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RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2006, del conseller de Sanidad, por la que se crea la Comisión de Valoración Documental de la Conselleria de Sanidad. [2006/X966]

(DOGV núm. 5191 de 03.02.2006) Ref. Base Datos 0731/2006

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2006, del conseller de Sanidad, por la que se crea la Comisión de Valoración Documental de la Conselleria de Sanidad. [2006/X966]
La Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Patrimonio Cultural Valenciano crea en su artículo 85 la Junta Calificadora de Documentos Administrativos, a la que corresponde el estudio y dictamen de las cuestiones relativas a la calificación, utilización, integración en los archivos, exclusión de los mismos e inutilidad administrativa de los documentos. Posteriormente, la Ley 3/2005, de 15 de junio, de la Generalitat, de Archivos, en su artículo 11, establece la composición y las funciones principales de la citada Junta Calificadora de Documentos Administrativos, entre otras el estudio de las tablas de valoración documental que se presenten para emitir el correspondiente dictamen preceptivo y vinculante, donde se proponga la conservación permanente de la documentación y su ingreso en los archivos históricos o bien su eliminación por su inutilidad administrativa y cultural. Este último precepto también prevé que para la elaboración de las tablas de valoración documental se podrán crear las comisiones de valoración documental que se consideren necesarias.
Las anteriores previsiones se han desarrollado por medio del Decreto 189/2005, de 2 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la Junta Calificadora de Documentos Administrativos y el procedimiento de valoración, conservación y eliminación del patrimonio documental de los archivos públicos. Su artículo 13 prevé que los diferentes departamentos de la administración de la Generalitat crearán sus propias Comisiones de Valoración Documental, mediante resolución del titular del departamento correspondiente, para elaborar las propuestas de las tablas de valoración documental de los documentos y las series documentales generadas por las unidades administrativas propias, de las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de ellos, de las personas jurídico-privadas vinculadas a ellos en cuyo capital o dotación participe mayoritariamente la Generalitat y de las personas privadas, físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos de competencia de aquéllos, en lo relacionado con dichos servicios.
Por tanto, se hace necesario constituir la correspondiente Comisión de Valoración Documental, en los términos que se recogen en la presente resolución.
Primero
Se crea la Comisión de Valoración Documental de la Conselleria de Sanidad, como órgano colegiado de carácter técnico, cuya función es la elaboración de las propuestas de tablas de valoración documental referentes a las series documentales generadas por las unidades administrativas correspondientes, para presentarlas a la Junta Calificadora de Documentos Administrativos.
La Comisión de Valoración Documental elaborará las propuestas de las tablas de valoración documental de las series documentales generadas por las unidades administrativas de la Conselleria de Sanidad, de las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de aquélla, de las personas jurídico-privadas vinculadas a la misma, en cuyo capital o dotación participe mayoritariamente la Generalitat, y de las personas privadas, físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos de competencia de la Conselleria de Sanidad, en lo relacionado con dichos servicios.
La elaboración de las propuestas de tablas de valoración documental se realizará por la Comisión de Valoración Documental a iniciativa propia o a propuesta de los órganos responsables de las series documentales. No podrá acceder al correspondiente archivo ninguna serie documental de la que previamente no se haya aprobado la correspondiente propuesta tabla de valoración documental. Se calificará y valorará solamente la documentación original, correspondiendo presentar la oportuna propuesta al órgano que conserve la documentación original.
Segundo
La comisión de valoración documental de la Conselleria de Sanidad, estará formada por:
a) Presidente: el titular de la Secretaría General Administrativa.
b) Vicepresidente: el titular del Servicio de Asuntos Generales y Convenios al que está adscrito directamente el Archivo Central de la Conselleria.
c) Secretario: el técnico responsable del Archivo Central de la Conselleria de Sanidad, adscrito al Servicio de Asuntos Generales y Convenios, que ejercerá las funciones de Secretario de la Comisión.
d) Un funcionario del Grupo A, de Administración Especial, informático, designado por el Área de Informática, Telecomunicación y Organización de la Agencia Valenciana de Salud.
e) Un funcionario del Grupo A, Sector de Administración Especial, médico o farmacéutico, designado por la Dirección General de Ordenación, Evaluación e Investigación Sanitaria.
La Comisión de Valoración Documental podrá requerir el asesoramiento que considere necesario para la elaboración de su trabajo de los representantes de otros órganos directivos de la Conselleria de Sanidad, de las entidades públicas o personas jurídico-privadas dependientes de la misma y de las personas físicas o jurídicas gestoras de servicios públicos de competencia de todas las anteriores, directamente afectadas por el supuesto que vaya a ser analizado o valorado, quienes deberán prestar dicho asesoramiento e incluso asistir con voz pero sin voto en las correspondientes sesiones de la Comisión.
Tercero
De conformidad con el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente resolución se publicará, por razones de interés público, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 19 de enero 2006.. El conseller: Vicente Rambla Momplet.

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