aplicada de materiales y procesos. La coordinación y el seguimiento de las actividades de los laboratorios de control de la calidad de la edificación.
4. Servicio de Apoyo Técnico que desempeña las funciones de soporte y asesoramiento técnico del director general y de las demás unidades del centro directivo. Se ocupa de todas aquellas tareas encomendadas por el director general y, específicamente, de:
a) Elaboración de propuestas, informes y memorias referentes a la formulación y seguimiento de los planes y proyectos a cargo de la Dirección General.
b) El seguimiento y control técnico de los planes y programas de actuación.
c) Evaluación técnica de sistemas administrativos y de asignación de recursos.
d) Seguimiento y preparación de las reuniones de trabajo del director general con instituciones y ciudadanos, así como de sus asistencias a consejos y comisiones de los que forme parte.
e) Apoyo técnico a las restantes unidades de la Dirección General en materia de documentación, estudios, planes y programas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Mediante la presente orden queda derogada la Orden de 24 de abril de 1997, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de desarrollo del Decreto 31/1997, de 26 de febrero, del Gobierno Valenciano, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la misma.
La presente orden entrará el vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 7 de abril de 1998
El conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,
JOSÉ RAMÓN GARCÍA ANTÓN

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